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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2022 (22/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Viernes 22 de julio de 2022 El Peruano / VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Determinan a la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión como entidad beneficiaria de la transferencia de bienes y activos de proyectos, por parte de la Asociación Civil “Fondo Social Alto Chicama” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 195-2022-VIVIENDA Lima, 20 de julio de 2022VISTOS:Las Cartas N° 01806-2018-ACFSACH, N° 0426-2019-ACFSACH-G y N° 0723-2021-ACFSACH/AO de la Asociación Civil “Fondo Social Alto Chicama”; los Memorándums N° 302 y N° 885-2022/VIVIENDA/VMCS/PNSR/DE del Programa Nacional de Saneamiento Rural; el Informe N° 136-2022-VIVIENDA/VMCS-DGPPCS de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento; el Informe Técnico Legal N° 028-2022-VIVIENDA-VMCS/DGPPCS-DEPPCS de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento; el Memorándum N° 811-2022-VIVIENDA/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Técnico N° 336-2022/VIVIENDA-OGPP-OI de la O fi cina de Inversiones; los Informes N° 104-2021-VIVIENDA/OGAJ y N° 446-2022-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 996, se aprueba el régimen aplicable a la utilización de los recursos provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada destinados a la ejecución de programas sociales; Que, conforme al numeral 4.1 del artículo 4 del citado Decreto Legislativo, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION incorpora los recursos de los programas de carácter social provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, y los transfiere a un Fondo Social constituido por una persona jurídica sin fines de lucro; Que, el artículo 5 del precitado Decreto Legislativo establece que, concluida la ejecución del respectivo proyecto de carácter social, se procederá a su transferencia por parte de la persona jurídica que constituye el Fondo Social en favor de las entidades beneficiarias públicas y privadas sin fines de lucro, las cuales serán determinadas mediante Resolución Ministerial del Sector al que la persona jurídica haya identificado que corresponde dicha transferencia; siendo el valor de la transferencia el que sea establecido conforme a los registros contables de la persona jurídica que transfiere el proyecto respectivo; Que, el numeral 22.1 del artículo 22 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 996, aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2008-EF, y modificatorias, establece que, para efectos de lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 996, son entidades beneficiarias públicas, entre otras, los gobiernos locales; Que, al amparo de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 996, el 5 de junio de 2009 se suscribe el Convenio de Transferencia de Recursos y Otros del Fideicomiso Social Proyecto Alto Chicama al Fondo Social Alto Chicama, entre la Asociación Civil “Fondo Social Alto Chicama”, como titular del Fondo Social derivado de las actividades relacionadas con los procesos de promoción de la inversión privada, y el Estado Peruano, representado por PROINVERSIÓN; Que, mediante la Carta N° 01806-2018-ACFSACH, la Asociación Civil “Fondo Social Alto Chicama” solicita la emisión de la Resolución Ministerial que determine a la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión como bene fi ciaria de la transferencia de los bienes y activos del proyecto “Creación del Servicio de Agua Potable y Saneamiento Básico en los Sectores la Rinconada y Poyo Colorado - Caserío Yanac, distrito de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión - La Libertad”, con Código Único de Inversión (CUI) N° 2320789 (antes con Código SNIP N° 357824); Que, del mismo modo, por medio de la Carta N° 0426-2019-ACFSACH-G, la Asociación Civil “Fondo Social Alto Chicama” solicita la emisión de la Resolución Ministerial que determine a la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión como bene fi ciaria de la transferencia de los bienes y activos del proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable e Instalación de Alcantarillado en el Caserío de Yanac - Sector Centro, distrito de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión - La Libertad”, con CUI N° 2245521 (antes con Código SNIP N° 297828); Que, con el Memorándum N° 302-2022/ VIVIENDA/VMCS/PNSR/DE, el Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR), sustentándose en el Memorándum N° 0168-2022/VIVIENDA/VMCS/PNSR/ UTGT de su Unidad Técnica de Gestión Territorial y en la Carta N° 0723-2021-ACFSACH/AO del Área de Operaciones de la Asociación Civil “Fondo Social Alto Chicama” informa que los referidos proyectos de inversión pública con CUI N° 2320789 y N° 2245521 se encuentran actualizados y cerrados respecto al Formato N° 08-A (Registro en la Fase de Ejecución) y Formato N° 09 (Registro de Cierre de Inversión), y en relación al Formato N° 12-B (Seguimiento a la Ejecución de Inversiones) se debe tener en cuenta que la ejecución de los referidos proyectos lo ha realizado la citada Asociación Civil como entidad privada; Que, asimismo, el PNSR, a través del Memorándum N° 885-2022/VIVIENDA/VMCS/PNSR/DE, basándose en el sustento del Informe Legal N° 268-2022/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UAL de su Unidad de Asesoría Legal y el Memorándum N° 596-2022/VIVIENDA/VMCS/PNSR/ UTGT de su Unidad Técnica de Gestión Territorial, remite el proyecto de Resolución Ministerial actualizado que determina a la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión como entidad bene fi ciaria de la transferencia de los proyectos de inversión pública con CUI N° 2320789 y N° 2245521; Que, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del Memorándum N° 811-2022-VIVIENDA/OGPP, sustentado en el Informe Técnico N° 336-2022/VIVIENDA-OGPP-OI de su O fi cina de Inversiones, se rati fi ca señalando que los proyectos de inversión pública con CUI N° 2320789 y N° 2245521 se encuentran cerrados en el Banco de Inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y que la Unidad Ejecutora de Inversiones (Municipalidad Provincia de Sánchez Carrión) es la responsable de la operación y mantenimiento de los activos generados a través de los mencionados proyectos de inversión; Que, la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, con el Informe N° 136-2022-VIVIENDA/VMCS-DGPPCS, sustentado en el Informe Técnico Legal N° 028-2022-VIVIENDA-VMCS/ DGPPCS-DEPPCS de su Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, señala que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es competente para que, mediante Resolución Ministerial, determine a la entidad bene fi ciaria para la transferencia, por parte de la Asociación Civil “Fondo Social Alto Chicama”, de los bienes y activos de los proyectos de inversión pública con CUI N° 2320789 y N° 2245521; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe N° 446-2022-VIVIENDA/OGAJ