TEXTO PAGINA: 21
21 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de febrero de 2022 El Peruano / que el Ministerio de Salud es el rector del Sistema Nacional de Residentado Médico y de fi ne la política técnico – normativa para la aplicación de la citada ley; Que, el numeral 4 del artículo 6 de la Ley Nº 30453, Ley del Sistema Nacional de Residentado Médico (SINAREME) establece entre las funciones del Sistema, el implementar las prioridades de formación especializada establecidas por el Ministerio de Salud. Asimismo, de acuerdo a la Tercera Disposición Complementaria Final de la mencionada Ley, es función del Ministerio de Salud, el efectuar los estudios de dé fi cit de especialistas que sustenten las gestiones necesarias para el incremento progresivo de vacantes para el residentado médico, priorizando las regiones con mayor dé fi cit de especialistas hasta el cierre de brechas correspondientes; Que, el numeral 38.1 del artículo 38 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, dispone que al Ministerio de Salud, para el Año Fiscal 2022, se le asignan recursos hasta por la suma de S/ 23 117 733,00 (VEINTITRÉS MILLONES CIENTO DIECISIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar nuevas plazas para residencia médica, indicando además que la distribución de plazas se aprueban mediante resolución ministerial del Ministerio de Salud, con la opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público, el mismo que se publica hasta el 31 de enero de 2022, priorizando las especialidades médicas para incrementar la capacidad de respuesta ante situaciones adversas como la COVID-19, así como las especialidades médicas que requieran más años para el cierre de brechas de demanda por la expansión de la oferta por nuevos establecimientos de salud y de estrategias priorizadas; Que, conforme a lo propuesto por la Dirección General de Personal de la Salud mediante el Informe Nº 059-2022-DIPLAN-DIGEP/MINSA, resulta necesario establecer la priorización de las especialidades o subespecialidades para la formación de médicos especialistas, en la modalidad vacante libre a ser fi nanciadas en el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico, conforme a los criterios señalados en el artículo 38 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante el Informe Nº 065-2022-OP-OGPPM/MINSA otorga, desde el punto de vista presupuestal, opinión técnica favorable a la propuesta formulada por la Dirección General de Personal de la Salud; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, con el Informe Nº 061-2022-OGAJ/MINSA, concluye que resulta legalmente procedente la fi rma del acto resolutivo que aprueba el listado y distribución de plazas de especialidades o subespecialidades priorizadas para la formación de médicos especialistas en la modalidad de vacante libre, a ser fi nanciadas por el Ministerio de Salud en el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico; Que, asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 38.1 del artículo 38 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, el listado y distribución de plazas de especialidades o subespecialidades priorizadas para la formación de médicos especialistas, cuentan con la opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas expresada en el Informe Nº 0016-2022-EF/50.05 remitido con el O fi cio Nº 0016-2022-EF/50.05; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Personal de la Salud, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y modi fi catorias; la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, la Ley Nº 30947, Ley de Salud Mental, la Ley Nº 30453, Ley del Sistema Nacional de Residentado Médico; y el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modi fi catorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1.- Apruébese el listado y la distribución de plazas de especialidades o subespecialidades priorizadas para la formación de médicos especialistas en la modalidad vacante libre, a ser fi nanciadas por el Ministerio de Salud, en el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico, de acuerdo a lo señalado en el numeral 38.1 del artículo 38 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, según el siguiente detalle: Especialidad/Subespecialidad Distribución de Plazas Cirugía de Tórax y Cardio vascular 15 Medicina Nuclear 2 Neonatología 38 Patología Clínica 30 Ginecología y Obstetricia 28 Medicina Interna 26 Cirugía General 25 Anatomía Patológica 19 Cardiología 21 Radiología 21 Radioterapia 6 Neurocirugía 20 Anestesiología 20 Pediatría 20 Medicina Familiar y Comunitaria 19 Cirugía Plástica 19 Ortopedia y Traumatología 18 Nefrología 16 Geriatría 8 Psiquiatría 14 Medicina Física y Rehabilitación 14 Otorrinolaringología 13 Reumatología 13 Neumología 13 Medicina Intensiva 12 Urología 12 Hematología 12 Medicina Oncológica 10 Cirugía Pediátrica 10 Medicina de Emergencia y de Desastres 9 Dermatología 9 Oftalmología 9 Cirugía de Cabeza, Cuello y Maxilofacial 7 Neurología 6 Gastroenterología 6 Endocrinología 6 Medicina de Enfermedades Infecciosas y Tropicales5 Cirugía Oncológica 5 TOTAL 556 Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNANDO ISMAEL CEVALLOS FLORES Ministro de Salud 2035535-3