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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2022 (20/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de julio de 2022 El Peruano / PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen que los presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Apurímac, Junín, Puno, Lambayeque, La Libertad y Piura adopten diversas medidas administrativas; y dictan otras disposiciones Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000261-2022-CE-PJ Lima, 12 de julio del 2022VISTOS:El O fi cio Nº 000032-2022-P-CNPJ-CE-PJ cursado por el Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, que adjunta el Informe Nº 029-2022-OPJ-CNPJ-CE-PJ del Jefe de la O fi cina de Productividad Judicial ; y el O fi cio Nº 000135-2022-P-ETIINLPT-CE-PJ presentado por la Consejera Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, respecto a las propuestas de conversiones y reubicaciones de órganos jurisdiccionales transitorios a cargo de la Comisión Nacional de Productividad Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 255-2022-CE-PJ, se prorrogó hasta el 31 de julio de 2022 el funcionamiento del Juzgado Civil Transitorio de Abancay, Corte Superior de Justicia de Apurímac; 1º Juzgado de Trabajo Transitorio de Huancayo, Corte Superior de Justicia de Junín; Juzgado Civil Transitorio de Cutervo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque; 6º Juzgado de Trabajo Transitorio de Piura, Corte Superior de Justicia de Piura y el Juzgado de Paz Letrado Transitorio de la Provincia de Paita, Corte Superior de Justicia de Piura; que se encuentran bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial. Segundo. Que, al respecto, el Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial mediante Ofi cio Nº 000032-2022-P-CNPJ-CE-PJ, elevó a este Órgano de Gobierno el Informe Nº 029-2022-OPJ-CNPJ-CE-PJ del Jefe de la O fi cina de Productividad Judicial, informando lo siguiente: 1) Al mes de abril de 2022 el Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Abancay ya habría cumplido con su función de descarga en apoyo al 1º y 2º Juzgados Civiles Permanentes de la misma provincia, dado que registró una carga pendiente de apenas 160 expedientes, la cual debe de haber disminuido a la fecha; que los referidos juzgados civiles permanentes de la mencionada provincia se encuentran en situación de carga estándar y que el Juzgado de Familia Permanente de la misma provincia registró durante el año 2021 un elevado ingreso de expedientes en la subespecialidad de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, cuya atención prioritaria viene generando que la atención de los expedientes de las otras subespecialidades de familia quede relegada, proyectándose para fi nes del presente año una elevada carga procesal 1,124 expedientes; razón por la cual resulta recomendable convertir el Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Abancay, a partir del mes de agosto de 2022, y por un plazo de seis meses, como Juzgado de Familia Transitorio sub especializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la misma provincia, de manera que el juzgado de familia permanente se avoque exclusivamente a tramitar los expedientes de las subespecialidades de familia distintas a las de violencia familiar de la Ley Nº 30364. 2) El 1º Juzgado de Trabajo Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Junín presenta al mes de abril de 2022 una reducida carga pendiente de 84 expedientes, la cual puede ser redistribuida hacia el 2º Juzgado de Trabajo Transitorio, resultando factible su reubicación hacia otra Corte Superior que así lo requiera, al haber culminado con su labor de descarga en dicha Corte Superior. Por otro lado, la Corte Superior de Justicia de Puno cuenta con el Juzgado de Trabajo Transitorio de la Zona Sur con sede en la Provincia de Puno, que con turno abierto tramita los expedientes de la subespecialidad correspondiente a la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) y de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), el cual al mes de abril de 2022 registró una elevada carga inicial de 934 expedientes, así como ingresos de 410 expedientes, estimándose que para el mes de diciembre del presente año tendrá una carga procesal proyectada de 2,164 expedientes, cifra que al estar muy por encima de la carga procesal máxima de 1,394 expedientes, correspondiente a un juzgado laboral mixto, evidencia que se requiere de un órgano jurisdiccional que lo apoye en la descarga procesal; asimismo, cabe indicar que el Juzgado de Trabajo Permanente de la Zona Norte de Juliaca presentó al mes de abril de 2022 un avance de meta de 25%, el cual es inferior al avance ideal de 31% que debió registrar a dicho mes, por lo que, si mejorara su nivel resolutivo, podría reducir su carga pendiente, con lo que en el año 2023 presentaría una menor carga procesal. 3) El Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Cutervo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ha cumplido con su labor de descarga, dado que al mes de abril de 2022 presenta una carga pendiente de 194 expedientes, y el juzgado civil permanente de dicha provincia al cual apoyaba, a dicha fecha presenta una carga procesal proyectada de 674 expedientes, cifra que al ser inferior a la carga procesal mínima de 780 expedientes, correspondiente a un juzgado civil mixto, evidencia una situación de sub carga procesal. Por otro lado, el Juzgado de Familia Permanente de la Provincia de Lambayeque registra una elevada carga pendiente de 773 expedientes en las subespecialidades de familia distintas a las de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, proyectándose para fi nes del presente año una elevada carga procesal de 1,084 expedientes en dichas subespecialidades. 4) El Juzgado de Paz Letrado Transitorio de la Provincia de Paita, al mes de abril de 2022 registró una carga pendiente de 187 expedientes, la cual debe de haber disminuido a la fecha; mientras que el Juzgado de Paz Letrado Permanente de Paita, registró una carga pendiente de 384 expedientes, estimándose para el presente año que este juzgado permanente tendrá una carga procesal proyectada de 1,923 expedientes, cifra que al fl uctuar entre la carga procesal mínima y la carga procesal máxima de 1,560 y 2,040 expedientes, que respectivamente corresponden a un juzgado de paz letrado mixto, evidencia que este juzgado se encontraría en situación de carga estándar y, por tanto, ya no requeriría del apoyo del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de la Provincia de Paita; asimismo, cabe indicar que el 1º Juzgado de Paz Letrado Permanente de Paita ha resuelto al mes de abril del presente año 352 expedientes, con lo cual ha presentado un avance de meta del 29% el cual es inferior al 31% que debió registrar al citado mes. De otro lado, la Corte Superior de Justicia de Arequipa cuenta en la Provincia de Arequipa con el 4º y 9º Juzgado de Paz Letrados Laborales Permanentes para la atención de expedientes con la Nueva Ley Procesal del Trabajo, los cuales obtuvieron al mes de abril de 2022 un avance de meta promedio de 62%, al haber resuelto en promedio 934 expedientes de una carga procesal promedio de 2,694, cifra que al ser mayor a la carga procesal máxima de 2,550 expedientes, correspondiente a la carga procesal máxima de un juzgado de paz letrado laboral que tramita expedientes con la Nueva Ley Procesal del Trabajo, evidencia que estos juzgados se encuentran en situación sobrecarga procesal; por lo que, pese a su excelente