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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (24/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Jueves 24 de febrero de 2022 El Peruano / departamento de Lima (s/ 41,466.00), que se indican en el Anexo del precitado O fi cio Nº 000896-2021-CG/SGE; Que, a través del Memorándum Nº 038-2022-DGA/ UNAB, de fecha 19 de enero de 2022, la Directora General de Administración, solicita al Jefe de la Unidad Ejecutora de Inversiones gestionar las modi fi caciones presupuestarias correspondientes, en el marco de sus competencias funcionales, con la fi nalidad dar cumplimiento a lo solicitado por la CGR; siendo que con Informe Nº 017.2022.UEI.UNAB, de fecha 19 de enero de 2022, el Jefe de la Unidad Ejecutora de Inversiones, precisa que el Proyecto con CUI/SNIP 2323143, citado en el considerando precedente, no cuenta con un monto programado para el cumplimiento de la Transferencia Financiera para el Control Gubernamental en Gastos de Inversión, en el marco de la Ley Nº 31358; veri fi cando que la META 43 cuenta con saldo presupuestal, solicitando la modi fi cación presupuestal por el monto de S/ 175,131.00 (CIENTO SETENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y UNO CON 00/100 SOLES) a la META 0002 con la fi nalidad de continuar con los trámites correspondientes, conforme al siguiente detalle: META RUBROESPECIFICA DETALLECREDITO ANULACION JUSTIFICACION 0043 5-18 2.6.3 2.9 99 175,131.00Recursos desestimados, cuya anulación n afecta el alcance de metas físicas. 0002 5-18 2.4 2 3.1 1 175,131.00Transferencia fi nanciera para el control gubernamental en gastos de inversión, en el marco de la Ley Nº 31358. Que, con el Memorándum Nº 041-2022-DGA/UNAB, de fecha 20 de enero de 2022, la Directora General de Administración solicita al Director de Planeamiento y Presupuesto la modi fi cación presupuestal Nº 0042, por el monto de S/ 175,131.00 (CIENTO SETENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y UNO CON 00/100 SOLES) a la META 0002; siendo que mediante Informe Nº 030-2022-UNAB/UPPM, de fecha 26 de enero de 2022, la Jefa de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, realiza la modi fi cación presupuestal, en el marco del numeral 51.3, artículo 51 de la Ley Nº 31365; conforme al siguiente detalle: Fuente de Fto. : 5. Recursos Determinados Centro de Costo : 06.01.03 Unidad Ejecutora de Inversiones Clasi fi cador : 2..4.2 3.1 1 – A otras Unidades del Gobierno Nacional Total : s/ 175, 131.00 Que, mediante Informe Nº 025.2022.UEI.UNAB, de fecha 27 de enero de 2022, el Jefe de la Unidad Ejecutora de Inversiones informa a la Directora General de Administración, concluyendo que: “(…) se han realizado las acciones para el registro de la incorporación del monto de S/ 175,131.00 (ciento setenta y cinco mil ciento treinta y uno con 00/100 soles) en la actividad “GESTION DE PROYECTO”, en el Banco de Inversiones del MEF y su habilitación presupuestaria en el clasi fi cador 2.4.2 3.1 1, correspondiente al proyecto de inversión: “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Generales para el Desarrollo de las Actividades Universitarias de la Universidad Nacional de Barranca, Distrito de Barranca, Provincia de Barranca, Departamento de Lima”, con Código Nº 2323143, para el cumplimiento de la transferencia fi nanciera para el control gubernamental en gastos de inversión, en el marco de la Ley Nº 31358”; Que, mediante Informe Nº012-2022-DGA/UNAB, de fecha 3 de febrero de 2022, la Directora General de Administración solicita a la Presidencia la emisión del Acto Resolutivo que autorice la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de los servicios de control concurrente al Proyecto de Inversión “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS GENERALES PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA, DISTRITO DE BARRANCA, PROVINCIA DE BARRANCA, DEPARTAMENTO DE LIMA”, con CUI/SNIP 2323143, del Pliego 549: Universidad Nacional de Barranca, por el importe de S/ 175,131.00 (CIENTO SETENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y UNO CON 00/100 SOLES), por las consideraciones expuestas en la presente resolución; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera del pliego 549 – Universidad Nacional de Barranca por la suma de S/ 175,131.00 (CIENTO SETENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y UNO CON 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019 – Contraloría General de la República; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y; Con el visado de Director de la Dirección General de Administración, de la Jefa de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y; Conforme a las disposiciones aplicables establecidas en la Constitución Política del Perú, Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, Ley de Creación de la Universidad Nacional de Barranca - Ley Nº 29553, Estatuto de la Universidad Nacional de Barranca aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 446-2018-UNAB, Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Barranca aprobado con Resolución Presidencial Nº 017-2021-UNAB, y en uso de las facultades conferidas por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables; SE RESUELVE:Artículo 1.- AUTORÍZASE la Transferencia Financiera del Pliego 549 – Universidad Nacional de Barranca por la suma de S/ 175,131.00 (CIENTO SETENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y UNO CON 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019 - Contraloría General de la República, para que ejecute los servicios de control gubernamental en gastos de inversión correspondiente al pliego Universidad Nacional de Barranca, del Proyecto de Inversión “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS GENERALES PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA, DISTRITO DE BARRANCA, PROVINCIA DE BARRANCA, DEPARTAMENTO DE LIMA”, con CUI/SNIP 2323143, en el marco de la Ley Nº 31358, por las consideraciones expuestas en la presente resolución. Artículo 2.- DISPONER que los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el resolutivo primero de la presente resolución, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- DISPONER que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, realicen las acciones necesarias para el cumplimiento de la Transferencia Financiera. Artículo 4.- DISPONER que el Secretario General remita copia de esta resolución a la Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Dirección General de Administración y dependencias administrativas, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese y comuníquese.INES MIRIAM GARATE CAMACHO Presidenta de la Comisión Organizadora 2041879-1