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50 NORMAS LEGALES Sábado 16 de julio de 2022 El Peruano / el Esquema de Zoni fi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial. Lo antes señalado es atribución del Concejo Municipal su aprobación, conforme lo establece los numerales 4 y 5 del artículo 9° del citado marco legal; Que, los numerales 6 y 23 del Artículo 20° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que son atribuciones del Alcalde en: “Dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas”. Y de “Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones”; Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 008- 2021, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 07 de agosto de 2021, se aprueba la Entrega Anticipada de Áreas Reservadas para Vías Principales o de Tránsito Rápido en el Sector Este de Oquendo para su Ejecución. Cuyo objetivo es la ejecución de obras sobre las vías principales que constituyen derecho de vía del Sistema Vial Provincial comprendiendo el suelo, el subsuelo y el sobresuelo con calidad de bienes de uso y dominio público irrestricto. Asimismo, en su Cuarta Disposición Final se faculta al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas reglamentarias o que fueran necesarias para cumplir con los fi nes de la presente ordenanza, incluyendo la ampliación del plazo de su vigencia; Que, en atención a la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza Municipal N° 008-2021, se emite el Decreto de Alcaldía N° 04-2022-DA/MPC, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 25 de febrero de 2022, que aprueba el Reglamento Especial de Aplicación de la Ordenanza Municipal N° 008-2021 para la Entrega Anticipada de Áreas Reservadas para Vías Principales o de Tránsito Rápido en el Sector Este del Ex Fundo Oquendo y el Formato de Minuta de Cesión de Propiedad Anticipada, que tiene por objetivo establecer el procedimiento que permita la viabilidad y ejecutabilidad de lo dispuesto en la citada Ordenanza y teniendo éstas, condición de bienes de dominio público de administración municipal, su consolidación ha de ejecutarse de manera progresiva, manteniendo la normativa vial establecida, el equilibrio de la morfología urbana y la reducción de la contaminación ambiental a la que se encuentra expuesta la población y permitiendo la ejecución de las vías provinciales a través de los proyectos de inversión pública. En el Título Segundo del citado Decreto señala que Celebrado el convenio urbanístico especí fi co, entre los propietarios del área reservada y la Municipalidad Provincial del Callao, se procederá a la fi rma de la Minuta de Cesión de Propiedad Anticipada, la cual será elevada a Escritura Pública, y seguidamente inscrita en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos-SUNARP. Presentada la Escritura Pública ante Registros Públicos, la sola anotación preventiva, facultará el inicio para la ejecución obras estipuladas mediante convenio, respetando el marco normativo vigente, por parte de la Municipalidad; Que, el Área Legal de la Gerencia de Planeamiento Urbano, mediante los Informes Legales N° 041-2022-MPC-GGDU-GPUC-MPL, N° 094-2022-MP-GGDU-GPUC-MPL; y el Informe N° 012-2022-MPC-GGDU-AL-FWGA, del Asesor Legal de la Gerencia General de Desarrollo Urbano, concluyen, que al celebrarse los Convenios Urbanísticos Especí fi cos, demandaría mayor tiempo por cada propietario registral, ya que los mismos se elevan al Concejo Provincial para su aprobación mediante Acuerdo de Concejo, esto acarrearía un retraso sustancial; es por ello, que en aras de facilitarles a los pobladores de Oquendo la agilización de la Entrega Anticipada de Áreas Reservadas para Vías y por ende la Ejecución de las Pistas y Veredas; es decir otorgarles la viabilidad para el desarrollo urbano y mejora armónica que tanto desean por tantos años. Para ello, se recomienda la incorporación de una Tercera Disposición Complementaria Final al Decreto de Alcaldía N° 04-2022-DA/MPC, en sujeción a la facultad señalada en la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza Municipal N° 008-2021, en el cual se precise que para la entrega anticipada de vías, también se puede optar por la suscripción de una Minuta de Transferencia para la Entrega Anticipada de Vías, entre el propietario registral del área reservada y la Municipalidad Provincial del Callao, la cual será elevada a Escritura Pública, y su posterior inscripción en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos- SUNARP. Y, con la sola anotación preventiva facultará a la Municipalidad Provincial del Callao el inicio para la ejecución de las obras descritas en la referida Minuta; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Único.- Incorporar la Tercera Disposición Complementaria Final al “Reglamento Especial de Aplicación de la Ordenanza Municipal N° 008-2021 para la entrega anticipada de Áreas Reservadas para Vías Principales o de Tránsito Rápido en el Sector Este del Ex Fundo Oquendo” y el formato de minuta de Cesión de Propiedad Anticipada, aprobado por Decreto de Alcaldía N° 04-2022-DA/MPC, la cual quedará redactada de la siguiente manera: “DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES (…) Tercera.- Precisar que se puede optar por la suscripción de una Minuta de Transferencia para la Entrega Anticipada de Vías, entre el propietario registral del área reservada y la Municipalidad Provincial del Callao, la cual será elevada a Escritura Pública, y su posterior inscripción en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos- SUNARP. Y, con la sola anotación preventiva facultará a la Municipalidad Provincial del Callao el inicio para la ejecución de las obras descritas en la referida Minuta”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase,PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 2086656-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento para las Elecciones Municipales en los Centros Poblados de jurisdicción de la provincia de Mariscal Nieto ORDENANZA MUNICIPAL Nº 017-2022-MPMN Moquegua, 27 de junio de 2022EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”:VISTO, en “Sesión Ordinaria” de fecha 23-06-2022, el Dictamen Nº 012-2022-COPP-MPMN de Registro Nº 2219952 de fecha 21-06-2022, Informe Legal Nº 744-2022-GAJ/GM/MPMN de Registro Nº 2219468 de fecha 15-06-2022 sobre “REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE CENTROS POBLADOS 2022 DE LA JURISDICCIÓN DE LA PROVINCIA MARISCAL NIETO-MOQUEGUA”, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título preliminar de la Ley Nº 27972;