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10 NORMAS LEGALES Domingo 10 de julio de 2022 El Peruano / El Poder Judicial, el Congreso de la República y los Organismos Constitucionales Autónomos, se sujetan al marco normativo que los regula y a las normas internas que emitan para dar cumplimiento al presente Decreto Supremo. Cuarta. Responsabilidades y sanciones Los funcionarios y servidores públicos que incumplan lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, en el marco de los procedimientos administrativos disciplinarios que correspondan, son pasibles de las sanciones establecidas en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y en las normas que resulten aplicables, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que hubiere lugar. Quinta. Aplicación supletoria de la normatividad vigente Para todo lo no previsto en el presente Decreto Supremo es de aplicación supletoria la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; y, la Resolución N° 0922-2021-JNE, que aprueba el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de julio del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2084976-5 Designan representante alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 205-2022-PCM Lima, 8 de julio de 2022VISTO:El O fi cio N° 1246-2022-MTC/04 de la Secretaría General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 133 de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, establece que el Consejo Nacional de Protección del Consumidor es un órgano de coordinación en el ámbito de la Presidencia del Consejo de Ministros, y es presidido por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor y de ente rector del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor; Que, conforme al artículo antes citado, el Consejo Nacional de Protección del Consumidor está conformado, entre otros, por un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 2 del Reglamento que establece los mecanismos para la propuesta y designación de los representantes de las entidades y gremios al Consejo Nacional de Protección al Consumidor, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 031-2011-PCM, dispone que para ser integrante del Consejo Nacional de Protección del Consumidor se requiere tener el pleno ejercicio de los derechos civiles;Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del citado Reglamento dispone que los integrantes del Consejo Nacional de Protección del Consumidor son designados mediante resolución ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, a propuesta de las entidades y gremios que conforman el citado Consejo Nacional; Que, en concordancia con la norma citada, la Directiva Nº 004-2013/DIR-COD-INDECOPI “Directiva de Funcionamiento del Consejo Nacional de Protección del Consumidor”, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 135-2013-INDECOPI/COD, y modi fi catoria, dispone, entre otros aspectos, que la Presidencia del Consejo de Ministros designa por cada miembro titular, un miembro alterno, de acuerdo a la propuesta alcanzada por la entidad respectiva y, en caso que las entidades o gremios representados ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor consideren necesario realizar un cambio de miembros titulares o alternos, corresponderá a estos proponerlos ante dicha entidad a fi n que se realice la correspondiente designación; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 032- 2022-PCM se designó a la señora PATRICIA ANGELICA AYMAR OLIVERA, como representante alterna del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor; Que, mediante el documento del visto, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones propone la designación de su nuevo representante alterno ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor; por lo que resulta pertinente expedir la resolución ministerial correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor; el Reglamento que establece los mecanismos para la propuesta y designación de los representantes de las entidades y gremios al Consejo Nacional de Protección del Consumidor, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2011-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora PATRICIA ANGELICA AYMAR OLIVERA, como representante alterna del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor BLADIMIRO DIAZ BAZAN, como representante alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2084975-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a México, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 183-2022-MINCETUR Lima, 8 de julio de 2022VISTO, el O fi cio N° 000301-2022-PROMPERÚ/PE de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; y, CONSIDERANDO:Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo –PROMPERÚ, es un organismo