TEXTO PAGINA: 38
38 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de enero de 2022 El Peruano / PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Delegan en el Gerente General del Poder Judicial, la facultad de aprobar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático perteneciente al Pliego Poder Judicial, para el año fiscal 2022 Presidencia del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000011-2022-P-PJ Lima, 9 de enero de 2022 VISTO:El O fi cio Nº 00010-2022-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial con relación al proyecto de resolución administrativa que propone delegar facultades en el Gerente General del Poder Judicial para la aprobación de Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático para el año fi scal 2022; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 40.1 del artículo 40 del TUO de la Ley Nº 28411, “Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto”, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, norma vigente, señala que son modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fi scal. Que, el numeral 40.2 del artículo 40 del citado cuerpo normativo, establece que las modi fi caciones presupuestarías en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular de la Entidad delegar dicha facultad de aprobación a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Que, bajo dicho contexto, a través de la Resolución Administrativa Nº 219-2021-P-PJ, del 9 de abril de 2021, delegó en el Gerente General del Poder Judicial, la facultad de aprobar las Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático perteneciente al Pliego Poder Judicial, sólo para el año fi scal 2021, por lo que ha quedado sin efecto para el presente año fi scal. Que, asimismo, se propone la presente resolución considerando la carga creciente y la necesidad de atención expeditiva de los actos administrativos de naturaleza presupuestal, los mismos que normalmente están sujetos a plazos y fechas previamente calendarizadas; y lo previsto por el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440 “Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público” el cual dispone que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente el citado Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado. Contando con los vistos de la Gerencia General, Gerencia de Plani fi cacion y O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial; y, de conformidad con el numeral 40.2 del artículo 40 del TUO de la Ley Nº 28411, “Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto”, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440 “Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público” y el inciso 4 del artículo 76 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Deléguese en el Gerente General del Poder Judicial, la facultad de aprobar las Modi fi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático perteneciente al Pliego Poder Judicial, para el año fi scal 2022. Artículo Segundo.- Déjese sin efecto la R.A. Nº 219- 2021-P-PJ, del 9 de abril de 2021, así como cualquier otra disposición que se oponga a la presente. Artículo Tercero.- El Gerente General del Poder Judicial deberá informar mensualmente y por escrito al Titular del Pliego del Poder Judicial, sobre las modi fi caciones presupuestarias que autorice. Artículo Cuarto.- Publíquese en el Diario O fi cial del Bicentenario “El Peruano”, así como en la página web de la Entidad. Artículo Quinto.- Remítase copia de la presente resolución a la Gerencia General del Poder Judicial y al Órgano de Control Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta del Poder Judicial 2033643-1 ORGANISMOS AUTONOMOS MINISTERIO PUBLICO Autorizan viaje de fiscal a la República Federativa del Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 044-2022-MP-FN Lima, 14 de enero de 2022VISTOS:Los o fi cios Nº 111-2022-MP-FN-FSNCEDCF, Nº 239-2022-MP-FN-FSNCEDCF y Nº 247-2022-MP-FN-FSNCEDCF, de fechas 6, 10 y 11 de enero de 2022, respectivamente, cursados por el fi scal superior coordinador nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, y; CONSIDERANDO:Mediante el Decreto Supremo Nº 025-2021-SA, se resuelve prorrogar a partir del 3 de setiembre de 2021, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario, la emergencia sanitaria declarada por el Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, prorrogada por los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 27-2020-SA, n. o 031-2020-SA y Nº 009-2021-SA. A través del Decreto Supremo Nº 157-2020-PCM y su modi fi catoria, se aprobó la Fase 4 de la reanudación de actividades económicas dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19, entre las que se encuentra el servicio de transporte aéreo y vuelos internacionales. En esa línea, por Resolución Ministerial Nº 642-2020-MTC-01 y sus modi fi catorias, se aprobó el reinicio de las