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60 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de febrero de 2022 El Peruano / de Chipurana – San Martín – San Martín” con CUI N° 2290055. Que, mediante Acta de fecha 01 de julio de 2021, los miembros de la “Comisión de Transferencia de Infraestructura y Otros Componentes de Proyectos de Inversión Pública del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo”, otorgan opinión favorable para la continuidad de la transferencia de Infraestructura “Instalación de 01 Alcantarilla del Caño El Progreso entre las Calles Yarina C-3 y Miguel Grau C-3 en el Centro Poblado de Yarina, Distrito de Chipurana – San Martín – San Martín”. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 1332-2012-GRSM/PGR de fecha 19 de diciembre de 2012, se aprobó la Directiva N° 002-2012-GRSM/ GRI “Normas para Transferencia de Infraestructura1 y Otros Componentes de Proyectos de Inversión Pública Ejecutados y/o Financiados por el Gobierno Regional San Martín”. (en adelante la directiva). Que, el literal B del artículo V de la directiva, establece que todas las transferencias de infraestructura y otros componentes de Proyectos de Inversión Pública ejecutados y/o fi nanciados por el pliego 459 GORESAM, que se realicen a otros pliegos Presupuestales deben ser aprobados por el Consejo Regional mediante Acuerdo del Consejo Regional respectivo y la posterior promulgación mediante Resolución Ejecutiva Regional. Que, en cuanto al procedimiento para transferencia del pliego Gobierno Regional San Martín a otros Pliegos, el numeral 1 del literal F del artículo IX de la Directiva establece que: Las comisiones de Transferencia de Infraestructura y Otros Componentes de Proyectos de Inversión Pública de todas las Unidades Ejecutoras, tramitaran el expediente de transferencia por intermedio de la Gerencia General Regional para la expedición del Acuerdo del Consejo Regional que apruebe las transferencias solicitadas a otros Pliegos. Logrado el mencionado Acuerdo, la Gerencia General Regional comunicará a la Comisión de Transferencia respectivo, mediante la devolución del expediente y anexando copia certifi cada del acuerdo Aprobado. Finalmente, las Comisiones de Transferencia formularan el proyecto de Resolución Ejecutiva Regional que promulgará el Acuerdo de Consejo Regional que autoriza la transferencia a otros Pliegos, tramitando el Proyecto de Resolución por intermedio de la Gerencia General Regional, para su aprobación respectiva por el Presidente Regional. (…..). Que, mediante Informe Legal N° 549-2021-GRSM/ ORAL, de fecha 09 de Agosto del 2021 la O fi cina Regional de Asesoría Legal, opina favorablemente por la emisión de un Acuerdo Regional que apruebe la transferencia de Infraestructura y Otros Componentes del Proyecto de Inversión “Instalación de 01 Alcantarilla del Caño El Progreso entre las Calles Yarina C-3 y Miguel Grau C-3 en el Centro Poblado de Yarina, Distrito de Chipurana – San Martín – San Martín”, debiendo proseguirse con el trámite correspondiente, remitiéndose al Consejo Regional de San Martín para la emisión del Acuerdo Regional. Que, mediante Memorando Nº 792-2021-GRSM/GGR, la gerencia General Regional remite el Informe Legal Nº 549-2021- GRSM/ORAL, mediante el cual la O fi cina Regional de Asesoría Legal, opina FAVORABLEMENTE por la emisión de un Acuerdo Regional que apruebe la transferencia de Infraestructura y Otros Componentes del Proyecto de Inversión: “Instalación de 01 Alcantarilla del Caño El Progreso entre las Calles Yarina C-3 y Miguel Grau C-3 en el Centro Poblado de Yarina, Distrito de Chipurana – San Martín – San Martín”, debiendo proseguirse con el trámite correspondiente, remitiéndose al Consejo Regional de San Martín para la emisión del Acuerdo Regional. Que, de conformidad con lo establecido con el artículo 39º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, de conformidad con lo establecido con el literal f) del artículo 24° del Reglamento de Consejo Regional “Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional de acuerdo al reglamento”, concordante con el literal n) del artículo 14º del referido reglamento relacionado a los Derechos y Obligaciones de los Consejeros Regionales: “…Asistir a las Sesiones del Consejo Regional y de las comisiones a las que pertenecen con derecho a voz y voto a través de videoconferencia utilizando las tecnologías de información y comunicación (TIC) u otro medio idóneo para la realización de la mismas…”. Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria desarrollada vía presencial y virtual en las instalaciones del Auditorio de la Dirección Regional de Agricultura, utilizando las tecnologías de la información, llevado a cabo el día 25 de Octubre de 2021, aprobó por MAYORIA la siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero: APROBAR la transferencia de infraestructura y otros componentes del Proyecto de Inversión Pública “Instalación de 01 Alcantarilla del Caño El Progreso entre las Calles Yarina C-3 y Miguel Grau C-3 en el Centro Poblado de Yarina, Distrito de Chipurana – San Martín – San Martín” con CUI N° 2290055, y con un valor neto de S/ 265,866.52, a favor de la Municipalidad Distrital de Chipurana, conforme se detalla continuación: Nombre del ProyectoValor Neto Entidad ReceptoraTipo de Transferencia “Instalación de 01 Alcantarilla del Caño El Progreso entre las Calles Yarina C-3 y Miguel Grau C-3 en el Centro Poblado de Yarina, Distrito de Chipurana – San Martín – San Martín”S/ 265,866.52Municipalidad Distrital de ChipuranaExterna Artículo Segundo: AUTORIZAR al Gobernador Regional de San Martín para que a través de la Gerencia General Regional disponga las acciones administrativas para la implementación del presente Acuerdo Regional, derivándosele el expediente administrativo correspondiente. Artículo Tercero: ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración, realizar los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial El Peruano y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en el distrito judicial de San Martín, conforme a Ley. Artículo Cuarto: REALIZAR los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el portal Web del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Quinto: DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. FIDELITO SALAS VÁSQUEZ Consejero DelegadoConsejo Regional 2038996-1 Autorizan operación de endeudamiento interno sin garantía del Gobierno Nacional, para el financiamiento de diversos proyectos de inversión ACUERDO REGIONAL Nº 038-2021-GRSM/CR Moyobamba, 29 de octubre de 2021 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN