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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (11/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Sábado 11 de junio de 2022 El Peruano / ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Designan Asesora I de la Gerencia General de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 110-2022-ATU/PE Lima, 10 de junio de 2022CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y fi nanciera; Que, el literal e) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la ATU, aprobada por Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC, establece que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, así como de las unidades orgánicas, de ser el caso; Que, se encuentra vacante una plaza de Asesor/a I de la Gerencia General de la ATU, cargo considerado de confi anza; Contando con el visado de la Gerencia General, la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones señaladas en los literales e) y t) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobada por Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora GLORIA MARÍA STEFANY TELLERÍA SÁENZ, en el cargo de Asesora I de la Gerencia General de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU. Artículo 2.- Notifi car la presente resolución a la señora GLORIA MARÍA STEFANY TELLERÍA SÁENZ y a la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Presidenta Ejecutiva 2076750-1 CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aprueban transferencias financieras a entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 061-2022-CONCYTEC-P Lima, 10 de junio de 2022VISTOS: Los O fi cios N°s. 118 y 121-2022-PROCIENCIA-DE, los Informes Técnicos–Legales Nºs. 005 y 006-2022-PROCIENCIA-UGG-UPP- UAL y Proveídos N°s. 054 y 055-2022-PROCIENCIA-DE del Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados – PROCIENCIA, los I nformes N°s. 055 y 057-2022-CONCYTEC-OGPP-OPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, que cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto otorgada mediante Proveídos N°s. 108 y 110-2022-CONCYTEC-OGPP, respectivamente; y, el Informe N° 078-2022-CONCYTEC-OGAJ-EMAF y Proveído N° 193-2022-CONCYTEC-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Decreto Supremo N° 051-2021-PCM, se crea el Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados–PROCIENCIA, sobre la base del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co y de Innovación Tecnológica – FONDECYT, y por medio de la Resolución de Presidencia Nº 058-2021-CONCYTEC-P, de fecha 9 de junio de 2021, se aprueba el Manual de Operaciones – MOP del Programa PROCIENCIA, el mismo que establece su estructura; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 088-2021- CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva N° 003-2021-CONCYTEC-P denominada “Directiva que regula el proceso de aprobación de Transferencias Financieras y Otorgamiento de Subvenciones en el Pliego Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC”, en adelante, la Directiva; Que, los numerales 6.1.1 y 6.1.2 de la Directiva establecen que la Unidad de Gestión de Concursos, en coordinación con la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Asesoría Legal del Programa PROCIENCIA son responsables, cada una en el ámbito de su competencia, de la información que se consigne en el ITL, así como veri fi car que los convenios, contratos y adendas a mérito de los cuales se van a realizar las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, se encuentren debidamente suscritos. Asimismo, elaboran y suscriben el Informe Técnico Legal (ITL), en el que se sustenta la necesidad de aprobación de las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, utilizando para ello el Formato del Anexo N° 01 e incluyen la copia de los Certi fi cados de Crédito Presupuestario; Que, el numeral 6.2.2 de la Directiva señala que la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC evalúa la solicitud en materia presupuestal y procede a emitir opinión técnica y de ser favorable remite el expediente a la O fi cina General de Asesoría Jurídica; Que, conforme al Numeral 6.2.3 de la Directiva, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica con la opinión favorable de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, procede a elaborar el proyecto de resolución de aprobación de transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país;