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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2022 (22/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 117

117 NORMAS LEGALES Viernes 22 de julio de 2022 El Peruano / salud o seguridad pública, impidan el entorno urbano y la imagen del distrito, o cualquier otra situación que ponga en riesgo la seguridad de los vecinos, impidan las rutas de accesibilidad y/o ocupen los espacios reservados para las personas con habilidades diferentes, internándolas en el depósito municipal o espacios que determine la autoridad municipal; Que, del mismo modo, la Ordenanza Nº 572/MM, Ordenanza que regula el funcionamiento y administración del depósito municipal de vehículos motorizados, no motorizados y otros bienes muebles, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 26 de junio de 2021, establece en su artículo 14° que se declara el vehículo como abandonado, al haber transcurrido los plazos señalados en el artículo 12° de la referida ordenanza, con signos evidentes de inmovilización y no uso, sin que haya sido retirado del depósito y no haya sido reclamado por su propietario, instancia judicial, policial o administrativa; así también dispone que sobre los vehículos declarados formalmente en abandono, se podrán realizar los actos de disposición fi nal, a través de la subasta pública o restringida conforme a las disposiciones que mediante decreto de alcaldía se emitan, o de acuerdo a lo señalado en la tercera disposición fi nal, transitoria y complementaria de la mencionada ordenanza; Que, la Cuarta Disposición Final Transitoria y Complementaria de la norma antes referida, otorga facultades al Alcalde de la Municipalidad de Mira fl ores para que mediante decreto de alcaldía, dicte las medidas complementarias y/o reglamentarias que sean necesarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza Nº 572/MM; Que, en ese contexto, mediante el Memorándum Nº 096-2022-GAC/MM, la Gerencia de Autorización y Control derivó a la Subgerencia de Fiscalización y Control el Informe Nº 110-2022-SGLCP-GAF/MM, emitido por la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, mediante el cual remitió el proyecto de reglamento que regula la subasta pública de vehículos declarados en abandono por la Municipalidad de Mira fl ores; Que, con Informe Nº 485-2022-SGFC-GAC/MM, la Subgerencia de Fiscalización y Control remitió a la Gerencia de Autorización y Control el sustento de la propuesta del decreto de alcaldía que aprueba el citado reglamento; asimismo, mediante el Memorándum Nº 198-2022-GAC/MM, la Gerencia de Autorización y Control manifiesta su conformidad a la propuesta normativa; Que, a través del Informe Nº 108-2022-GAJ/MM, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que procede la aprobación del citado proyecto de reglamento mediante decreto de alcaldía, toda vez que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Autorización y Control, la Subgerencia de Fiscalización y Control, la Gerencia de Administración y Finanzas y la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, por encontrarse legalmente sustentada y conforme a los lineamientos técnicos y normativos vigentes actualmente; De acuerdo a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 20º, 42º y 44º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR el “Reglamento del acto de disposición por Subasta Pública de vehículos declarados en abandono por la Municipalidad de Mira fl ores”, el mismo que como anexo forma parte integrante del presente decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Autorización y Control, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Subgerencia de Fiscalización y Control y a la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial el cumplimiento del presente decreto de alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto y su reglamento en el diario o fi cial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores (www.mira fl ores.gob.pe).Artículo Cuarto.- ESTABLECER que el presente decreto y su reglamento entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS MOLINA ARLES Alcalde REGLAMENTO DEL ACTO DE DISPOSICIÓN POR SUBASTA PÚBLICA DE VEHÍCULOS DECLARADOS EN ABANDONO POR LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES I. OBJETO La presente norma tiene como objeto reglamentar el procedimiento mediante el cual se dispondrá, a través de un procedimiento de subasta pública, la compra venta de los vehículos que se encuentren en el depósito municipal y que se declaren en estado de abandono. II. FINALIDADGestionar de manera e fi ciente la disposición de los vehículos declarados en abandono que se encuentran en el depósito municipal de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores a través de un procedimiento de subasta pública, para lo cual se establece el procedimiento que deben cumplir las diferentes áreas administrativas según corresponda. III. ALCANCE El presente Reglamento es de aplicación, cumplimiento y observancia obligatoria para todas las unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores. Se precisa que este reglamento no incluye la subasta pública de vehículos dentro del procedimiento de ejecución coactiva. IV. BASE LEGAL • Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modi fi catorias. • Resolución Ministerial N° 010-93-JUS, que autoriza la publicación del TUO del Código Procesal Civil promulgado mediante Decreto Legislativo N° 768. • Ley Nº 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, cuyo Texto Único Ordenado fuera aprobado mediante el Decreto Supremo N° 018-2008-JUS y modi fi catorias. • Ley Nº 27728, Ley del Martillero Público, modi fi cada por la Ley Nº 28371. • Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27728. • Decreto de Urgencia N° 019-2020, Decreto de Urgencia para garantizar la seguridad vial. • Decreto Supremo N° 016-2021-MTC, Decreto Supremo que aprueba el reglamento que establece el procedimiento para la declaración de abandono y chatarreo de los vehículos internados en depósitos vehiculares. • Resolución Directoral Nº 0015-2021-EF/54.01 que aprueba la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01, Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento. • Resolución Ministerial N° 172-2016-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Tasaciones. • Ordenanza Nº 480/MM, Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Mira fl ores y sus modi fi catorias. • Ordenanza Nº 572/MM, Ordenanza que regula el funcionamiento y administración del depósito municipal de la Municipalidad de Mira fl ores de vehículos motorizados, no motorizados y otros bienes muebles. V. DEFINICIONES a. Bien mueble.- Los bienes muebles son aquellos bienes, de naturaleza tangible, que por sus