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92 NORMAS LEGALES Viernes 3 de junio de 2022 El Peruano / del 2022, en mérito a lo establecido en el numeral 159.9 del artículo 159 del Estatuto de la UNSA; por lo que la presente es suscrita por el Dr. Luis Ernesto Cuadros Paz, Vicerrector Académico, como Rector (e). Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220 Ley Universitaria, al Rectorado. SE RESUELVE: Primero: Autorizar el viaje del Mg. WILBER ROBERTO RAMOS LOVÓN, docente adscrito al Departamento Académico de Ingeniería de Sistemas e Informática de la Facultad de Ingeniería de Producción y Servicios, para que en calidad de Coordinador Técnico participe de la Pasantía Cientí fi ca Internacional denominada “Visita al Laboratorio LabNet – NCE/UFRJ y el Programa de Ingeniería de Sistemas y Computación (PESC/COPPE) de la Universidad Federal de Rio de Janeiro – Brasil”, que se desarrollará en la Universidad Federal de Rio de Janeiro - Brasil, del 03 al 11 de junio de 2022; en ejecución del proyecto de investigación: “KUSISQA: Ayudando a Regular Nuestras Emociones en los Procesos de Enseñanza y Aprendizaje”, seleccionado según Resolución de Dirección Ejecutiva N° 086-2019-FONDECYT-DE. Segundo: Autorizar el viaje del Dr. EDGAR SARMIENTO CALISAYA, docente adscrito al Departamento Académico de Ingeniería de Sistemas e Informática de la Facultad de Ingeniería de Producción y Servicios, para que en calidad de Co-Investigador participe de la Pasantía Cientí fi ca Internacional denominada “Visita al Laboratorio LabNet – NCE/UFRJ y el Programa de Ingeniería de Sistemas y Computación (PESC/COPPE) de la Universidad Federal de Rio de Janeiro – Brasil”, que se desarrollará en la Universidad Federal de Rio de Janeiro - Brasil, del 03 al 11 de junio de 2022; en ejecución del proyecto de investigación: “KUSISQA: Ayudando a Regular Nuestras Emociones en los Procesos de Enseñanza y Aprendizaje”, seleccionado según Resolución de Dirección Ejecutiva N° 086-2019-FONDECYT-DE. Tercero: Autorizar a la O fi cina Universitaria de Planeamiento y a la Subdirección de Logística, otorguen a favor de los servidores docentes, Mg. Wilber Roberto Ramos Lovón y Dr. Edgar Sarmiento Calisaya, la Certi fi cación de Crédito Presupuestal - CCP, con la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, Genérica de Gasto 2.6 “Adquisición de Activos no fi nancieros”, Presupuesto del año Fiscal 2022, según siguiente detalle: - Pasajes aéreos : S/ 5,377.54 soles (para Wilber Roberto Ramos Lovón) S/ 5,377.54 soles (para Edgar Sarmiento Calisaya) Del 02 al 12 de junio de 2022 Arequipa-Lima-Santiago-Rio de Janeiro-Sao Paulo-Lima-Arequipa - Seguro Viajero : S/ 212.61 soles (para cada docente) - Viáticos : S/ 11,155.50 soles (para cada docente) Del 02 al 12 de junio de 2022 Cuarto: Dentro de los ocho días del retorno, el citado Coordinador Técnico y Co-investigador presentarán un Informe, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Quinto: Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y archívese.LUIS ERNESTO CUADROS PAZ Vicerrector AcadémicoRector (e) RUTH MARITZA CHIRINOS LAZO Secretaria General 2073861-1JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadano y ciudadana para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Provincial de Cajamarca RESOLUCIÓN Nº 0441-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022004536 CAJAMARCA - CAJAMARCARENUNCIAELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022 Lima, veinticinco de abril de dos mil veintidósVISTOS : los escritos recibidos el 8 y 22 de abril de 2022, mediante los cuales don Henry Segundo Alcántara Salazar, alcalde encargado de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, departamento de Cajamarca (en adelante, alcalde encargado), remitió documentación relacionada a la renuncia presentada por don Víctor Andrés Villar Narro, alcalde de dicha comuna (en adelante, señor alcalde). PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Con el escrito recibido el 8 de abril de 2022, el señor alcalde encargado elevó los actuados del expediente administrativo, tramitado a raíz de la renuncia del señor alcalde, a fi n de que se convoque al reemplazo correspondiente, de conformidad con el artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM); para tal efecto, anexó la carta de renuncia, presentada por el burgomaestre; sin embargo, omitió anexar el acta de sesión de concejo, del 6 de abril de 2022, en la cual esta fue aceptada, así como el comprobante de pago de la tasa electoral respectiva. 1.2. A través del escrito presentado el 22 de abril de 2022, el señor alcalde encargado remitió el acta de sesión de concejo y la copia del comprobante de pago, correspondiente a la tasa por concepto de convocatoria de candidato no proclamado, conforme al requerimiento efectuado con el O fi cio Nº 01992-2022-SG/JNE, del 19 de abril del año en curso. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política1.1. El artículo 194 establece que, para postular a presidente de la República, vicepresidente, congresista, gobernador o vicegobernador del gobierno regional, los alcaldes deben renunciar al cargo seis (6) meses antes de la elección respectiva. En la LOM 1.2. El artículo 24 prescribe que, en caso de que se produzca la vacancia o ausencia del alcalde, lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Al teniente alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM 1.3. Mediante este decreto supremo, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 4 de enero de 2022, el presidente de la República convocó a Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022) para el domingo 2 de octubre del mismo año, con el objeto de elegir a gobernadores, vicegobernadores, consejeros regionales de los departamentos de toda la República y la Provincia Constitucional del Callao, así como alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de la República.