TEXTO PAGINA: 64
64 NORMAS LEGALES Domingo 5 de junio de 2022 El Peruano / provincia o departamento).”; asimismo, en su numeral 1.3., establece: “1.3 ALCANCE: La elaboración del Estudio Especializado de Dinámica Económica Regional para el Ordenamiento Territorial se encuentra a cargo de los niveles de gobierno que hayan aprobado previamente su Zoni fi cación Ecológica y Económica - ZEE, de acuerdo a los procedimientos de validación de los instrumentos técnicos sustentatorios para el ordenamiento territorial establecidos en la Resolución Ministerial N” I 35-201 3-MlNAM.”; Que, conforme a la Guía Metodológica para elaborar los instrumentos técnicos sustentatorios para el Ordenamiento Territorial aprobada el año 2013; en junio del año 2016, mediante Resolución Ministerial Nº156-2016-MINAM, se aprueba el documento denominado “Procedimiento Técnico y Metodológico para la Elaboración del Estudio Especializado de Dinámica Económica Regional”, el cual comprende la identi fi cación y caracterización de la dinámica económica del ámbito geográ fi co analizado, así como, las tendencias de crecimiento económico a partir de la articulación interna, con el entorno (a nivel nacional e internacional).; el Gobierno Regional de Moquegua, con el fi n de promover el desarrollo social, económico y ambiental del departamento de Moquegua, inicia el proceso para el Ordenamiento Territorial con la declaración de interés público regional de la Zoni fi cación Ecológica y Económica y el Ordenamiento Territorial con Ordenanza Regional N.º 006-2008-CR/GRM el 31 de marzo del 2008, y a través del Proyecto: “Fortalecimiento de las Capacidades para el Ordenamiento Territorial del Departamento de Moquegua” con Resolución Ejecutiva Regional N.º 444-2008-GR/MOQ; asimismo a través del citado proyecto se dispone la elaboración del Estudio Especializado de Dinámica Económica Regional, cuyo objetivo y alcance, se han detallado en el numeral anterior del presente informe; Que, con O fi cio Nº 114-2021-MINAM/VMDERN/ DGOTGIRN, de fecha 29 de diciembre del 2021, la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente (DGOTGIRN), hace llegar los resultados de la revisión del Estudio Especializado de “Dinámica Económica Regional” del departamento de Moquegua, indicando que se remite el Informe Nº 149-2021-MINAM/VDERM/DGOTGIRN/DIOTGIRN, elaborado por la Dirección de Instrumentos para el Ordenamiento Territorial y la Gestión Integrada de los Recursos Naturales, en el mismo que se concluye que el citado estudio especializado, cumple con el proceso metodológico establecido en la Resolución Ministerial Nº 156-2016-MINAM; Que, con Informe Nº 027-2022-GRM/GRPPAT- SGAOT-FCOTM-AGUM de fecha 22 de febrero del 2022, el jefe del Proyecto “Fortalecimiento de las Capacidades para el Ordenamiento Territorial del Departamento de Moquegua”; remite el estudio Especializado de Dinámica Económica Regional de Departamento de Moquegua, el cual el MINAM emite Opinión Favorable y culminado sus etapas de revisión; al cual adjunta, con Informe Nº 001-2022-GRM/OREPLAN-SAOT-FCOTM-GYSD, de fecha 16 de febrero del 2022, la Coordinadora del Proyecto, quien señala que, de la revisión efectuada, de conformidad a los antecedentes del presente informe, así como a la evaluación realizada a los mismos, el estudio especializado de Dinámica Económica Regional del departamento de Moquegua, se encuentra conforme, para la continuación de su trámite de aprobación respectiva; y el Informe Nº 002-2022-FRCDC-EL.PFCOTMOQ-SAOT-GOREMOQ, de fecha 18 de febrero del 2022, emitido por el Especialista Legal del Proyecto, quien opina que es procedente se apruebe el Estudio Especializado de Dinámica Económica Regional del departamento de Moquegua, a través de una Ordenanza Regional del Consejo Regional de conformidad a las funciones y competencias del Gobierno Regional de Moquegua, así como de su Consejo Regional, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, con Informe Nº 070-2022-GRM/GRPPAT- SGAOT de fecha 22 de febrero del 2022, el Sub Gerente de Acondicionamiento y Ordenamiento Territorial, remite la solicitud de aprobación del estudio especializado de dinámica económica regional del proyecto “Fortalecimiento de las Capacidades para el Ordenamiento Territorial del Departamento de Moquegua”, el cual el MINAM emite Opinión Favorable y culminado con la opinión técnica y legal de los especialistas del Proyecto. Que, con Informe Legal Nº 162-2022-GRM/ORAJ, de fecha 11 de marzo del 2022, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, concluye que el Estudio Especializado de Dinámica Económica Regional del departamento de Moquegua, cumple con las formalidades establecidas por los dispositivos legales que sustentan a los documentos referenciados, en especial el documento de la referencia 4) que cuenta con la opinión técnica y opinión legal de los especialistas del Proyecto FCOTM. Siendo de la opinión que es procedente la aprobación por parte del Consejo Regional del documento denominado “Estudios Especializados de Dinámica Económico Regional”. Que, con O fi cio Nº 019-2022-GRMCR/CPPOT/P de fecha 13 de abril del 2022; el Presidente de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, eleva el Dictamen Nº 002-2022-GRM/CR-CPPOT; que dictamina: se apruebe el Proyecto de Ordenanza Regional del Estudio Especializado de Dinámica Económica Regional del Departamento de Moquegua. Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2011-CR/GRM; y, en mérito al análisis y debate en Sesión Extraordinaria desarrollada de manera virtual el Consejo Regional de Moquegua, con el voto por unanimidad de sus miembros presentes y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: QUE APRUEBA EL ESTUDIO ESPECIALIZADO DE DINÁMICA ECONÓMICA REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA Artículo Primero.- APROBAR, el “Estudio Especializado de Dinámica Económica Regional del departamento de Moquegua”, como Instrumento Técnico en el marco del proceso de Ordenamiento Territorial del departamento de Moquegua. El mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional y consta en un total de Quinientos catorce (514) folios. Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Gobernador Regional, Gerente General Regional y Gerencias Regionales del Gobierno Regional de Moquegua, efectúen las acciones necesarias y respectivas para el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR, al Ejecutivo del Gobierno Regional de Moquegua, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo, los anexos se publicarán en el portal electrónico de la institución conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Moquegua para su promulgación. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARIA DEL CARMEN KOC ZEBALLOS Consejera Delegada POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional Moquegua, a los trece días del mes de mayo de dos mil veintidós. ZENON GREGORIO CUEVAS PARE Gobernador Regional 2074023-1