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13 NORMAS LEGALES Domingo 20 de febrero de 2022 El Peruano / CUADRO DE DATOS TÉCNICOS DEL SITIO ARQUEOLÓGICO ABRA PUKARA SECTOR B VÉRTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) 39 39-40 35.29 207°42’13” 761928.0220 8454602.0100 40 40-41 61.02 111°24’35” 761893.5090 8454609.3700 41 41-42 69.17 149°53’35” 761883.5720 8454669.5800 42 42-43 26.71 105°50’18” 761908.0620 8454734.2700 43 43-1 55.62 201°33’42” 761934.6730 8454731.9900 TOTAL 1020.16 7380°0’3” Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 635-2021-DDC APU-DVV/MC de fecha 29 de noviembre de 2021, así como en los Informes N° 000892-2021-DSFL/MC, y 000108-2021-DSFL-NGC/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal y el plano perimétrico con código PPROV-068-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Apurímac, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA - Paralización y/o cese de la afectación:xParalización de la expansión Agrícola hacia el sitio arqueológico. -Señalización: xLa Monumentación física del Monumento Arqueológico Prehispánico Abra Pukara es necesario para que ya no se extienda la activi-dad agrícola y no sea afectado el proyectos de inversión pública y privada que se ejecutaran en el distrito y la provincial de Grau. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Apurímac, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional, entre ellas, la coordinación correspondiente con el órgano competente del Ministerio de Cultura para la etapa de identi fi cación de pueblos indígenas u originarios y el análisis de las posibles afectaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Curpahuasi, a fi n que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 635-2021-DDC APU-DVV/MC de fecha 29 de noviembre de 2021, el Informe N° 000892-2021-DSFL/MC, Informe N° 000108-2021-DSFL-NGC/MC, Informe Nº 000016-2022-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código N° PPROV-068-MC_DGPA-DSFL-2021 WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO DirectoraDirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2040866-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial FAP a EE.UU., en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0091-2022-DE Lima, 18 febrero de 2022VISTOS: El Ofi cio NC-35-SGFA-DGVC-Nº 0161 de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 00175-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00120-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, con O fi cio Nº 0342/MAAG/AFSEC, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América hace extensiva la invitación al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, para que un O fi cial participe en el Intercambio Regional de Doctrina Espacial (SMEE), a llevarse a cabo en la ciudad de Miami, Estado de Florida, Estados Unidos de América, del 22 al 26 de febrero de 2022; precisando que cubrirán los gastos de pasajes aéreos de ida y vuelta, alimentación y hospedaje; Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 001- 2022, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Comando de Control Aeroespacial de la FAP emite opinión favorable para la autorización del viaje al exterior, en misión de estudios, del Comandante FAP WINSTON ROEM LASTRA CASTILLEJOS, para que participe en el Intercambio Regional de Doctrina Espacial (SMEE), en el lugar y fechas programadas; Que, con O fi cio NC-35-CAAL-Nº 0030, el Comando de Control Aeroespacial de la FAP remite, a la Dirección General de Personal de la citada Institución Armada, la documentación que sustenta la presente autorización de viaje al exterior del mencionado O fi cial Superior, en misión de estudios, para que participe en el Intercambio Regional de Doctrina Espacial (SMEE); Que, la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe del Estado Mayor del CODA y anexada al O fi cio NC- 35-CAAL-Nº 0030, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado O fi cial Superior, para que participe en el Intercambio Regional de Doctrina Espacial (SMEE), por cuanto, permitirá contar con personal especializado en sistemas espaciales y su correspondiente doctrina que garantice la aplicación de políticas, estrategias, métodos y procedimientos que guíen y orienten las acciones destinadas al cumplimiento de la misión de la Fuerza Aérea del Perú. Adicionalmente, se precisa que el referido personal especializado se prepara, entrena, capacita y desarrolla operaciones de manera permanente, manteniendo la conciencia situacional de las amenazas emergentes, así como el control y supervisión de las operaciones, y dada la naturaleza de las operaciones espaciales y las amenazas emergentes cada vez más so fi sticadas y complejas, cuyos efectos se pueden mitigar mediante el correcto uso de la información espacial, por lo que se requiere de la cooperación entre los países y sus instituciones,