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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (20/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Domingo 20 de febrero de 2022 El Peruano / asuntos de su competencia”, concordante con el artículo II del título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que el Artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los concejos municipales ejercen sus funciones de Gobierno, mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; concordante con el artículo 40º del mismo cuerpo de leyes que señala que las ordenanzas “son los normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Informe Nº 318-2021-GDES/MDA de fecha 09 de agosto de 2021 la Gerencia Desarrollo Económico y Social, presenta un proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Ancón; Que, mediante Informe Nº 039-2022-GAJ/MDA de fecha 23 de enero de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que es viable la aprobación del proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Ancón, y recomienda su aprobación mediante Ordenanza que apruebe el citado reglamento; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 9º, Inciso 8) y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto Unánime de los miembros del Concejo Municipal y la dispensa de trámite de aprobación de acta, se aprueba la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL VASO DE LECHE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN Artículo Primero.- APROBAR el “Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Ancón”, que consta de 38º artículos y 3 Disposiciones Complementarias y Finales, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- PUBLICAR el texto de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la Secretaría General remitir el texto íntegro del presente Reglamento para tramitar su publicación en el portal institucional (www.muniancon.gob.pe). Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Económico y Social y Gerencia de Servicios a la Ciudad y demás áreas de acuerdo a sus competencias. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde 2040599-1Aprueban el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2023 de la Municipalidad Distrital de Ancón ORDENANZA Nº 469-2022-MDA Ancón, 15 de febrero de 2022 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el proyecto de Ordenanza que Aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2023 de la Municipalidad Distrital de Ancón, estando con el Informe Nº 016-2022-GPPPI/MDA de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, el Informe Nº 054-2022-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que los Artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada mediante Ley 27680 en su capítulo XIV del título IV, en materia de Descentralización establece que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de sus ejecuciones anualmente, bajo responsabilidad conforme a Ley; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala en el Artículo 53º que las Municipalidades se rigen por sus presupuestos participativos anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con sus planes de desarrollo concertado de su jurisdicción; Que, los Artículos 17º y 42º inciso g) de la Ley Nº 27783, Ley Bases de Descentralización, establece que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y sus presupuestas en la gestión pública; esta a su vez se canaliza a través de los espacios y mecanismos de consulta, concertación, coordinación, fi scalización y vigilancia existente y otros que los gobiernos locales establezcan conforme a Ley; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, y sus modi fi catorias, Ley Nº 29298 y Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, señala que los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital establecen disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto de los gobiernos locales, siendo un aspecto fundamental para dicho proceso el plan estratégico institucional; Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece en su Artículo 7º, inciso 7.3, que el Gobierno Local convoca a la población organizada a participar en el proceso del presupuesto participativo, haciendo usos de los medios de comunicación más REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. 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