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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (02/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de febrero de 2022 El Peruano / de PERÚ COMPRAS y se publican en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, por su parte, el numeral 31.2 del citado artículo, señala que el proyecto de Ficha de Homologación se prepublica en el portal institucional de la Entidad que realiza la homologación, de PERÚ COMPRAS y en el SEACE a fi n de recibir comentarios, recomendaciones y observaciones sobre su contenido, por un periodo mínimo de diez (10) días hábiles, contando la Entidad con un plazo de diez (10) días hábiles para evaluar y, de ser el caso, modi fi car el proyecto de fi cha de homologación; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 069-2020- PERÚ COMPRAS de fecha 14 de julio de 2020, se aprueba la Directiva Nº 006-2020-PERÚ COMPRAS “Proceso de Homologación de Requerimientos ”, con el objetivo de establecer disposiciones generales y especí fi cas que regulen el proceso de Homologación de requerimientos, que realizan los Ministerios en el ámbito de sus competencias, priorizando aquellos que sean de contratación recurrente, de uso masivo y/o aquellos identi fi cados como estratégicos; Que, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 8.10 y 8.13 de la Directiva Nº 006-2020-PERÚ COMPRAS, una vez concluidas las actividades de prepublicación del proyecto de Ficha de Homologación y evaluación de comentarios, recomendaciones y observaciones, la Entidad solicitará a PERÚ COMPRAS emitir opinión respecto de la viabilidad del proyecto de Ficha de Homologación, presentando su Expediente de Solicitud de Opinión; y contando con la opinión favorable de PERÚ COMPRAS, la Ficha de Homologación será aprobada mediante resolución del Titular de la Entidad solicitante, la cual deberá publicarse en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, respecto al procedimiento correspondiente para la aprobación del proyecto de Ficha de Homologación, el numeral 8.13 de la Directiva Nº 006-2020-PERÚ COMPRAS establece que el Ministerio inicia el procedimiento que corresponda para su aprobación, la cual deberá realizarse en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de recibida la noti fi cación de la opinión favorable por parte de PERÚ COMPRAS; Que, asimismo, el numeral 8.13.2 de la Directiva Nº 006-2020-PERÚ COMPRAS establece que el Ministerio, bajo responsabilidad del Titular, deberá remitir a PERÚ COMPRAS, el mismo día de publicada en el Diario O fi cial El Peruano, la Resolución y la Ficha de Homologación aprobada, a efectos de gestionar su incorporación en la “Relación de Fichas de Homologación vigentes” publicada en el portal de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS; Que, la Dirección General de Operaciones en Salud - DGOS, en el marco de sus funciones, elaboró los proyectos de Fichas de Homologación de: “Incubadora Neonatal de Transporte”, “Incubadora Neonatal Estándar” e “Incubadora Neonatal Avanzada”; Que, mediante Informe Nº 000008-2022-PERÚ COMPRAS-DES, la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS emite opinión favorable sobre los proyectos de Fichas de Homologación de: “Incubadora Neonatal de Transporte”, “Incubadora Neonatal Estándar” e “Incubadora Neonatal Avanzada”, al cumplir con los lineamientos y requisitos establecidos para su formulación; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mediante Nota Informativa Nº 101-2022-OGAJ/MINSA con relación a la aprobación de fi chas de homologación solicitadas, señala que resulta legalmente procedente la suscripción de la presente Resolución Ministerial; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Operaciones en Salud, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 082-2019-EF; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias; la Directiva Nº 006-2020-PERÚ COMPRAS “ Proceso de Homologación de Requerimientos” , aprobada por la Resolución Jefatural Nº 069-2020-PERÚ COMPRAS; el Decreto Legislativo Nº 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar las Fichas de Homologación de “Incubadora Neonatal de Transporte”, “Incubadora Neonatal Estándar” e “Incubadora Neonatal Avanzada”, cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, conforme al siguiente detalle: Nº Código CUBSO Denominación del Bien 1 4219220400184966 “Incubadora neonatal de Transporte”2 4219180200184967 “Incubadora neonatal Estándar”3 4219180200365555 “Incubadora neonatal Avanzada” Artículo 2.- Disponer que la Secretaría General remita a la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, el mismo día de publicación de la presente Resolución Ministerial, las Fichas de Homologación aprobadas mediante el artículo 1, a efectos de gestionar su incorporación en la “Relación de Fichas de Homologación vigentes” publicada en el portal de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNANDO ISMAEL CEVALLOS FLORES Ministro de Salud 2035535-2 Aprueban el listado y la distribución de plazas de especialidades o subespecialidades priorizadas para la formación de médicos especialistas en la modalidad vacante libre, a ser financiadas por el Ministerio de Salud, en el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 045-2022/MINSA Lima, 31 de enero del 2022Visto, el Expediente Nº 21-166661-001, que contiene el Informe Nº 059-2022-DIPLAN-DIGEP/MINSA, emitido por la Dirección General de Personal de la Salud, el Informe Nº 065-2022-OP-OGPPM/MINSA de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 061-2022-OGAJ/MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO:Que, el Ministerio de Salud, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, es la Autoridad de Salud a nivel nacional, según lo establece la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la función rectora a nivel nacional, la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud y es la máxima autoridad rectora en el sector; y, como parte de sus competencias y funciones se encuentran la de promover la capacitación y el desarrollo de los recursos humanos en salud; Que, el artículo 5 de la Ley Nº 30453, Ley del Sistema Nacional de Residentado Médico (SINAREME) establece