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74 NORMAS LEGALES Sábado 11 de junio de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Santa Anita DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000005-2022/MDSA Santa Anita, 25 de mayo de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA VISTO: El Memorándum N° 0292-2022-MDSA/ GODU de la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, el Memorando Nº 538-2022-MDSA/OGPPPI de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, el Informe N° 350-2022-MDSA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 509-2022-MDSA/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Santa Anita, es el Órgano de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa, reconocida por la Constitución Política de la Nación, correspondiéndole por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades promover el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental; Que, el Numeral 43.1 del Artículo 43° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS establece que, todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), asimismo el numeral 44.1 del Artículo 44° establece que el (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo; Que, mediante Ordenanza N° 000308/MDSA del 11 de septiembre del 2021, se aprobó los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación vinculados a Licencias de Habilitación Urbana, Licencias de Edi fi cación, Licencias de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones (ITSE), contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, el cual fue rati fi cado por la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Acuerdo de Concejo Nº 397 del 24 de noviembre del 2021, y ambos publicados en el Diario O fi cial “El Peruano”, el 07 de enero del 2022, encontrándose vigente a partir del 08 de enero del 2022, en cumplimiento de la normativa expuesta en el considerando anterior; Que, mediante Ordenanza N° 000318/MDSA del 31 de marzo del 2022, se aprobó la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y de la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, la cual fue publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”, el 05 de abril del 2022, encontrándose vigente a partir del 06 de abril del 2022; Que, el Numeral 44.5 del Artículo 44° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS establece que: “Una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, o por resolución del titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución Política del Perú, o por Resolución de Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, Resolución del órgano de dirección o del titular de los organismos técnicos especializados, según corresponda, Decreto Regional o Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo”; Que, mediante Memorando Nº 538-2022-MDSA/ OGPPPI de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones se establece que: Los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad vinculados a Licencias de Habilitación Urbana, Licencias de Edi fi cación, Licencias de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones (ITSE), contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, aprobado mediante Ordenanza N° 000308/MDSA y rati fi cado por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 397, no contempla en su totalidad las precisiones de la denominación del Centro de Actividad del Inicio del Procedimiento, de las competencias de la Autoridad para Resolver y las Instancias de Resolución de Recursos en el marco de lo establecido en la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y de la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, aprobado mediante Ordenanza N° 000318/MDSA, asimismo a lo establecido en el Artículo 73° y los Artículos 218°, 219° y 220° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS. Adicionalmente, se sustenta, se solicita y se recomienda aprobar mediante Decreto de Alcaldía, la modi fi cación de los Procedimientos Administrativos del N° 1.1 al N° 1.140 y los Servicios Prestados en Exclusividad del N° 1.141 al N° 1.145, vinculados a Licencias de Edifi cación y Licencias de Habilitación Urbana, los Procedimientos Administrativos del N° 2.1 al N° 2.9 y el Servicio Prestado en Exclusividad N° 2.10, vinculados a Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones (ITSE) y los Procedimientos Administrativos del N° 3.1 al N° 3.12 y el Servicio Prestado en Exclusividad N° 3.13, vinculados a Licencias de Funcionamiento, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, aprobado mediante Ordenanza N° 000308/MDSA y rati fi cado por la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Acuerdo de Concejo Nº 397, a fi n de establecer en su totalidad las precisiones de la denominación del Centro de Actividad del Inicio del Procedimiento, de las competencias de la Autoridad Competente para Resolver y las Instancias de Resolución de Recursos, por encontrarse dentro del marco técnico y normativo correspondiente, solicitado por la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, mediante Memorándum N° 0292-2022-MDSA/GODU; Que, mediante Informe N° 350-2022-MDSA/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que si la modi fi cación no corresponde a la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, es de opinión favorable que esta se realice a través de un Decreto de Alcaldía, en ese sentido encuentra viable la propuesta realizada en el memorándum N° 538-2022-MDSA/OGPPPI por la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, debiendo darle el trámite para su aprobación; Que, mediante Memorándum N° 509-2022-MDSA/ GM, la Gerencia Municipal contando con la opinión legal favorable de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, eleva los citados documentos, con la fi nalidad de emitir el decreto de alcaldía que corresponde; Estando a los considerandos antes mencionados, y lo establecido en los Artículos 39° y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y en uso de las facultades conferidas en el Numeral 6 del Artículo 20° de la norma citada; SE DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación de los Procedimientos Administrativos del N° 1.1 al N° 1.140 y los Servicios Prestados en Exclusividad del N° 1.141 al N° 1.145, vinculados a Licencias de Edi fi cación y Licencias de Habilitación Urbana, los Procedimientos Administrativos del N° 2.1 al N° 2.9 y el Servicio Prestado en Exclusividad N° 2.10, vinculados a Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones (ITSE) y los