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88 NORMAS LEGALES Viernes 3 de junio de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, organiza su Régimen de Gobierno de acuerdo a Ley Universitaria Nº 30220, su Estatuto y reglamentos, atendiendo a sus necesidades y características; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022, dispone que “Durante el Año Fiscal 2022, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias”; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, en el primer párrafo del artículo 1° dispone que “la presente Ley regula la autorización de viaje al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de las Actividad Empresarial del estado FONAFE”; Que, la Ley N° 27619, en concordancia con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Ley que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, en su artículo 2 Contenido del acto de autorización, dispone que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. En caso de requerimiento expreso formulado por un Ministro de Estado, se autorizará gastos de representación sobre cuyo monto total se rendirá cuenta documentadamente. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad. Los viajes de delegaciones que representen al país en el exterior serán o fi cializados mediante Resolución Ministerial del Sector Relaciones Exteriores”; asimismo, en su artículo 4 Publicidad, establece que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”; Que, con Resolución de Asamblea Universitaria N° 001-2020-UNTRM/AU, de fecha 03 de febrero de 2020, se aprueba el Estatuto de Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, cuerpo normativo que consta de XVIII Títulos, 156 Artículos, 02 Disposiciones Complementarias, 03 Disposiciones Transitorias, 01 Disposición Final, en 52 folios; Que, el citado cuerpo normativo, en su artículo 29°, inciso t) establece que el Consejo Universitario tiene la facultad de autorizar los viajes o fi ciales al extranjero de las autoridades y demás miembros de la comunidad universitaria; asimismo, en su artículo 52°; numeral 52.8 señala que la Escuela de Posgrado, brinda el servicio de formar especialistas e investigadores del más alto nivel académico, (…). La Escuela de Posgrado regula también los estudios y pasantías de posgrado que pueden llevarse a cabo mediante coordinaciones interuniversitarias a nivel nacional e internacional; Que, con Resolución Rectoral N° 112-2021-UNTRM/R, de fecha 11 de marzo de 2021, se aprueba la Directiva N° 005-2021-UNTRM-DGA “Directiva de Otorgamiento, Rendición y Control de Viáticos en Comisión de Servicios de las Autoridades y Trabajadores Docentes y Administrativos de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas”; Que, mediante Resolución de Asamblea Universitaria N° 004-2021-UNTRM/AU, de fecha 21 de octubre del 2021, se crea la Maestría en Cambio Climático, Agricultura y Desarrollo Rural Sostenible - MACCARD de la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, en el marco del Project Number: 609562-EPP-1-2019-1-IT-EPPKA2-CBHE-JP y el convenio suscrito con UNIVERSITA DEGLI STUDI DI SASSARI; Que, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, con Resolución del Consejo Directivo N° 036-2022-SUNEDU/CD, de fecha 25 de abril de 2022, aprueba la modi fi cación de licencia institucional solicitada por la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, y reconoce la creación de un (1) programa de estudio conducente a grado académico de maestro en la modalidad presencial, Maestría en Cambio Climático, Agricultura y Desarrollo Rural Sostenible” MACCARD; Que, con Resolución Rectoral N° 240-2022-UNTRM/R, de fecha 10 de mayo de 2022, se acepta y reconoce la donación de S/ 193,932.18 (Ciento noventa y tres mil novecientos treinta y dos con 18/100 soles), realizada por el Programa de Financiación: Erasmus Plus-Desarrollo de Capacidades en la Educación Superior (Acción Clave 2) – EACEA Educación Audiovisual y Agencia Ejecutiva de Cultura, en el marco del Proyecto N° 609562-EPP-1-2019-1-IT-EPPKA2-CBHE-JP “Maestría en Cambio Climático, Agricultura y Desarrollo Rural Sostenible” MACCARD con N° Acuerdo de Subvención 2019-1948/001-001; Que, mediante Resolución Rectoral N° 243-2022-UNTRM/R, de fecha 11 de mayo de 2022, se resuelve autorizar la incorporación presupuestal de la donación realizada por el programa de fi nanciación: Erasmus Plus- Desarrollo de Capacidades en la Educación Superior (Acción Clave 2)-EACEA Educación Audiovisual y Agencia Educativa de Cultura, en el marco del Proyecto N° 609562-EPP-1-2019-1-IT-EPPKA2-CBCHE-JP, en el Presupuesto Institucional del Pliego 541 Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas para el Año Fiscal 2022, por la suma de S/ 193,932.18 (Ciento noventa y tres mil novecientos treinta y dos con 18/100 soles); Que, con Resolución de Consejo Universitario N° 234-2022-UNTRM/CU, de fecha 13 de mayo de 2022, se resuelve autorizar el viaje en comisión de servicios para realizar la Estancia de Investigación en la Universidad de Sassari-Italia, de la Comisión Académica de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, en marco del Proyecto N. ° 609562-EPP-01- 2019-1-IT-EPPKA2-CBHE-JP (2019-1948/001-001), “Maestría en Cambio Climático, Agricultura y Desarrollo Rural Sostenible” MACCARD, la cual se desarrollará en el País de Italia, durante el periodo del 04 al 14 junio de 2022, conformada por los siguientes Profesionales: Dr. Raúl Rabanal Oyarce - Director de la Escuela de Posgrado; Ph.D. Jorge Luis Maicelo Quintana - Docente Investigador de la UNTRM; Ph.D. Rainer Marco López Lapa - Docente Investigador de la UNTRM; MSc. Fernando Isaac Espinoza Canaza - Docente de la UNTRM; Que, con Resolución de Consejo Universitario N° 257-2022-UNTRM/CU, de fecha 24 de mayo de 2022, se resuelve dejar sin efecto la autorización de viaje en comisión de servicios dispuesta en la Resolución de Consejo Universitario N° 234-2022-UNTRM/CU, de fecha 13 de mayo de 2022; Que, el Responsable del Proyecto MACCARD, envía el Informe Técnico N° 01-2022-UNTRM/EPG, para la Estancia de Investigación en la Universidad de Sassari-Italia, para participar en el extranjero en diferentes eventos y/o actividades académicas con fi nes de dar cumplimiento a la Tarea 5.1 “La modernización de los métodos de enseñanza: Intercambio de estrategias y metodologías para mejorar la enseñanza y el aprendizaje de los procesos”. Con el objetivo de fortalecer las capacidades formativas en la Educación Superior y mejorar la plani fi cación didáctica del aprendizaje en los docentes pasantes. El motivo de la estancia de investigación, permitirá a los docentes pasantes transmitir a través de las enseñanzas, los aprendizajes a favor de los