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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2022 (20/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Jueves 20 de enero de 2022 El Peruano / VISTOS: (i) El Informe Nº 000001-2022-SINEACE/P-GG-COM, de 12 de enero de 2022, de la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional; (ii) El Informe Legal N° 000010-2022-SINEACE/P-GG- COM, de 14 de enero de 2022, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sineace, constituyéndose a través de Resolución Ministerial N°396-2014-MINEDU, de 28 de agosto de 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, a fi n de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo; Que, a través de la Resolución de Presidencia N° 000023-2021-SINEACE/CDAH-P, de 29 de marzo de 2021, se aprobó la “Norma que de fi ne la estructura funcional no orgánica transitoria del Sineace en su calidad de entidad en reorganización” , cuyo artículo 9 señala que la Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc constituye la más alta autoridad ejecutiva del Sineace; Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS (en adelante, TUO de la Ley N° 27806), señala que la citada Ley tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, el último párrafo del artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, indica que la entidad pública deberá identi fi car al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet; Que, adicionalmente, el segundo párrafo del artículo 4 del Reglamento de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, dispone que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, a través de la Resolución Directoral N° 11-2021-JUS-DGTAIPD, de 24 de marzo de 2021, se aprueba el “Lineamiento para la Implementación y Actualización del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública”, cuyo numeral 6.3 precisa que el titular de la entidad pública designa al Funcionario/a responsable del Portal de Transparencia Estándar-FRPTE, esta designación puede ser a un cargo o a una persona especí fi ca; asimismo, el numeral 5.2 del citado Lineamiento precisa que dicho funcionario le corresponde implementar y actualizar el Portal de Transparencia Estándar; Que, a través de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N° 018-2017-SINEACE/CDAH-P, de 20 de enero de 2017, se designó a la señora Olga Isabel Flores Caycho como responsable de, entre otro, elaborar y actualizar el Portal de Transparencia; Que, mediante Informe Nº 000001-2022-SINEACE/ P-GG-COM, de 12 de enero de 2022, la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional indica que con Memorándum N° 000220-2021-SINEACE/P-GG-ORH, de 5 de enero de 2021, la O fi cina de Recursos Humanos aceptó la renuncia de la señora Olga Isabel Flores Caycho; Que, con Proveído N° 000024-2022-SINEACE/P-GG, de 14 de enero de 2022, la Gerencia General propone al servidor responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la entidad; Que, mediante Informe Legal N° 000010-2022-SINEACE/P-GG-COM, de 14 de enero de 2022, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la designación respectiva.De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa, Ley N° 30220, Ley Universitaria; y Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modi fi catorias, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Pedro Joel Anthony Arenas Melgarejo como responsable de la elaboración, implementación y actualización del Portal de Transparencia Estándar del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Calidad Educativa - Sineace, conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Resolución Directoral N° 11-2021-JUS/DGTAIPD, que aprueba el “Lineamiento para la Implementación y Actualización del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública”. Artículo 2.- Disponer que el personal y funcionarios del Sineace, bajo responsabilidad y en los plazos otorgados, faciliten la información y/o documentación requerida. Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N° 018-2017-SINEACE/CDAH-P, de fecha 20 de enero de 2017. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BARREDA TAMAYO Presidente del Consejo Directivo Ad HocSineace 2031946-1 INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 0005-2022-INGEMMET/PE Lima, 19 de enero de 2022VISTOS: El O fi cio Nº 000762-2021-CG/GAD de la Contraloría General de la República, el Informe Nº 0001-2022-INGEMMET/GG-OA-UF de la Unidad Financiera, el Informe Nº 0002-2022-INGEMMET/GG-OA de la O fi cina de Administración, el Informe Nº 0004-2022-INGEMMET/GG-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 0010-2022-INGEMMET/GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Energía y Minas con personería jurídica de derecho público, goza de autonomía técnica, económica y administrativa constituyendo un Pliego Presupuestal, de conformidad con lo establecido por el Reglamento de Organización y Funciones del INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; Que, mediante Ley Nº 31365, se aprueba el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2022;