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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (12/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Domingo 12 de junio de 2022 El Peruano / 7. Las demás establecidas en el reglamento interno del concejo. Artículo Segundo.- MODIFICAR los Artículo 23°, 37° y 53° del Reglamento Interno del Concejo Municipalidad de la Municipalidad de Villa María del Triunfo, aprobado con Ordenanza N° 287-2019-MVMT, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 28 de noviembre de 2019, modi fi cado con la Ordenanza N° 296-MVMT publicado en el diario ofi cial El Peruano el 6 de mayo de 2020, relacionado con la convocatorias a las Sesiones de Concejo y Acuerdos, el mismo queda redactado de la siguiente manera: (…) “Artículo 23°. - La O fi cina de Secretaría General, por encargo del Alcalde, efectúa las citaciones a sesiones de concejo, estableciendo la agenda, fecha y hora, debiendo realizarse en el local sede de la municipalidad, en días laborables. En el caso de las Sesiones Ordinarias, citará con al menos de cinco (5) días hábiles de anticipación a la celebración de la sesión. Cuando se trate de las Sesiones Extraordinarias, será con veinticuatro (24) horas previo a la realización de la sesión. En lo que respecta a las Sesiones Solemnes con no menos de cuarentaiocho (48) horas de anticipación. Articulo 37°. - Las Sesiones Ordinarias se realizan no menos de dos, ni más de cuatro veces al mes, para tratar asuntos de trámite regular. El Alcalde convoca a Sesión Ordinaria. Entre la convocatoria y la sesión mediará cuanto menos cinco (5) días hábiles de anticipación. En caso de licencia, ausencia o suspensión del Alcalde, el encargado de realizar la convocatoria será el Teniente Alcalde o quien lo suceda, conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 53°. - Los Acuerdos son decisiones, que toma el concejo municipal, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresa la voluntad del órgano o gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Los acuerdos aprobados, cuando así lo requieran, incluyen un plan de implementación que establezca las acciones a realizar, señalando, metas, plazos y fi nanciamiento, según corresponda. Los Acuerdos son adoptados por mayoría cali fi cada o mayoría simple según lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972. El alcalde tiene voto dirimente en caso de empate. Artículo Tercero.- MODIFICAR el Artículo 99° de la Ordenanza N° 296-MVMT publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 6 de mayo de 2020, que modi fi ca el Reglamento Interno del Concejo Municipalidad de la Municipalidad de Villa María del Triunfo, aprobado con Ordenanza N° 287-2019-MVMT, relacionado con la convocatorias a las Sesiones Virtuales de Concejo en situaciones de emergencia nacional o distrital, el mismo queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 99°.- Las convocatorias a las Sesiones de Concejo lo realizará la O fi cina de Secretaría General por encargo del Alcalde, mediante citaciones electrónicas, que contendrán la agenda, fecha y hora, debiendo realizarse en días laborables, siendo los puntos a desarrollarse relacionados con las situaciones de emergencia o urgencia que el caso amerite, o tomar acuerdos que por ley tengan plazos establecidos durante el periodo de emergencia, remitiéndose la documentación de sustento a los señores regidores, con los puntos de agenda en forma virtual en archivo anexo a la convocatoria. Las citaciones electrónicas para las Sesiones Ordinarias se realizarán con una anticipación de cinco (5) días hábiles y para las sesiones extraordinarias en un plazo de veinticuatro (24) horas de anticipación, a los correos de los señores regidores registrados ante la O fi cina de Secretaría General; considerándose válidamente noti fi cados con la sola remisión del correo electrónico, donde serán noti fi cados sobre la realización de las sesiones virtuales, en tal sentido, de realizarse algún cambio de correo electrónico, será de estricta responsabilidad de los señores regidores comunicar a la Ofi cina de Secretaría General. La documentación adicional relacionada con la agenda se encontrará a disposición de los señores regidores en la Ofi cina de Secretaría General para su revisión, desde la fecha de convocatoria a las sesiones de concejo. Artículo Cuarto.- Rati fi car en lo demás extremos lo dispuesto en las Ordenanzas N° 287-2019-MVMT y N°296-MVMT. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Sexto.- Encargar a la O fi cina de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; a la Unidad de Sistemas y Tecnologías de la Información la publicación de la misma en el Portal Institucional de la Entidad: www.munivmt.gob.pe; y a la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional, su difusión. POR TANTO:Mando se registre, comunique y cumpla.ELOY CHAVEZ HERNANDEZ Alcalde 2076695-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Ordenanza Municipal que aprueba el Nuevo Reglamento del Comercio Ambulatorio en el distrito de La Punta ORDENANZA Nº 005-2022-MDLP/AL La Punta, 10 de junio de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en Sesión Ordinaria de fecha 10 de junio de 2022, con el voto aprobatorio de los Regidores Distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo, y ; VISTO:El Informe Nº 045-2022-MDLP/GR emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe N° 096-2022/MDLP/OAJ emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; el Informe N° 050-2022-MDLP/GR emitido por la Gerencia de Rentas; el Memorando N° 351-2022-MDLP/GM emitido por la Gerencia Municipal y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomía política,