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30 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de enero de 2022 El Peruano / Que, respecto de la publicación de proyectos normativos, el inciso 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, señala que, las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el Diario O fi cial “El Peruano”, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, debiendo permitir que las personas interesadas o la ciudadanía en general formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, teniendo en consideración las normas y documentos antes citados, corresponde emitir el acto resolutivo a través del cual se dispone la prepublicación del Estándar de Pagos sin Contacto con Códigos QR; De conformidad con la Ley N° 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU y sus modi fi catorias; el Reglamento de la Ley N° 30900, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2019-MTC; y la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU, aprobada mediante Decreto Supremo N° 003-2019-MTC. SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial “ El Peruano ” y de su Anexo que contiene el proyecto de “Estándar de Pagos sin Contacto con Códigos QR”, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución, en el portal web institucional de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (http://www.atu.gob.pe/), el mismo día de la publicación en el Diario O fi cial “ El Peruano ”, con el objeto de recibir los comentarios, aportes y/o sugerencias de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. Artículo 2.- Los comentarios, aportes y/o sugerencias sobre el proyecto de Estándar a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Directoral, deben ser remitidas a la sede principal de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao con atención a la Dirección de Integración de Transporte Urbano y Recaudo, ubicada en Calle José Gálvez Nº 550, Mira fl ores, Lima, o vía correo electrónico a la dirección electrónica normas@atu.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO BEINGOLEA ZELADA Director de la Dirección de Integración de Transporte Urbano y Recaudo 2033388-1 Designan Asesora I de la Gerencia General de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 028-2022-ATU/PE Lima, 25 de enero de 2022CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y fi nanciera; Que, el literal e) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la ATU, aprobada por Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC, establece que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, así como de las unidades orgánicas de ser el caso; Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a I de la Gerencia General de la ATU, cargo considerado de confi anza; Contando con la visación de la Gerencia General, la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones establecidas en los literales e) y t) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobada por Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora KATHERINE GERALDINE REYES GONZÁLES, en el cargo de Asesora I de la Gerencia General de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU. Artículo 2.- Noti fi car la presente resolución a la señora KATHERINE GERALDINE REYES GONZÁLES y a la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Presidenta Ejecutiva 2033618-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Disponen inicio de procedimiento de investigación por presuntas prácticas de dumping en las exportaciones al Perú de tejidos 100% poliéster, crudos, blancos o teñidos de un solo color, de ligamento tafetán, con un ancho menor a 1.80 metros, de peso unitario entre 80 gr./m2 y 200 gr./m2, cualquiera sea el uso declarado, originarios de la República Popular China RESOLUCIÓN N° 007-2022/CDB-INDECOPI Lima, 14 de enero de 2022 LA COMISIÓN DE DUMPING, SUBSIDIOS Y ELIMINACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS DEL INDECOPI SUMILLA: En mérito a la solicitud presentada por la empresa productora nacional Tecnología Textil S.A., se dispone el inicio de un procedimiento de investigación por presuntas prácticas de dumping en las importaciones de tejidos 100% poliéster, crudos, blancos o teñidos de un solo color, de ligamento tafetán, con un ancho menor a 1.80 metros, de peso unitario entre 80 gr./m2 y 200 gr./ m2, cualquiera sea el uso declarado, originarios de la República Popular China. Ello, pues se ha veri fi cado que la referida solicitud proporciona indicios razonables sobre