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59 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de julio de 2022 El Peruano / asume inmediatamente las funciones del titular, mientras dure la licencia. 3.3. La expedición de credenciales provisionales debe solicitarse al Jurado Nacional de Elecciones en el plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la presentación de la solicitud de licencia. En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones4 (en adelante, Reglamento) 1.6. El artículo 16 contempla lo siguiente:Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación […] [resaltado agregado]. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. El 26 de mayo de 2022, a las 17:00 horas, la señora alcaldesa solicitó ante el Concejo Distrital de Uraca una licencia sin goce de haber, la que debe efectivizarse desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, debido a su intención de participar como candidata en las ERM 2022. 2.2. En la Sesión de Concejo N° 012-2022, del 27 de mayo de 2022, el concejo municipal aprobó la licencia sin goce de haber solicitada por la señora alcaldesa, la cual debe efectivizarse en el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022. Dicha decisión de formalizó en el Acuerdo de Concejo Municipal N° 038-2022-MDU, del 30 del mismo mes y año. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de la Resolución N.º 0918-2021-JNE (ver SN 1.4.), el periodo de licencia abarcará desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan treinta (30) días naturales antes de la elección, como establece el literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la LEM (ver SN 1.1.). 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Uraca y en atención a lo establecido en la LOM (ver SN 1.2.) y en la Resolución N° 0919-2021-JNE (ver SN 1.5.), resulta procedente convocar a don Javier Marino Alvarado Aguinaga, identi fi cado con DNI N.º 44924310, primer regidor del mencionado concejo, para que asuma temporalmente el cargo de alcalde de la referida municipalidad; así como a doña Mirian Elizabeth Mamani Guillén, identi fi cada con DNI N.º 46342624, candidata no proclamada de la organización política Arequipa Transformación, para que asuma temporalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Uraca. 2.5. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Uraca, provincia de Castilla, departamento de Arequipa, del 29 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Castilla, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal, la credencial otorgada a doña Martha Selia Ruelas Condori, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Uraca, provincia de Castilla, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a don Javier Marino Alvarado Aguinaga, identi fi cado con DNI N.º 44924310, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Uraca, provincia de Castilla, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. CONVOCAR a doña Mirian Elizabeth Mamani Guillén, identificada con DNI N.º 46342624, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Uraca, provincia de Castilla, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N° 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicado el 4 de enero de 2022, en el diario o fi cial El Peruano. 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano. 3 Publicada el 26 de noviembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano. 4 Aprobado por la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2087751-1 Convocan a ciudadana para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Uraca, provincia de Castilla, departamento de Arequipa RESOLUCIÓN N° 1148-2022-JNE Expediente N° JNE.2022011989 URACA–CASTILLA–AREQUIPALICENCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NOPROCLAMADO Lima, once de julio de dos mil veintidós VISTOS: los O fi cios N° 147-2022-A-MDU y N° 155-2022-A-MDU, presentados, el 9 y 16 de junio de 2022, por doña Martha Selia Ruelas Condori, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Uraca, provincia de Castilla, departamento de Arequipa (en adelante, señora recurrente), por medio de los cuales comunicó la licencia concedida a don Hermenegildo Zenón Cruz Céspedes, regidor del citado concejo (en adelante, señor regidor), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022).