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13 NORMAS LEGALES Viernes 17 de junio de 2022 El Peruano / Articulo 5.- Coordinación General Político- Diplomático del Mecanismo Intersectorial La Coordinación General Político-Diplomático del MEC-OPAZ será ejercida por el/la Representante Permanente del Perú ante las Naciones Unidas. Artículo 6.- Secretaría Técnica del Mecanismo Intersectorial La Secretaría Técnica del MEC-OPAZ estará a cargo del/la Directora/a General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, quién brindará el apoyo técnico y administrativo, además de ejecutar los lineamientos dispuestos por el/la Coordinador/a General Político-Diplomático del Mecanismo Intersectorial. Artículo 7.- Coordinación Operativa del Mecanismo Intersectorial La Coordinación Operativa del MEC-OPAZ será ejercida por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas con la fi nalidad de asegurar la viabilidad operativa de las acciones relativas a las operaciones de paz a ser implementadas. Artículo 8.- Incorporación de otras entidades en el marco de la implementación del Mecanismo Intersectorial Mediante Resolución Suprema se incorporan otras entidades que contribuyan a alcanzar el objetivo establecido en el artículo 1 de la presente norma. Artículo 9.- Designación de representantes Las entidades señaladas en el artículo 2 designarán, mediante Resolución del Titular del Sector, a los representantes en el MEC-OPAZ. La designación deberá realizarse en el plazo de quince (15) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo. Artículo 10.- Reglamento Interno En el plazo de treinta (30) días hábiles posteriores a la publicación del presente Decreto Supremo, se expedirá el correspondiente Reglamento, que será aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Defensa. Artículo 11.- Financiamiento La creación del Mecanismo Intersectorial Integrado sobre Operaciones de Paz (MEC-OPAZ) no irrogará gastos adicionales al Estado. Artículo 12.- Publicación Publíquese el presente Decreto Supremo en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en los portales institucionales del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.gob.pe/rree), y del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef). Artículo 13.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Defensa. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA.- El Ministerio de Defensa dicta, mediante resolución ministerial, las disposiciones complementarias para la adecuada implementación y operatividad del Mecanismo Intersectorial Integrado sobre Operaciones de Paz (MEC-OPAZ). Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE Ministro de Defensa CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2078387-4Autorizan viaje de personal del Ministerio a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0524-2022-DE Lima, 16 de junio de 2022 VISTOS: El O fi cio N° 01359-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00911-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 036- 2022-DE, se declara de interés nacional la realización de la I Conferencia de Latinoamérica y del Caribe sobre Operaciones de Paz de las Naciones Unidas, a desarrollarse los días 6 y 7 de setiembre de 2022, en la ciudad de Lima; Que, con fecha 10 de mayo de 2022, el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Defensa sostuvieron una reunión de coordinación intersectorial, con la participación del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Viceministro de Políticas para la Defensa y el Representante Permanente del Perú ante las Naciones Unidas, entre otros funcionarios de ambos sectores, con la fi nalidad de articular los aspectos concernientes a la participación del Perú en las Operaciones de Paz; es así que, en dicho marco los participantes de la reunión coincidieron en la conveniencia de organizar la “ I Conferencia de Latinoamérica y del Caribe sobre Operaciones de Paz de las Naciones Unidas ”, en el lugar y fechas programadas; Que, con O fi cio Nº 01359-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales encuentra conforme a los objetivos institucionales el viaje al exterior, en comisión de servicio, de la delegación del Ministerio de Defensa, a fi n de que participen en reuniones de coordinación con autoridades de la Organización de los Estados Americanos, de la Junta Interamericana de Defensa y del Colegio Interamericano de Defensa, así como reuniones con los Jefes de las delegaciones de Brasil, Uruguay, Argentina, República Dominicana y Jamaica, a fi n de discutir su apoyo y participación en la Conferencia referida en el considerando anterior, las mismas que se llevaran a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 21 al 23 de junio de 2022; sustentándose en los argumentos desarrollados en el Informe Técnico Nº 00001-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN-DIAMCI/MAPAC; Que, conforme a lo señalado en el Informe Técnico Nº 00001-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN-DIAMCI/MAPAC, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Ministro SDR Augusto Cabrera Rebaza, Director General de Relaciones Internacionales y del señor Miguel Ángel Peña Castro, traductor – especialista en Operaciones de Paz de la Dirección de Asuntos Multilaterales y Cooperación Internacional, por cuanto dicha comisión tiene por objeto discutir el apoyo y participación de las delegaciones extranjeras y representantes de los organismos internacionales en la I Conferencia de Latinoamérica y del Caribe sobre Operaciones de Paz de las Naciones Unidas, a desarrollarse en la ciudad de Lima, el 6 y 7 de setiembre de 2022; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los viáticos que se otorguen conforme a la Escala señalada en el artículo 5 serán por cada día que dure la misión o fi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos, suscrita por el Director de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, los gastos por concepto de pasajes aéreos