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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (07/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Martes 7 de junio de 2022 El Peruano / Samuel Rado Cuchills está rati fi cado en la Categoría de Profesor Asociado a Tiempo Completo, a mérito de la Resolución N° CAPCU-004-2022-UNSAAC de fecha 19 de enero de 2022, a partir del 26 de octubre de 2021, por el termino de 05 años; Que, según informe N° 154-LARA/SUSSE- PROCIENCIA-CUSCO emitido por la Coordinadora SUSSE-Cusco informa al respecto que el Proyecto de Investigación antes mencionado esta programado en el Plan Operativo con respecto a Pasajes y Gastos de transporte-Internacional, Viáticos, asignaciones por comisión de servicio internacional, capacitación en los laboratorios del Centro Lasallista de Investigación y Modelación Clima, y seguro de vida para cubrir la solicitud de la pasantía; Que, mediante Contrato N° 024-2018-UNSAAC celebrado por la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco y el Dr. Maxwell Samuel Rado Cuchills, precisa que con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 095-2017-FONDECYT de fecha 19 de setiembre de 2017 la UNSAAC resultó bene fi ciaria del fi nanciamiento de la Convocatoria del Esquema Financiero E041-2017-02 denominado “Proyectos de Investigación”; Que, por Resolución N° R-0366-2018-UNSAAC del 15 de marzo de 2018 se aprueba el presupuesto en la suma de S/298,940.00 (Doscientos Noventa y Ocho Mil Novecientos Cuarenta con 00/100 soles) para ejecución de gastos del Proyecto de Investigación bajo responsabilidad del Dr. Maxwell Samuel Rado Cuchills en conformidad con la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 016-2018-FONDECYT-DE, debiendo afectarse a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0967-2018 y Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000002184; Estando a lo solicitado; Ley 30879, Ley 27619, D.S. 047-2002-PCM, Resolución Nro. R-0366-2018-UNSAAC, Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0967-2018, Informe Nº DIGA/UTH-AEP-0450-2022-UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas a este Consejo Universitario por la Ley y Estatuto Universitario; Que, conforme a lo señalado la Jefa de la Unidad de Presupuesto de la Dirección de Plani fi cación expide la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000002184 indicando la afectación presupuestal para atender lo solicitado, conforme al detalle que aparece en la parte resolutiva de la presente; Que, a la fecha en lo concerniente a la ejecución de gasto público, es vigente la Ley de Presupuesto Nº 30879; especialmente la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nº 27619, Reglamentado por el D.S. Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fi nes; Que, al respecto el Art. 1º de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante Resolución de la más alta autoridad, asimismo el Art. 3º de la referida Ley, señala que las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, la petición formulada por el Vicerrector de Investigación, ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria Virtual, efectuada el día 18 de mayo de 2022, siendo aprobada por unanimidad; debiendo emitirse la Resolución respectiva; Estando a lo solicitado, al acuerdo del Consejo Universitario, Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 y en uso de las atribuciones conferidas a este Rectorado por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR el viaje de PASANTÍA DE CAPACITACIÓN al DR. MAXWELL SAMUEL RADO CUCHILLS, Profesor Asociado a Tiempo Completo en el Departamento Académico de Educación, de la Facultad de Educación y Ciencias de la Comunicación de la Institución, Para que se constituya en la ciudad de Bogotá, Colombia en los laboratorios del Centro Lasallista de Investigación y Modelación Clima de la Universidad de la Salle, con el PROYECTO DE INVESTIGACIÓN DENOMINADO “INFLUENCIA DE CONTAMINANTES ATMOSFÉRICOS EN LA FORMACIÓN DE LLUVIA ÁCIDA Y ALTERACIÓN DE LA PERIODICIDAD DE PRECIPITACIÓN EN LA SUB CUENCA DEL HUATANAY 2018 2019”, del 15 de junio al 25 de junio de 2022, en mérito a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución. Segundo.- AUTORIZAR a la Dirección General de Administración, otorgue a favor de la citada docente: - Pasajes aéreos: Cusco-Lima-Bogotá (Colombia)- Lima-Cusco. - Viáticos - Seguro - Inscripción - Publicación en el Diario O fi cial El Peruano Tercero.- EL EGRESO que se origine por aplicación de la presente Resolución se atenderá con cargo a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000002184, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente resolución. Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley 27619. Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación de la citada docente de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nro. 1 Declaración de Compromiso; asimismo está en la obligación de presentar la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituyen la sustentación del gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de Viaje y Declaración de Gastos realizados solamente por movilidad local y otros gastos diversos en el lugar de Comisión de Servicio e hasta por el 30 % del monto total y el 70% deberá de sustentarse con alimentación y alojamiento (caso de no adjuntar gastos de alojamiento se tomara hasta un 40% en alimentación), debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco-UNSAAC, por concepto de ALIMENTACIÓN, ALOJAMIENTO Y/O MOVILIDAD LOCAL; rendición de cuentas que debe ser presentada en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, computados desde su retorno a la ciudad del Cusco, perdiendo el derecho luego del citado periodo, el Formato 3 deberá ser remitido de manera virtual al Correo Electrónico Institucional área.integracioncontable@unsaac.edu.pe el mismo día de la presentación de la documentación física, con tenor “Rendición de Cuentas, Resolución Nro. R, Nombre del Bene fi ciario, Formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados con Resolución Nro. CU- 0348-2016-UNSAAC de fecha 24 de noviembre de 2016 proporcionados por el Área de Tesorería de la Dirección General de Administración; igualmente presentará copia del certi fi cado ante el Área de Escalafón e informe ante el Decanato de Facultad, Vicerrectorado de Investigación y Despacho Rectoral, respectivamente. Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar el incumplimiento a la Unidad de Talento Humano, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 7.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nº CU-0348-2016-UNSAAC. El Vicerrectorado Académico, Vicerrectorado de Investigación, Dirección General de Administración y la Unidad de Talento Humano adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archivese.ELEAZAR CRUCINTA UGARTE Rector 2074608-1