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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2022 (16/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Domingo 16 de enero de 2022 El Peruano / de sociedades de auditoría, que se debe transferir a la Contraloría General de la República. En el O fi cio N° 000790-2021-CG/GAD, de fecha 20 de diciembre de 2021, de la Contraloría General de la República, se indica el monto total a ser transferido por el Jurado Nacional de Elecciones, con motivo de la auditoría fi nanciera al Jurado Nacional de Elecciones, por los períodos 2021 y 2022, con cargo al presupuesto institucional 2022. En el Informe Presupuestal N° 006-2022-DGPID/ JNE, de fecha 12 de enero de 2022, conforme al detalle contenido en el análisis, se concluye en la existencia de la disponibilidad presupuestal para la transferencia fi nanciera, con motivo de la auditoría fi nanciera al Jurado Nacional de Elecciones, por los períodos 2021 y 2022, según los importes precisados. En virtud del Informe Presupuestal N° 006-2022-DGPID/JNE, elaborado por la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, y el Informe Nº 008-2022-DGNAJ/JNE, de la Dirección General de Normatividad y Asuntos Jurídicos, existe el debido sustento para que la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones apruebe la respectiva transferencia financiera. En uso de las facultades de la que está investida esta Presidencia. RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la transferencia fi nanciera de S/ 157 082,00 (Ciento cincuenta y siete mil ochenta y dos con 00/100 soles), por la retribución económica (incluido IGV), a favor de la Contraloría General de la República, para fi nanciar la contratación de la sociedad de auditoría, con motivo de la auditoría fi nanciera al Jurado Nacional de Elecciones, por el período 2021 y 2022. Artículo Segundo.- AUTORIZAR el abono de S/ 7 988,00 (Siete mil novecientos ochenta y ocho con 00/100 soles), a favor de la Contraloría General de la República, por derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, por el período 2021 y 2022. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- La unidad orgánica de Servicios al Ciudadano queda encargada de transcribir copia de la presente resolución dentro de los cinco (05) días de aprobada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección General de Presupuesto Público, señalados en el artículo 31° numeral 31.4 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Regístrese y comuníquese. JORGE LUIS SALAS ARENAS Presidente 2030907-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de Mutual Asesores y Corredores de Seguros S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas RESOLUCIÓN SBS Nº 00106-2022 Lima, 12 de enero de 2022 EL SECRETARIO GENERAL VISTA:La solicitud presentada por la señora Fiorella Victoria Bisso Villacorta para que se autorice la inscripción de la empresa MUTUAL ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO:Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, aprobado por Resolución S.B.S. N° 808-2019, establece los requisitos formales para la inscripción de las Empresas Corredoras de Seguros en el Registro respectivo; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por la referida norma administrativa; Que, el Departamento de Registros ha considerado pertinente aceptar la solicitud de inscripción de la empresa MUTUAL ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro; y, De conformidad con lo establecido en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1678-2018 de fecha 27 de abril de 2018; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el Registro, Sección III: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas, a la empresa MUTUAL ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. con matrícula Nº J-0922. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ENRIQUE MELGAR ROMARIONI Secretario General 2030181-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Fijan remuneración del Gobernador Regional y Vice Gobernador Regional; así como, la dieta de los señores Consejeros Regionales para el Año Fiscal 2022 ACUERDO REGIONAL N° 000001-2022-GRLL-CR Trujillo, 11 de enero del 2022