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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2022 (04/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Martes 4 de enero de 2022 El Peruano / DÍA ÍNDICE DÍA ÍNDICE 11 10,03005 27 10,07050 12 10,03258 28 10,07304 13 10,03510 29 10,07557 14 10,03763 30 10,07811 15 10,04015 31 10,08064 16 10,04268 El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el artículo 1235º del Código Civil. Se destaca que el índice en mención no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al día del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolución judicial (artículo 1236º del Código Civil, en su texto actual consagrado por la Ley No. 26598). JAVIER OLIVERA VEGA Gerente General (e) 2027344-1 CONTRALORIA GENERAL Designan Jefe del Órgano de Control Institucional de las Municipalidades Distritales de Carabayllo, Chaclacayo y San Miguel RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 297-2021-CG Lima, 30 de diciembre de 2021VISTOS:La Hoja Informativa N° 000033-2021-CG/VCSCG, de la Vicecontraloría de Servicios de Control Gubernamental; la Hoja Informativa N° 000272-2021-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; el Memorando N° 001200-2021-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; y, la Hoja Informativa N° 000424-2021-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785, dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva N° 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y modi fi cada mediante Resolución de Contraloría N° 124-2021-CG, en adelante la Directiva de los OCI, establece que las designaciones en el cargo de Jefe de OCI, es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la Directiva de los OCI establece que los Jefes de OCI designados por la Contraloría General de la República, ejercerán sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrán permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI dispone que la designación de los Jefes de OCI termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) Situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) Por renuncia del Jefe del OCI; c) Culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) Razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) Separación de fi nitiva; f) Cese por límite de edad; y, g) Muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación; Que, en el marco de la actual normativa y conforme al modelo de control descentralizado orientado a resultados, la supervisión de la gestión en el uso de los recursos públicos, debe asegurar una rendición de cuentas y el buen gobierno de las Entidades Públicas, cautelando la legalidad y efi ciencia de sus actos y operaciones, así como las disposiciones, para la correcta y transparente gestión de sus recursos y bienes, mediante la ejecución de servicios de control gubernamental y servicios relacionados, para el cumplimiento de sus fi nes y metas institucionales; Que, la Vicecontraloría de Servicios de Control Gubernamental, mediante la Hoja Informativa N° 000033-2021-CG/VCSCG, en atención a sus competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado mediante Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, gestiona la propuesta de conclusión y designación de Jefes de OCI de entidades bajo el ámbito de control de la Gerencia Regional de Control de Lima Metropolitana; Que, a través de la Hoja Informativa N° 000272-2021- CG/PER, la Subgerencia de Personal y Compensaciones evalúa y sustenta la propuesta de conclusión y designación de Jefes de OCI, habiendo veri fi cado para las designaciones propuestas, el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Clasi fi cador de Cargos de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 225-2020-CG, y demás disposiciones aplicables para dicho proceso; Que, a través del Memorando N° 001200-2021-CG/GCH, la Gerencia de Capital Humano remite la Hoja Informativa N° 000272-2021-CG/PER, así como la relación fi nal de las propuestas para la conclusión y designación de Jefes de OCI; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo informado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante Hoja Informativa N° 000424-2021-CG/GJNC, y a lo expuesto en la Hoja Informativa N° 000533-2021-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría de conclusión y designación de diversos profesionales en el cargo de Jefes de Órgano de Control Institucional, disponiendo las acciones de personal necesarias, de conformidad con la propuesta que eleva la Vicecontraloría de Servicios de Control Gubernamental; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y modi fi cada mediante Resolución de Contraloría N° 124-2021-CG; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminada la designación en el cargo de Jefe de Órgano de Control Institucional de los profesionales que se detallan a continuación: