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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2022 (04/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Martes 4 de enero de 2022 El Peruano / del Área de Abastecimiento, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. h) Autorizar prórrogas para los contratos de arrendamiento de inmuebles destinados a la implementación y funcionamiento de las o fi cinas administrativas y Unidades de Coordinación de la Ofi cina Zonal de San Francisco – Unidad ejecutora 006 “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM”; previo cumplimiento de lo dispuesto por la Directiva Nº 0003-2021-EF/54.01 “Disposiciones previas al arrendamiento de bienes inmuebles por parte de los ministerios, organismos públicos, programas y proyectos especiales”. i) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales de bienes y servicios, así como las reducciones hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original proveniente de los procedimientos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios y Subasta Inversa Electrónica, así como los que se deriven de ellos en caso de declaratoria de desierto; incluyendo los supuestos de la aprobación de Contrataciones Directas indicados en el numeral 101.1 del artículo 101 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado vigente, a excepción de los supuestos descritos en los literales b) y c) del artículo 27 del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado, en cuyos casos se requiere previamente un nuevo acuerdo o resolución que las apruebe. j) Resolver solicitudes de ampliación de plazo contractual provenientes de los procedimientos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicación Simpli fi cada, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios y Subasta Inversa Electrónica, así como los que se deriven de ellos en caso de declaratoria de desierto; incluyendo los resultantes de las Contrataciones Directas, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. k) Otorgar a los contratistas y/o registrar en el SEACE, la respectiva constancia de prestación de los contratos derivados de los procedimientos de selección constituidos en el marco del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado vigente, en cuanto resulte aplicable conforme a la normativa de contrataciones vigente. l) Aprobar la estandarización de bienes y servicios, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. m) Autorizar la participación y contratación de expertos independientes para apoyar o integrar los Comités de Selección. n) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción, así como gestionar las publicaciones, pedidos de información, consultas y demás actos vinculados a los procedimientos de selección, que resulte necesario realizarse o formularse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, la Contraloría General de la República u otras entidades públicas, así como a participantes, postores y/o contratistas o terceros particulares. o) Aprobar la contratación de bienes y servicios, según los requerimientos de las unidades de administración interna, unidades de línea y unidades desconcentradas de la O fi cina Zonal de San Francisco, de los supuestos excluidos del ámbito de aplicación del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, veri fi cando la observancia de todos los principios contenidos en la normativa de contrataciones y probidad de la función pública vigentes. p) Aprobar los expedientes de contratación sujetos al método especial de contratación través de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, suscribir y resolver las órdenes de compra, órdenes de servicio y/o contratos, así como resolver solicitudes de ampliación de plazo, por montos mayores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias. q) Aprobar otras modi fi caciones al contrato, cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, siempre que la modi fi cación no implique la variación del precio y deriven de hechos sobrevinientes a la presentación de ofertas que no sean imputables a alguna de las partes, permitan alcanzar su fi nalidad de manera oportuna y e fi ciente, y no cambien los elementos determinantes del objeto. r) Suscribir las pólizas de seguros, endosos y cualquier otro documento derivado de contratos de seguros suscritos por la O fi cina Zonal de San Francisco. s) Suscribir contratos con Entidades Prestadoras de Salud - EPS, adendas renovaciones u otros derivados del mismo. t) Autorizar, suscribir, modi fi car y resolver las órdenes de compra, las órdenes de servicio y/o contratos de las contrataciones de bienes y servicios, por montos iguales o menores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes al momento de su transacción, así como resolver solicitudes de ampliación de plazo contractual, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente, de la O fi cina Zonal de San Francisco. u) Autorizar, suscribir modi fi car y resolver contratos de locación de servicios y adendas para la contratación de personas naturales para la prestación de servicios de carácter determinado y temporal de manera general; y servicios cuyo valor sea igual o inferior a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias en el ámbito de la O fi cina Zonal de San Francisco. 2.2 En materia de Gestión Administrativa:a) Efectuar el reconocimiento de deudas y disponer el pago de créditos devengados de ejercicios anteriores; emitiendo, para ello, las correspondientes Resoluciones, conforme a la normatividad de la materia; y, disponiendo el inicio del deslinde de responsabilidades a que hubiere lugar, de ser el caso. b) Suscribir, modi fi car y resolver contratos de locación de servicios suscritos en el marco de la Centésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza a la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, durante el Año Fiscal 2022. 2.3 En materia de Recursos Humanos:a) Suscribir los contratos y sus adendas, así como comunicar la no prórroga o la no renovación, en el marco del régimen de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057, de corresponder. b) La suscripción de convenios y adendas en el marco de las normas que regulan las Modalidades Formativas de Servicios en el Sector Público. Artículo 3.- DISPONER que la presente resolución tendrá vigencia a partir del día de su publicación hasta el 31 de diciembre del año 2022, salvo las delegaciones en materia presupuestal que tendrán vigencia hasta la fi nalización del Ejercicio Presupuestario del Año Fiscal 2022. Artículo 4.- Las Unidades de organización de la Unidad Ejecutora 006 “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM” a las que se les delega facultades, deberán INFORMAR trimestralmente al Presidente Ejecutivo de la Entidad, los actos que emitan como producto de la presente Resolución. Artículo 5.- PRECISAR que los actos emitidos al amparo de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000004-2021-DV-PE, durante su periodo de vigencia, en lo que resulte aplicable, mantiene sus efectos. Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en el portal institucional de la Entidad (www.qob.pe/devida). Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. RICARDO ANTONIO SOBERON GARRIDO Presidente Ejecutivo 2027230-1