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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2022 (22/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Viernes 22 de julio de 2022 El Peruano / Derechos de la Mujeres, los Memorándums N° D000455 y N° D000472-2022-MIMP-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la Nota N° D000112-2022-MIMP-PRE y el Informe N° D000213-2022-MIMP-PRE de la O fi cina de Presupuesto, el Informe N° D000112-2022-MIMP-OP de la O fi cina de Planeamiento, el Informe N° D000037-2022-MIMP-OIN de la O fi cina de Inversiones, el Informe N° D000094-2022-MIMP-OMI de la O fi cina de Modernización Institucional, y el Informe N° D000146-2022-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO:Que, el inciso 2 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece el derecho de toda persona a la igualdad ante la ley, disponiendo que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole; Que, el Estado peruano ha suscrito y rati fi cado tratados y compromisos internacionales sobre derechos humanos en materia de igualdad y no discriminación como la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (Belém do Pará), la Declaración y la Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995); los cuales re fl ejan el compromiso internacional por alcanzar las metas de igualdad, desarrollo y paz en favor de las mujeres; Que, el artículo 6 de la Ley N° 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, establece que el Poder Ejecutivo, gobiernos regionales y gobiernos locales, en todos los sectores, adoptan políticas, planes y programas, integrando los principios de la referida Ley de manera transversal; Que, la Política de Estado N° 11 del Acuerdo Nacional establece el compromiso del Estado peruano de combatir toda forma de discriminación, promoviendo la igualdad de oportunidades; el fortalecer la participación de las mujeres como sujetos sociales y políticas que dialogan y conciertan con el Estado y la sociedad civil; así como darles acceso equitativo a recursos productivos y empleo; Que, el Objetivo Prioritario N° 3 de la Política Nacional de Igualdad de Género, aprobada mediante Decreto Supremo N° 008-2019-MIMP, es Garantizar el acceso y participación de las mujeres en espacios de toma de decisiones, que mide el índice de empoderamiento político de las mujeres; Que, la Línea de Intervención 6.1.3 del Sub-Eje 6.1 “Fortalecer el sistema democrático” del Eje 6 “Fortalecimiento del sistema democrático, seguridad ciudadana y lucha contra la corrupción, narcotrá fi co y terrorismo”, de la Política General de Gobierno para el periodo 2021-2026, aprobada mediante Decreto Supremo N° 164-2021-PCM, establece priorizar la participación efectiva de mujeres en su diversidad y poblaciones vulnerables, en la toma de decisiones y espacios públicos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 192-2015- MIMP se creó la “Mesa de Trabajo para Promover y Garantizar la Participación Política de las Mujeres”, la cual se encarga de coordinar el desarrollo de acciones estratégicas entre las instituciones del Estado y la Sociedad Civil en el marco de una agenda de trabajo conjunta para promover y garantizar la participación política plena y efectiva de las mujeres en la consolidación del sistema democrático; Que, bajo dicho marco normativo mediante los Informes N° D000108 y N° D000114-2022-MIMP-DPPDM la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de la Mujeres de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación, sustenta la aprobación de la Estrategia de acompañamiento a las mujeres en su diversidad que ejercen cargos de elección popular en gestión pública y empoderamiento político “Gobernando Juntas”; con los objetivos de fortalecer las capacidades de las entidades públicas para la incorporación del enfoque de género en la aplicación de los Sistemas Administrativos, mejorar las capacidades de gestión de las mujeres en su diversidad que ejercen cargos de elección popular con la fi nalidad de garantizar la elaboración e implementación de políticas, programas y proyectos para las mujeres y poblaciones vulnerables, garantizar la participación activa de las mujeres en su diversidad que ejercen cargos de elección popular en los espacios de representación, y fortalecer la prevención y atención de casos de acoso político contra las mujeres en su diversidad para que esta sea oportuna, célere y e fi caz, contribuyendo a su erradicación progresiva; Que, mediante Memorándums N° D000455 y N° D000472-2022-MIMP-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la Nota N° D000112-2022-MIMP-PRE y el Informe N° D000213-2022-MIMP-PRE de la O fi cina de Presupuesto, el Informe N° D000112-2022- MIMP-OP de la O fi cina de Planeamiento, el Informe N° D000037-2022-MIMP-OIN de la O fi cina de Inversiones, el Informe N° D000094-2022-MIMP-OMI de la O fi cina de Modernización Institucional, mediante los cuales emiten opinión favorable para la aprobación de la Estrategia de acompañamiento a las mujeres en su diversidad que ejercen cargos de elección popular en gestión pública y empoderamiento político “Gobernando Juntas”; Que, a través del Informe N° D000146 -2022-MIMP- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada y considerando lo sustentado por la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación y la O fi cina de General de Planeamiento y Presupuesto del MIMP; estima legalmente procedente la emisión de la presente Resolución; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaría General, de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; en la Ley N° 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres; en el Decreto Supremo N° 008-2019-MIMP que aprueba la Política Nacional de Igualdad de Género, en el Decreto Supremo N° 164-2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba la Política General de Gobierno para el periodo 2021-2026; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y en la Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación Aprobar la Estrategia de acompañamiento a las mujeres en su diversidad que ejercen cargos de elección popular en gestión pública y empoderamiento político “Gobernando Juntas”, en adelante Estrategia “Gobernando Juntas”, la cual consta de cuatro (04) componentes que contienen once (11) acciones. Artículo 2.- Finalidad La Estrategia “Gobernando Juntas” busca promover el fortalecimiento de las capacidades en gestión con enfoque de género y empoderamiento político de las mujeres en su diversidad que ejercen cargos de elección popular: Congresistas, Gobernadoras Regionales, Vicegobernadoras Regionales, Alcaldesas Provinciales y Distritales, Consejeras Regionales, Regidoras Provinciales y Distritales; con la fi nalidad de a fi anzar políticas públicas de igualdad y desarrollo en bene fi cio de las mujeres, poblaciones vulnerables y la población en general. Artículo 3.- Objetivos Los objetivos de la Estrategia “Gobernando Juntas” son los siguientes: a) Fortalecer las capacidades de las entidades públicas para la incorporación del enfoque de género en la aplicación de los Sistemas Administrativos, a fi n de contribuir en la gestión pública de las mujeres en su