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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (03/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 74

74 NORMAS LEGALES Sábado 3 de diciembre de 2022 El Peruano / Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27658, en la Ley Nº 31419, en el Decreto Legislativo Nº 1128, en el Decreto Supremo Nº 004-2014-DE, en la Resolución Jefatural Nº 005-2014-ACFFAA y en la Resolución Jefatural Nº 120-2020-ACFFAA. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación de los per fi les del Jefe de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, Secretario General y Director Sistema Administrativo IV del Manual de Clasi fi cación de Cargos de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, que como anexos forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus anexos en el Portal Institucional de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas (www.gob.pe/acffaa). Regístrese, comuníquese y archívese.FERNANDO MARTÍN SAN MARTÍN SERRA Jefe 2131670-1 AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL Aprueban la Directiva N° 005-2022-APCI, “Directiva para registro y modificación de planes de operaciones de intervenciones financiadas con recursos de la Cooperación Técnica Internacional (CTI)” RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 129-2022/APCI-DE Mira fl ores, 30 de noviembre de 2022 VISTOS: El Memorándum N° 0935-2022-APCI/DOC de fecha 28 de octubre de 2022 de la Dirección de Operaciones y Capacitación; el Informe N° 0026-2022-APCI/OPP de fecha 04 de noviembre de 2022 de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 0193-2022- APCI/OAJ del 29 de noviembre de 2022 de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, y sus modi fi catorias, la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores a cargo de ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público/o privado, en función de la política nacional de desarrollo; y, goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa; Que, con Decreto Supremo N° 032-2019-RE, se establece el procedimiento administrativo de Registro de Plan de Operaciones de las Intervenciones, por el cual los sujetos del bene fi cio tributario comprendidos en el Decreto Supremo Nº 36-94-EF presentan ante la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, para su registro, el plan de operaciones sobre los programas, proyectos o actividades (intervenciones) sobre cooperación técnica internacional o donaciones provenientes del exterior;Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 103-2019/APCI-DE se aprobaron los formatos de Plan de Operaciones de las Intervenciones de Cooperación Técnica Internacional (CTI); Que, con Resolución Directoral Ejecutiva N° 091- 2020/APCI-DE, se aprobó el Inventario de Proceso M03 Administración de la Cooperación Técnica Internacional, a Nivel 0, 1, 2 y 3, que forman parte del Mapa de Procedimientos (MAPRO) de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; y, treinta y seis (36) Fichas Técnicas de Procesos, veinticinco (25) Fichas de Procedimientos y sus respectivos Diagramas, correspondientes al Proceso M03 Administración de la Cooperación Técnica Internacional, a Nivel 0, 1, 2 y 3, que conforman el Mapa de Procedimientos (MAPRO) de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, en las cuales están consideradas las fi chas de proceso y procedimiento de Registro de Planes de Operaciones de las Intervenciones y Modi fi cación de Planes de Operaciones de las Intervenciones; Que, con Memorándum 0935-2022-APCI/DOC de fecha 28 de octubre de 2022, la Dirección de Operaciones y Capacitación (DOC) presenta una propuesta de Directiva para registro y modi fi cación de planes de operaciones de intervenciones fi nanciadas con recursos de la Cooperación Técnica Internacional (CTI); Que, con Informe N° 0026-2022-APCI/OPP de fecha 04 de noviembre de 2022, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite su opinión favorable al proyecto de Directiva presentada por la DOC; Que, con Informe N° 0193-2022-APCI/OAJ del 29 de noviembre de 2022, la O fi cina de Asesoría Jurídica brinda su opinión favorable respecto a la propuesta alcanzada por la DOC; Que, el objetivo de la Directiva es establecer disposiciones para la evaluación de los planes de operaciones de las intervenciones en el marco del procedimiento administrativo de Registro de Planes de Operaciones de las Intervenciones de Cooperación Técnica de Internacional y sus modi fi caciones; Con los vistos de la Dirección de Operaciones y Capacitación, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la O fi cina de Asesoría Jurídica de la APCI; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 032-2019-RE, Decreto Supremo que establece el procedimiento administrativo de Registro de Plan de Operaciones de las Intervenciones; la Resolución Directoral Ejecutiva N° 103-2019/APCI-DE, que aprueba los formatos de Plan de Operaciones de las Intervenciones de Cooperación Técnica Internacional (CTI); y, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27692, Ley de Creación de la APCI y sus modi fi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo N° 028-2007-RE y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Directiva N° 005-2022-APCI, “Directiva para registro y modi fi cación de planes de operaciones de intervenciones fi nanciadas con recursos de la Cooperación Técnica Internacional (CTI)”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer la remisión de la presente Resolución a la Dirección de Operaciones y Capacitaciones, la Dirección de Gestión y Negociación Internacional y la Dirección de Fiscalización y Supervisión para fi nes de su cumplimiento y aplicación. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva y su Anexo en el Portal Institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI (https://www.gob.pe/apci). Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ NORRIS Director Ejecutivo 2131130-1