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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JULIO DEL AÑO 2022 (30/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Sábado 30 de julio de 2022 El Peruano / Que, el inicio del procedimiento de delimitación de la Iglesia y casa de la Antigua Hacienda Villa, fue debidamente noti fi cado a través de los O fi cios N° 001122-2021-DGPC/MC a la administrada, N° 001126-2021-DGPC/MC a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y N° 00312-2022-DGPC/MC a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, a efectos de que presenten sus aportes históricos, testimonios, entre otros, así como las argumentaciones que estimen convenientes dentro del plazo establecido; Que, a través del Expediente N° 2021-0121839, la administrada mani fi esta su conformidad con el presente procedimiento de delimitación; Que, mediante el Informe N° 000031-2022-DPHI-CVI/ MC y la Hoja de Elevación N° 000260-2022-DPHI/MC, la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble señala que es necesario modi fi car el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 2900-72-ED, en el extremo referido a la denominación del bien inmueble, declarado Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación por la de “Iglesia y casa de la Antigua Hacienda Villa, ubicadas en el Sub Lote A, con dirección en Av. José Antonio Lavalle N° 302, 304, 320, 322, 386, 390, 412, del distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima”; así como aprobar su delimitación con un área de 6,696.62 m² y un perímetro de 366.65 ml, conforme a lo señalado en el Plano DBI-01; Que, con el Informe Nº 000328-2022-DGPC/MC y el Memorando N° 000829-2022-DGPC/MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural remite la propuesta de modi fi cación de la denominación del bien inmueble declarado Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, así como de su delimitación, la cual cuenta con las opiniones favorables de la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble a través de los Informes N° 000103-2021-DPHI-CVI/MC, N° 000065-2022-DPHI-CVI/MC y N° 000070-2022-DPHI-CVI/MC; Que, en ese contexto, habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente, advirtiéndose que los informes técnicos emitidos constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con las visaciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 005- 2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo 1.- MODIFICAR el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 2900-72-ED de fecha 28 de diciembre de 1972, en el siguiente extremo: “Dice: DISTRITO DE CHORRILLOSMONUMENTOSIglesia de la Antigua Hacienda Villa” “Debe decir: DISTRITO DE CHORRILLOSMONUMENTOSIglesia y casa de la Antigua Hacienda Villa, ubicadas en el Sub Lote A, con dirección en Av. José Antonio Lavalle N° 302, 304, 320, 322, 386, 390, 412, del distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima”. Artículo 2.- DELIMITAR el Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación denominado “Iglesia y casa de la Antigua Hacienda Villa, ubicadas en el Sub Lote A, con dirección en Av. José Antonio Lavalle N° 302, 304, 320, 322, 386, 390, 412, del distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, comprendiendo el área de 6,696.62 m² y un perímetro de 366.65 ml, conforme a lo señalado en el Plano DBI-01, conforme a los siguientes datos técnicos: CUADRO DE DATOS TÉCNICOS VÉRTICE LADO DISTANCIA ANG. INTERNO ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 64.82 88°4’50’’ 281646.6221 8651005.5923 2 2-3 26.88 91°30’1’’ 281703.2296 8650974.0189 3 3-4 4.98 269°39’2’’ 281690.7561 8650950.2105 4 4-5 9.01 89°25’27’’ 281695.1499 8650947.87435 5-6 1.70 269°52’40” 281690.8393 8650939.9603 6 6-7 9.06 90°0’0” 281692.3305 8650939.1439 7 7-8 1.60 90°0’0” 281687.9795 8650931.1959 8 8-9 23.13 271°9’57” 281686.5761 8650931.9643 9 9-10 5.85 269°56’2” 281675.8836 8650911.4524 10 10-11 33.83 90°35’42” 281681.0712 8650908.7406 11 11-12 16.65 89°17’31” 281665.7098 8650878.5960 12 12-13 3.99 90°45’9” 281650.9650 8650886.3407 13 13-14 2.75 270°0’0” 281652.7733 8650889.8960 14 14-15 2.78 171°58’24” 281650.3221 8650891.1427 15 15-16 12.34 188°1’39” 281648.0468 8650892.7351 16 16-17 2.16 267°11’43” 281637.0451 8650898.330417 17-18 8.84 90°0’0” 281635.9745 8650896.4581 18 18-19 4.09 90°0’0” 281628.2999 8650900.8467 19 19-20 3.25 251°56’4” 281630.3309 8650904.3984 20 20-21 3.34 165°24’23” 281628.1466 8650906.8098 21 21-22 3.01 165°56’46” 281626.6011 8650909.7687 22 22-23 1.64 169°43’31” 281625.8978 8650912.6927 23 23-24 26.02 231°33’48” 281625.8051 8650914.325824 24-25 28.89 97°39’13” 281604.5395 8650929.3198 25 25-26 5.38 90°14’54” 281617.8960 8650954.9407 26 26-27 14.63 270°34’27” 281622.6759 8650952.4751 27 27-28 2.25 270°0’0” 281629.2534 8650965.5469 28 28-29 21.15 87°50’18” 281627.2424 8650966.5589 29 29-30 4.06 199°20’40” 281637.4526 8650985.0757 30 30-1 18.57 162°17’48” 281638.1249 8650989.0809 Artículo 3.- ESTABLECER que cualquier intervención al bien cultural inmueble delimitado conforme al artículo 2 de la presente resolución, deberá contar con la autorización del Ministerio de Cultura, conforme lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias, sin perjuicio de las competencias propias de cada sector involucrado, bajo responsabilidad administrativa, civil y/o penal a que hubiere lugar. Artículo 4.- DISPONER que la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble proceda a la inscripción de la presente resolución ante la respectiva O fi cina Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Artículo 5.- REMITIR copia certi fi cada de la presente resolución a la Universidad Privada San Juan Bautista S.A.C., a la Municipalidad Distrital de Chorrillos y a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO Viceministra de Patrimonio Cultural eIndustrias Culturales 2090724-1