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4 NORMAS LEGALES Domingo 10 de julio de 2022 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Ordenanza Nº 435-2022/MDCH.- Establecen Beneficios Tributarios a favor de contribuyentes que realicen la actualización de su declaración jurada de autoavalúo por deudas generadas por los procesos de fiscalización tributaria o por la actualización voluntaria 116PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUALGAYOC Ordenanza Nº 028-2022-MPH-BCA.- Ordenanza Municipal sobre la Promoción de la Identidad Bambamarquina y de su patrimonio Turístico, Cultural y Tradicional 118 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 31510 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA LA PRIORIZACIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN PARA LA REMEDIACIÓN DEL RÍO MOCHE, UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD Artículo único. Declaración de interés nacional y necesidad pública de la priorización del Plan de acción para la Remediación del Río Moche Declárase de interés nacional y necesidad pública la priorización del Plan de Acción para la Remediación del Río Moche, en el departamento de La Libertad, en coordinación con las entidades competentes del Poder Ejecutivo. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los dieciséis días del mes de junio de dos mil veintidós. MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO Presidenta del Congreso de la República LADY MERCEDES CAMONES SORIANO Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de julio del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2084976-1LEY Nº 31511 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA INVESTIGACIÓN, PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN, RESTAURACIÓN, PUESTA EN VALOR, PROMOCIÓN, RESTITUCIÓN EN LOS CASOS PERTINENTES Y USO SOCIAL DE SITIOS, ZONAS, MONUMENTOS Y COMPLEJOS ARQUEOLÓGICOS EN LOS DEPARTAMENTOS DE APURÍMAC, PIURA, ÁNCASH, CUSCO, LA LIBERTAD, PUNO, TUMBES, PASCO, AYACUCHO, LAMBAYEQUE Y AMAZONAS Artículo único. Declaratoria de interés nacional Se declara de interés nacional la investigación, protección, conservación, restauración, puesta en valor, promoción, restitución en los casos pertinentes y uso social de los siguientes sitios, zonas, monumentos y complejos arqueológicos: 1. Sitio Arqueológico de Saihuite, ubicado en el distrito de Curahuasi, provincia de Abancay, departamento de Apurímac. 2. Complejo Arqueológico Aypate, ubicado en el distrito y provincia de Ayabaca, departamento de Piura. 3. Sitio Arqueológico Hatun Vilcabamba, ubicado en el Parque Arqueológico Nacional de Vilcabamba (Choquequirao), distrito de Vilcabamba, provincia de La Convención, departamento de Cusco. 4. Complejo Arqueológico de Pashash, ubicado en el distrito de Cabana, provincia de Pallasca, departamento de Áncash. 5. Sitio Arqueológico de Espíritu Pampa, ubicado en el distrito de Vilcabamba, provincia de La Convención, departamento de Cusco. 6. Sitio Arqueológico Cerro Huasochugo, ubicado en el distrito de Huaso, provincia de Julcán, departamento de La Libertad. 7. Zona Arqueológica Monumental Pukará Central, ubicada en el distrito de Pucará, provincia de Lampa, departamento de Puno. 8. Complejo Arqueológico Huaca Santa Rosa de Pucalá, ubicado en el distrito de Pucalá, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. 9. Zona Arqueológica Monumental de Cabeza