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66 NORMAS LEGALES Jueves 24 de febrero de 2022 El Peruano / de la Ley Universitaria Nº 30220, “el Estado reconoce la Autonomía Universitaria. La autonomía inherente a las universidades, se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se mani fi esta en lo normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico en el marco de la ley”; Que, los artículos 3º; 13º y 15º del Estatuto de la UNH, establece: La Universidad Nacional de Huancavelica es una comunidad académica con carácter descentralizado; se orienta a la investigación y a la docencia; brinda una formación humanística, cientí fi ca, tecnológica e innovadora, con responsabilidad social y claramente consciente de nuestra realidad nacional multicultural. Es persona jurídica de derecho público; está integrada por docentes, estudiantes y graduados. Tiene autonomía normativa, de gobierno, académico, investigativo, administrativo y económico dentro de la Ley. La UNH forma parte de redes universitarias interregionales, nacionales e internacionales con criterios de calidad, pertinencia y responsabilidad social, a fi n de brindar una formación de calidad centrada en la investigación y la formación de profesionales en pre- y posgrado. La autonomía es inherente a la UNH; se ejerce de conformidad con la Constitución Política del Perú, la Ley Universitaria y demás normas. La autonomía es reconocida por el Estado (…), respectivamente; Que, la directora de la Escuela de Posgrado, remite al señor rector de la UNH, con O fi cio Nº 0829-2021-EPG- R-UNH (03.12.2021), el documento para su autorización de viaje al extranjero de los docentes Dr. Percy Eduardo BASUALDO GARCIA y al Mg. Job Josue PEREZ VILLANUEVA, mediante resolución de consejo universitario, Que, el jefe de la Unidad de Presupuesto, remite al jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 00021-2022-UPPTO-OPP-R-UNH (17.01.2022), en la cual Concluye: “(…) Esta Unidad, en el marco de sus atribuciones, establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1440, Ley Nº 31084 y el ROF de la UNH, emite opinión presupuestal favorable con relación al viaje fuera del país en comisión de servicio al Dr. Percy Eduardo Basualdo Garcia y el Mg. Job Pérez Villanueva a fi n de realizar una pasantía en la universidad pública de navarra-España, el mismo que se llevara a cabo desde el 01 al 15 de marzo del 2022, por un importe de S/ 37,030.52 soles en Fuente de Financiamiento: 2-09 Recursos Directamente Recaudados, ejecutado a través de la Meta 0030 y Tarea C0393, el cual será atendido con saldos de balance. De acuerdo al siguiente detalle”; ESPECIFICA DE GASTODESCRIPCIÓN FTE. FTO.MONTO 2.3.2.1.2.1Pasajes y Gastos de Trans- porte (nacional) R.D.R280.00 2.3.2.1.1.1Pasajes y Gastos de Transporte (internacional)6,600.52 2.3.2.1.1.2Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicios (internacional)30,150.00 Total 37,030.52 Que, los Artículos. 2º y 3º, de la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, prescribe sobre el Contenido del Acto de Autorización, “Las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad.”, y sobre Publicidad, “las resoluciones sobre autorización de viaje, deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje.” Que, el sub numeral 5.2.6 del Numeral 5.2 del Artículo 5, de las NORMAS QUE REGULAN LOS VIAJES AL EXTERIOR EN COMISIÓN DE SERVICIO, PARA AUTORIDADES, FUNCIONARIOS, DOCENTES Y NO DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA”, aprobada con Resolución Nº 1173-2019-CU-UNH (29.10.29), que a la letra dice: “La Ofi cina de Secretaria General elabora el proyecto de dispositivo legal que autoriza la comisión de servicio, la misma que se debe contener la siguiente información: a Nombres y Apellidos de la persona cuyo viaje al exterior se autoriza, b) Ciudad (es) y país (es) al/los que se realiza el viaje, c) La fecha de inicio y culminación de autorización de viaje, d) Indicar expresamente el motivo del viaje y sustento del mismo, e) Indicar el monto de los gastos por concepto de pasajes y viáticos”; Que, en Artículo 136º del Estatuto de la UNH, modi fi cado mediante Resolución Nº 020-2021-AU-UNH, de fecha 12 de octubre del 2020, dice: “El Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica, investigativa y administrativa que cumple en conformidad con lo señalado en el presente Estatuto”; Que, de acuerdo los Numeral 5) y 12) del Artículo 141º del referido Estatuto, sobre las atribuciones del Consejo Universitario, dice: “Concordar y rati fi car los documentos de gestión académica y administrativa propuestos por las unidades académicas y de apoyo respetando el orden jerárquico por conducto regular”, “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del rector, vicerrectores, decanos, docentes y estudiantes; recibir y evaluar el informe correspondiente”, respectivamente; Que, los Numerales 25) y 26) del Art. 141º del Estatuto de la UNH, sobre atribuciones del Consejo Universitario prescriben, “Conocer y resolver todos los demás asuntos que no están encomendados a otras autoridades universitarias” y “Otras que señale la Ley, el Estatuto y el Reglamento de Organización y Funciones”; Que, el señor rector, dispone al secretario general de la UNH, a través de la Hoja de Trámite de Rectorado con Proveído Nº 4613 (06.12.2021), su consideración en agenda de Consejo Universitario, para su tratativa, de acuerdo sus prerrogativas; Estando a lo acordado en sesión ordinaria de Consejo Universitario de fecha 05 de enero de 2022 y en uso de las atribuciones que le con fi ere al Titular del Pliego, la Ley Universitaria Nº 30220, Estatuto de la UNH y Resolución de Comité Electoral Universitario Nº 006-2021-CEU- UNH (02.07.2021); SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje fuera del país en comisión se servicios al Dr. Percy Eduardo BASUALDO GARCIA a fi n de realizar la pasantía en la Universidad Pública de NAVARRA – ESPAÑA, el mismo que se realizará del 01 al 15 de marzo de 2022, por un importe de S/ 18,515.26 soles en la Fuente de Financiamiento: 2-09 Recursos Directamente Recaudados, ejecutado a través de la Meta 0030 y Tarea C0393, el cual será atendido con saldos de balance, de acuerdo al siguiente detalle: ESPECIFICA DE GASTODESCRIPCIÓNFTE. FTO.MONTO 2.3.2.1.2.1Pasajes y Gastos de Trans- porte (nacional) R.D.R140.00 2.3.2.1.1.1Pasajes y Gastos de Transporte (internacional)3,300.26 2.3.2.1.1.2Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicios (internacional)15,075.00 Total 18,515.26 Artículo Segundo.- AUTORIZAR, el viaje fuera del país en comisión se servicios al Mg. Job Josue PEREZ VILLANUEVA a fi n de realizar la pasantía en la Universidad Pública de NAVARRA – ESPAÑA, el mismo que se realizará del 01 al 15 de marzo de 2022, por un importe de S/ 18,515.26 soles en la Fuente de Financiamiento: 2-09 Recursos Directamente Recaudados, ejecutado a través de la Meta 0030 y Tarea C0393, el cual será atendido con saldos de balance, de acuerdo al siguiente detalle: