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10 NORMAS LEGALES Viernes 22 de julio de 2022 El Peruano / de Desastres–CENEPRED, aprobado por Decreto Supremo N° 104-2012-PCM, dispone que la Jefatura puede designar, suspender o remover, entre otros, a los trabajadores en cargos de dirección y con fi anza de acuerdo a la normatividad aplicable; Que, conforme a lo establecido en el numeral 5.2 del artículo 5 de la Directiva N° 001-2022-CENEPRED/J “Procedimiento de designación de servidores en cargos de confianza en el CENEPRED”, señala que el procedimiento y condiciones para la designación de servidores/as de confianza, se encuentran enmarcadas en las disposiciones que establece Autoridad Nacional del Servicio Civil–SERVIR, los documentos de gestión del CENEPRED y las normas vigentes sobre la materia; Que, mediante el informe del visto, el Área de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración concluye que el señor Pablo Martín Efraín Villalón Quiroz cumple los requisitos para ocupar el cargo de Especialista en Logística, enmarcándose la propuesta dentro de las disposiciones previstas en los instrumentos de gestión y la normativa vigente; Que, encontrándose vacante el referido cargo, resulta necesario designar al titular del mismo; Con el visto bueno de la Secretaría General, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina de Administración; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Reglamento de Organización y Funciones del CENEPRED, aprobado por Decreto Supremo N° 104-2012-PCM, la Directiva N° 001–2022-CENEPRED/J y en uso de las facultades conferidas mediante la Resolución Suprema N° 019-2022-DE; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Designar al señor Pablo Martín Efraín Villalón Quiroz en el cargo de Especialista en Logística del CENEPRED. Artículo 2°.- Encargar a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la O fi cina de Administración las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural. Artículo 3°.- Encargar a la O fi cina de Administración la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del CENEPRED. Regístrese y comuníquese y publíquese.RAÚL VÁSQUEZ ALVARADO Jefe del CENEPRED 2088938-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Modifican la R.M. Nº 011-2022-MIDIS, que delegó facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, durante el Año Fiscal 2022 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 105-2022-MIDIS Lima, 21 de julio de 2022 VISTOS: Los Informes N° D000148-2022-MIDIS-OGA y Nº D000157-2022-MIDIS-OGA, emitidos por la O fi cina General de Administración; y, el Informe N° D000391-2022-MIDIS-OGAJ, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, se determina su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, el artículo 12 de la citada Ley, establece que el/la Ministro/a de Desarrollo e Inclusión Social es la más alta autoridad política del sector desarrollo e inclusión social y la más alta autoridad ejecutiva del Ministerio y, ejerce entre otras funciones, las que asigne la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función; Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normativa lo autorice; Que, mediante Resolución Ministerial Nº011-2022- MIDIS se delegaron facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, durante el Año Fiscal 2022; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 016-2022, se dictan medidas para garantizar la continuidad y culminación de los procesos de adquisición de bienes realizados bajo la modalidad de núcleo ejecutor de compras (NEC); modi fi ca el Decreto de Urgencia Nº 012-2022, amplía la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 050-2021 y dicta medida en materia de Contratación Pública: Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del citado Decreto de Urgencia, referido a las Contrataciones excluidas de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, dispone que las contrataciones que realicen las entidades, por montos iguales o inferiores a nueve (9) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), se encuentran excluidas del ámbito de aplicación de dicha Ley y se sujetan a la supervisión del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE); asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Final dispone la inaplicación temporal del literal a) del numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley N° 30225, durante la vigencia del artículo 3 del referido Decreto de Urgencia; Que, mediante Resolución Nº D000145-2022-OSCE- PRE, el OSCE formaliza el Acuerdo N° 001-008-2022/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 008-2022/OSCE-CD, precisando que de conformidad con el artículo 3 y la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 016-2022, hasta el 31 de diciembre de 2022 en los casos que las disposiciones de alcance general emitidas por el OSCE hagan referencia al monto de ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), se entienda que el monto será de nueve (9) Unidades Impositivas Tributarias (UIT); Que, en ese sentido, resulta necesario actualizar los alcances de la delegación de facultades efectuada en el artículo 5 de la Resolución Ministerial N° 011-2022- MIDIS, de conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 016-2022; por lo que corresponde modi fi car la Resolución Ministerial Nº 011-2022-MIDIS, con la fi nalidad de incorporar una disposición complementaria fi nal: Con los visados de la O fi cina General de Administración y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y la Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Modi fi car la Resolución Ministerial Nº 011-2022-MIDIS, incorporando la siguiente Disposición Complementaria Final, conforme al siguiente texto: