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7 NORMAS LEGALES Martes 4 de enero de 2022 El Peruano / ámbito de sus competencias se desplieguen las acciones administrativas necesarias conducentes a efectuar la transferencia fi nanciera solicitada, en el presente año fi scal 2021; precisando, que para el cumplimiento de la mencionada Ley, se autoriza a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la referida Ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto; Que, con Memorando N° 0898-2021-MIDAGRI-INIA- GG/OPP-UPRE de fecha 31 de diciembre de 2021, la OPP remite el Informe Técnico N° 086-2021-MIDAGRI-INIA-GG-OPP/UPRE a través del cual la UPRE señala que: “(…) De acuerdo a lo señalado mediante el Memorando N° 897-2021-MIDAGRI-INIA-GG-OPP, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 163 INIA, otorga la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 004659, con cargo a la correlativa de meta 0198 Control Concurrente, por el monto de S/ 173 510,00, que corresponde al proyecto con CUI 2432072 “Mejoramiento de la disponibilidad de material genético de ganado bovino con alto valor a nivel nacional. 7 departamentos”; así como la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 004660, con cargo a la correlativa de meta 0197 Control Concurrente, por el monto de S/ 134 863,00 que corresponde al proyecto con CUI 2338934 “Mejoramiento de la disponibilidad y acceso del material genético mediante el uso de técnicas de biotecnología reproductiva en ganado bovino tropical en las regiones de San Martin, Loreto y Ucayali”, ambas en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, genérica de gastos 2.4 Donaciones y Transferencias, partida especí fi ca 24.13.11 Otras Unidades del Gobierno Nacional (…)”; Que, asimismo, la UPRE indica que, ambas certi fi caciones presupuestarias sustentan la viabilidad de la transferencia de recursos fi nancieros a la Contraloría General de la Republica, en cumplimiento a los dispositivos legales referidos; Que, en consecuencia, dicho órgano señala que en cumplimiento a lo previsto en el artículo 1 de Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, resulta necesario atender la transferencia fi nanciera a favor de la CGR hasta por el monto de trescientos ocho mil trecientos setenta y tres con 00/100 (S/ 308 373,00), para fi nanciar el despliegue de las acciones de control a ser ejecutadas a los proyectos de inversión del Pliego 163: INIA, con CUI 2338934 “Mejoramiento de la disponibilidad y acceso del material genético mediante el uso de técnicas de biotecnología reproductiva en ganado bovino tropical en las regiones de San Martin, Loreto y Ucayali” por el monto de ciento treinta y cuatro mil ochocientos sesenta y tres con 00/100 soles (S/ 134 863,00), y el proyecto con CUI 2432072 “Mejoramiento de la disponibilidad de material genético de ganado bovino con alto valor a nivel nacional. 7 departamentos” por el monto de ciento setenta y tres mil quinientos diez con 00/100 soles (S/ 173 510,00); Que, mediante Informe N° 0365-2021-MIDAGRI-INIA- GG/OAJ de fecha 31 de diciembre de 2021, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que, en consideración a la normativa glosada, y lo indicado por la UPRE-OPP, se debe proseguir con el trámite y aprobar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Con los vistos de la Gerencia General, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Asesoría Jurídica, y, la Unidad de Presupuesto; De conformidad con la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI, modi fi cado con el Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del INIA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia Financiera del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, por la suma de trescientos ocho mil trecientos setenta y tres con 00/100 (S/ 308 373,00), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente. Artículo 2.- La transferencia fi nanciera autorizada por la presente Resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, Categoría Presupuestal: Programa Presupuestal 121 Mejora de la Articulación de los Pequeños Productores Agropecuarios a los Mercados, Especí fi ca del Gasto 2.4.23.11: Otras Unidades del Gobierno Nacional, fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la entidad (www.gob.pe/inia), y en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS MAICELO QUINTANA Jefe 2027245-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Designan Asesor I de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 416-2021-VIVIENDA Lima, 30 de diciembre de 2021 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a I de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor César Luis Méndez Lengua, en el cargo de Asesor I de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2026884-1