TEXTO PAGINA: 29
29 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de febrero de 2022 El Peruano / VISTOS: El O fi cio 000753-2021-CG/GAD, de fecha 17 de diciembre de 2021, emitido por la Contraloría General de la República; Informe de Opinión Presupuestal Nº 3720-2021-INDECI/4.0, de fecha 30 de diciembre de 2020, de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe Nº 845-2021-INDECI/6.2, de fecha 30 de diciembre de 2021, emitido por la O fi cina de Contabilidad de la O fi cina General de Administración; el Informe Legal Nº 547-2021-INDECI/5.0, de fecha 30 de diciembre de 2021, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; sus antecedentes; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD y el Decreto Supremo Nº 002-2016-DE, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, es un organismo público ejecutor, con calidad de pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Defensa, conformante del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD y responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 357-2020-INDECI de fecha 28 diciembre del 2020, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 0006: Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI; Que, mediante Ley Nº 27785 se aprobó la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada parcialmente por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, señala que las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego; así como, del Jefe de la O fi cina de Administración y del Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; Que, asimismo, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución de titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto. La resolución del titular del pliego se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 237- 2021-CG, se aprueba el tarifario que establece el monto de retribución económica de las sociedades de auditoría, por período a auditar, que las entidades deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y el pago de las mismas; Que, con O fi cio de Vistos, la Contraloría General de la República, en el marco de la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG, solicita se realice una transferencia fi nanciera del 100% de la retribución económica (incluido el IGV) del período auditado 2021 y se adjunte la previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2022, por el otro 100% de la retribución económica (incluyendo IGV), cuya transferencia fi nanciera debe efectuarse a más tardar 30 días calendarios antes de la fecha de inicio propuesta por la SOA para la ejecución de la auditoria; Que, mediante Informe de Opinión Presupuestal Nº 3720-2021-INDECI/4.0, la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, en el marco de la normatividad presupuestal, emite opinión favorable para realizar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 88,191.00 (ochenta y ocho mil ciento noventa y un con 00/100 soles), cuyos recursos se encuentran en el presupuesto institucional del Pliego 0006: Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, en la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar una transferencia fi nanciera por el monto señalado en el considerando precedente, a favor del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente al 100% de la retribución económica (incluido IGV) a la Sociedad Auditora, que realizará la auditoría fi nanciera del período 2021; Con la visación del Secretario General; del Jefe de la Ofi cina General de Administración; del Jefe de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Resolución Jefatural Nº 357-2020-INDECI que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de gastos correspondiente al Año Fiscal 2021; la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Ley Nº 29664 Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres -SINAGERD y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2013-PCM y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar una transferencia financiera con cargo al Pliego 0006: Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI hasta por la suma de S/ 88,191.00 (ochenta y ocho mil ciento noventa y un con 00/100 soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente al pago del 100% de la retribución económica por gastos derivados de la contratación de la Sociedad de Auditoría. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Meta 0118 Acción y Control, especi fi ca de gasto 2.4.1.3 1.1 “Otras unidades del gobierno nacional” por la suma de S/ 88,191.00 (ochenta y ocho mil ciento noventa y un con 00/100 soles). Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como la publicación en la página web e intranet Institucional (www.indeci.gob.pe) y encargar a la O fi cina General de Administración, comunicar a la Contraloría General de la República la ejecución de la trasferencia realizada. Artículo 5.- Ingreso en el Archivo Central del INDECI Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General Institucional y remita copia autenticada por fedatario a la O fi cina General de Administración y a la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MANUEL YAÑEZ LAZO Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 2035581-1