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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2022 (16/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Sábado 16 de julio de 2022 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Código de Ética de la Municipalidad Distrital de Ancón, cuyo Texto y Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.– DEJAR SIN EFECTO, el Decreto de Alcaldía Nº 09-2013-MDA de fecha 03 de junio del 2013. Artículo Tercero.- DISPONER que el presente decreto de alcaldía sea publicado en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el portal web de la municipalidad (www. muniancon.gob.pe), en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 44 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde 2086569-1 Prorrogan plazo previsto en el Artículo Primero de las Disposiciones Finales de la Ordenanza N° 474-2022-MDA, mediante la cual se establecen beneficios extraordinarios DECRETO DE ALCALDÍA Nº 07-2022-A-MDA Ancón, 21 de junio de 2022VISTO:El Informe Nº 286-2022-GATyR-MDA, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la Alcaldía es un órgano ejecutivo de gobierno Local. El Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa. Por su parte, el numeral 6 del Artículo 20 de la citada norma señala son atribuciones del alcalde dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; fi nalmente, el Artículo 42 menciona que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Que, mediante Ordenanza Nº 474-2022-MDA de fecha 31 de mayo de 2022, se establecen bene fi cios extraordinarios en la jurisdicción del Distrito de Ancón; Que, mediante el Informe Nº 286-2022-GATyR-MDA, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, con el fi n de lograr una mejora en la recaudación, solicita que mediante Decreto de Alcaldía se disponga la prórroga del plazo previsto en el Artículo Primero de las Disposiciones Finales de la Ordenanza Nº 474-2022-MDA de fecha 31 de mayo de 2022; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 20º inciso 6º, 42º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR, el plazo establecido en el Artículo Primero de las Disposiciones Finales, que modi fi cado quedarán establecidos en los siguientes términos: “ Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación y vencerá el 31 de julio del 2022. ”Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y demás áreas competentes, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde 2086606-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Disponen el embanderamiento de inmuebles del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2022-MPL Pueblo Libre, 15 de julio del 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la indicada autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el 28 de julio de 2022 se conmemora el 201º Aniversario de la Independencia del Perú; Que, para celebrar este acontecimiento, el gobierno local debe incentivar y cultivar la participación cívica del vecindario, resaltando los valores nacionales, así como el respeto, realce y exaltación de los símbolos patrios; ESTANDO A LO EXPUESTO Y EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL INCISO 6 DEL ARTÍCULO 20 Y EL ARTÍCULO 42 DE LA LEY N° 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; SE DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general obligatorio de los inmuebles del Distrito de Pueblo Libre, desde el 16 al 31 de julio de 2022, con motivo de conmemorarse el 201º Aniversario de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- RECOMENDAR a los vecinos del distrito de Pueblo Libre, la limpieza y el embellecimiento de las fachadas de sus predios, como muestra de respeto a nuestro Aniversario Patrio. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen institucional la difusión del presente Decreto y a la Gerencia de Coordinación de la Seguridad Ciudadana, su observancia y cumplimiento. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el diario ofi cial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnología de la Información su publicación en el portal electrónico de la Municipalidad: www.muniplibre.gob.pe y en el portal del Estado Peruano: www.perú.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase.STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO Alcalde 2087125-1