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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (03/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 80

80 NORMAS LEGALES Sábado 3 de diciembre de 2022 El Peruano / General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO PresidentaConsejo Ejecutivo 2131763-3 Crean Juzgado de Paz en el Caserío Santa Teresa de Shinuya, departamento y Corte Superior de Justicia de Ucayali PRESIDENCIA DEL CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000125-2022-P-CE-PJ Lima, 2 de diciembre del 2022VISTOS: El O fi cio N° 000252-2022-VPES-D-CE-PJ cursado por el señor Vicente Paúl Espinoza Santillán, Consejero Responsable de la Justicia de Paz y Justicia Indígena; así como el O fi cio N° 000705-2022-GG- PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, sobre la creación de un Juzgado de Paz en el Distrito Judicial de Ucayali. CONSIDERANDO: Primero. Que, la Gerencia General del Poder Judicial remite a la Presidencia de este Órgano de Gobierno el ofi cio cursado por la Jefatura de la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, mediante el cual hace de conocimiento que la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, propone la creación de un Juzgado de Paz en el Caserío Santa Teresa de Shinuya, distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali. Segundo. Que, los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y la Jefatura de la Ofi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, concluyen que es factible la creación del Juzgado de Paz materia de propuesta. Tercero. Que, conforme a lo establecido en los incisos 24), 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modi fi car sus ámbitos de competencia territorial; así como la emisión de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Cuarto. Que, este Poder del Estado tiene dentro de sus objetivos principales mejorar y ampliar el acceso a la justicia; por lo que, resulta procedente la propuesta presentada, al encontrarse acreditado que la población de la referida localidad requiere de un órgano jurisdiccional que reduzca las barreras de acceso a la justicia (económica, geográ fi ca, lingüística y cultural), permitiendo que los justiciables tengan una adecuada y accesible administración de justicia acorde a sus necesidades, que se enmarca dentro de las 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condiciones de Vulnerabilidad, a las cuales se adhirió el Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 266-2010-CE-PJ, y aprobó su adhesión a la actualización de las citadas Reglas por Resolución Administrativa N° 198-2020-CE-PJ, cuyo objetivo es garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de personas en situación de vulnerabilidad, sin discriminación alguna, por medio de políticas, medidas, facilidades y apoyo que permita a dichas personas el acceso a los servicios del sistema judicial; y así garantizar plenamente sus derechos fundamentales en igualdad de condiciones. En consecuencia; la Presidencia de este Órgano de Gobierno, de conformidad con los mencionados informes; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución Administrativa N° 272-2018-CE-PJ, de fecha 8 de noviembre de 2018. RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Juzgado de Paz en el Caserío Santa Teresa de Shinuya, con competencia territorial en los Caseríos Santa Teresa de Shinuya, Santa Carmela, Unión de Vida, Nueva Arizona y Leoncio Prado; distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, departamento y Corte Superior de Justicia de Ucayali. Artículo Segundo.- Disponer que por intermedio de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, se efectúen las coordinaciones administrativas y logísticas con el Consejo Directivo del Caserío Santa Teresa de Shinuya, para la implementación del Juzgado de Paz creado, a fi n de lograr su óptimo funcionamiento con las condiciones de seguridad e idoneidad para el servicio de administración de justicia. Artículo Tercero.- Disponer que la Corte Superior de Justicia de Ucayali entregue el equipo mobiliario indispensable, para la prestación del servicio de administración de justicia. Artículo Cuarto.- Los límites geográ fi cos del órgano jurisdiccional materia de creación, son los que aparecen descritos en el informe de la Jefatura de la Ofi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, que en documento anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Ucayali, O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO PresidentaConsejo Ejecutivo 2131763-4 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Proclaman presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Poder Judicial, para el periodo 2023-2024 PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE SALA PLENA N° 000025-2022-SP-CS-PJ Lima, 1 de diciembre del 2022 VISTO y CONSIDERANDO: El artículo 144 de la Constitución Política del Estado establece que el Presidente de la Corte Suprema lo es también del Poder Judicial, y reconoce a la Sala Plena como el órgano máximo de deliberación del Poder Judicial. Los artículos 73 y 74 del Texto Único Ordenado de Ley Orgánica del Poder Judicial, regula el procedimiento para la elección del Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, señalando que el mismo es elegido entre los jueces supremos titulares reunidos en Sala Plena, por un periodo de dos años, en votación secreta, directa y universal entre sus miembros. La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República, conforme al Acuerdo Nº 81-2022 de la Décima