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9 NORMAS LEGALES Jueves 20 de enero de 2022 El Peruano / se establece el mecanismo de coordinación para la implementación de la Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes al 2030; Que, el numeral 3 del artículo 36 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que las Comisiones Multisectoriales de naturaleza permanente son creadas con fi nes especí fi cos para cumplir funciones de seguimiento, fi scalización, o emisión de informes técnicos; se crean formalmente mediante decreto supremo refrendado por la Presidencia del Consejo de Ministros y las/los titulares de los Sectores involucrados, y cuentan con un Reglamento Interno aprobado por Resolución Ministerial del Sector al cual están adscritas; Que, además de ello, el numeral 21.1 del artículo 21 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, establece que las comisiones son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica y se crean para cumplir con funciones de seguimiento, supervisión, fi scalización, propuesta o emisión de informes, que sirven de base para la toma de decisiones de otras entidades; cuyas conclusiones carecen de efectos jurídicos frente a terceros; el numeral 23.2 de los citados Lineamientos, señala que en caso participen representantes de otros niveles de gobierno, otros Poderes del Estado; así como Organismos Constitucionalmente Autónomos, su participación requiere de la conformidad previa de su máxima autoridad; en dichos casos, la creación de la Comisión se aprueba mediante Decreto supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los ministros de los sectores involucrados, previa opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública; Que, en relación a lo antes citado, resulta necesario crear la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para el seguimiento a la implementación de la Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes al 2030, la cual permitirá trabajar de manera articulada con las entidades involucradas para lograr la implementación de la política antes citada, realizando el seguimiento permanente en relación a los objetivos prioritarios, lineamientos y provisión de servicios; Que, la creación de la referida Comisión Multisectorial constituye un mecanismo de coordinación, que facilita la colaboración y cooperación entre el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y las entidades públicas involucradas en la implementación de la Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes al 2030, entre ellas, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministerio del Ambiente, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministerio de Cultura, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, el Instituto Nacional de Estadística e Informática y la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, estando a los fi nes antes mencionados y en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, es necesaria la creación de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente que contribuye al seguimiento de la implementación de la Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes al 2030, con el objeto de trabajar de manera articulada con los sectores involucrados en la provisión de servicios; Que, de otro lado, mediante Decreto Supremo N° 001- 2012-MIMP, se aprobó el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia - PNAIA 2012-2021, elevado a rango de Ley por el artículo 1 de la Ley N° 30362, y declaró de interés nacional y preferente atención la asignación de recursos públicos para garantizar el cumplimiento del citado Plan Nacional. Asimismo, dicho Decreto Supremo aprobó la conformación de la Comisión Multisectorial Permanente encargada de la implementación del Plan Nacional; Que, la Comisión Multisectorial Permanente encargada de la implementación del PNAIA 2012-2021 fue creada con la fi nalidad de monitorear y contribuir al cumplimiento efi caz de las metas emblemáticas, objetivos, resultados esperados, metas y estrategias de implementación del PNAIA 2012-2021, la cual se encuentra adscrita al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP y, fue conformada por 12 Ministerios, 6 instituciones públicas y, en calidad de invitados, participaban UNICEF, la Mesa de Concertación de Lucha contra la pobreza y el Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes; Que, el numeral 27.1 del artículo 27 de los Lineamientos de Organización del Estado, señala en que una Comisión se extingue una vez que se ha cumplido con su objetivo o culminado su periodo de vigencia; asimismo, indica que la Secretaría de Gestión Pública evalúa el funcionamiento de las Comisiones, a fi n de determinar la necesidad de su continuidad; Que, en ese contexto, la Comisión Multisectorial Permanente encargada de la implementación del Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia - PNAIA 2012-2021, creada por el Decreto Supremo Nº 001-2012-MIMP, ha cumplido con el objetivo para la cual fue creada, por lo que, corresponde declarar su extinción; Que, la creación de la “Comisión Multisectorial Permanente que contribuye al seguimiento de la implementación de la Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes al 2030” y la extinción de la “Comisión Multisectorial Permanente encargada de la implementación del Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia - PNAIA 2012-2021”, cuentan con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales de competencia exclusiva del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo N° 164-2021-PCM, que aprueba la Política General de Gobierno para el periodo 2021- 2026; y el Decreto Supremo N° 008-2021-MIMP, que aprueba la Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes al 2030; DECRETA:Artículo 1.- Creación y objeto de la Comisión Multisectorial Permanente Créase la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente, denominada “Comisión Multisectorial Permanente para el seguimiento a la implementación de la Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes al 2030”, dependiente del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, con el objeto de hacer seguimiento a la implementación de la referida política nacional y sus actualizaciones en relación a los objetivos prioritarios, lineamientos y provisión de servicios.” Artículo 2.- Conformación de la Comisión Multisectorial Permanente La Comisión Multisectorial Permanente está conformada por: 1. El/la Viceministro/a de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, quien la preside; 2. El/la Viceministro/a de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; 3. El/la Viceministro/a de Salud Pública del Ministerio de Salud; 4. El/la Viceministro/a de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud; 5. El/la Viceministro/a de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; 6. El/la Viceministro/a de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; 7. El/la Viceministro/a de Gestión Institucional del Ministerio de Educación;