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15 NORMAS LEGALES Viernes 17 de junio de 2022 El Peruano / Oficializan el evento denominado “XIV Feria Nacional de Camélidos Sudamericanos de Alta Montaña - ISCAHUACA 2022”, a desarrollarse en el Campo Ferial de la Comunidad Campesina de Iscahuaca, Cotaruse - Apurímac, organizado por la Municipalidad Distrital de Cotaruse RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0250-2022-MIDAGRI Lima, 16 de junio de 2022VISTOS:El O fi cio Nº 0200-2022-MIDAGRI-DVDAFIR/ DGDG del Director General de Ia Dirección General de Desarrollo Ganadero; el Informe Nº 0015-2021-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDG-OTPP del Especialista de la Dirección General de Desarrollo Ganadero; y, el O fi cio Nº 001- 2022/FENACSAMI/GR del Gerente General de la Feria Nacional de Camélidos Sudamericanos de Alta Montaña - FENACSAMI; CONSIDERANDO:Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (LOF) del MIDAGRI, establece que este Ministerio ejerce la rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, las cuales son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, el numeral 2 del artículo 7 de la citada LOF, dispone que en el marco de sus competencias compartidas el MIDAGRI ejerce, entre otras, las funciones de promover la producción agraria nacional, la oferta agraria exportable y el acceso de los productos agrarios nacionales a nuevos mercados, en coordinación con el organismo rector en la materia; promover la participación de la inversión privada en el sector agrario y de riego a fi n de impulsar su desarrollo; promover la organización de los productores agrarios, la identi fi cación y estructuración de cadenas productivas y la gestión agraria basada en la calidad; establecer e implementar los mecanismos que permitan a los productores agrarios acceder a información relevante para el desarrollo competitivo y sostenible de la actividad agraria; promover el desarrollo productivo y sostenible de los agentes agrarios de las zonas urbanas y rurales, fomentando la inserción de los pequeños y medianos productores agrarios en la economía nacional; prestar asesoramiento técnico a los gobiernos regionales, gobiernos locales y programas adscritos al sector, orientados al desarrollo de capacidades y al adecuado cumplimiento de sus funciones en materia agraria y de riego; y, dictar, respecto de las funciones transferidas en materia agraria y de riego, las normas y lineamientos técnicos para la promoción, conservación, mejoramiento y aprovechamiento sostenible de cultivos nativos y camélidos sudamericanos; Que, la “Política Nacional Agraria 2021-2030”, aprobada por Decreto Supremo Nº 017-2021-MIDAGRI, establece como objetivos prioritarios: OP1. Incrementar el nivel de integración vertical de los productores agrarios en la cadena de valor; OP2. Reducir la proporción de los productores agrarios familiares en el nivel de subsistencia; y, OP3. Mejorar el manejo de los recursos naturales para Ia producción agraria sostenible; Que, el artículo 91 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del MIDAGRI, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, establece que la Dirección General de Desarrollo Ganadero es el órgano de línea encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos ganaderos, su acceso al mercado nacional e internacional, así como promover la oferta de productos ganaderos nacional con valor agregado, competitiva y sostenible, incluyendo la reconversión productiva; asimismo, el literal e) del artículo 92 del citado Texto Integrado del ROF dispone que tiene entre sus funciones el proponer la aprobación del Calendario Nacional de Ferias y Eventos, así como la o fi cialización de las ferias y eventos nacionales e internacionales no calendarizados, en el ámbito de sus competencias; Que, el artículo 15 del Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0650-2006-AG, concordante con los artículos 91 y 92 del Texto Integrado del ROF del MIDAGRI, establece que las Ferias y Eventos Agropecuarios a nivel internacional que se realicen en el país, serán autorizados mediante Resolución Ministerial, a propuesta de la Dirección General de Promoción Agraria, ahora Dirección General de Desarrollo Ganadero; Que, mediante el O fi cio Nº 001-2022/FENACSAMI/ GR, el Gerente General de la Feria Nacional de Camélidos Sudamericanos de Alta Montaña - FENACSAMI; en representación del Alcalde de la Municipalidad Distrital de Cotaruse y Presidente del Comité Organizador de la “XIV Feria Nacional de Camélidos Sudamericanos de Alta Montaña - ISCAHUACA 2022”; solicita la aprobación y publicación del acto resolutivo que o fi cializa el citado evento, adjuntando para tal efecto el expediente respectivo; Que, por Informe Nº 0015-2021-MIDAGRI-DVDAFIR/ DGDG-OTPP, la Dirección General de Desarrollo Ganadero señala, entre otros, que la “XIV Feria Nacional de Camélidos Sudamericanos de Alta Montaña - ISCAHUACA 2022”, tiene por propósito promover y liderar el desarrollo sostenible de productores organizados de camélidos sudamericanos domésticos; dinamizar y reactivar la economía local de más de 300 familias rurales asentadas sobre los 3800 msnm; revalorar el sistema productivo tradicional, costumbres e identidad propia de los criadores; promover el mejoramiento genético de alpacas y llamas, las buenas prácticas de manejo y esquila; revalorar prácticas ancestrales como las llamas cargueras; promover el acceso a mercados, para productos locales como artesanía textil manual, carne fresca y procesada de camélidos sudamericanos domésticos; facilitar el acceso a información, tecnología, servicios y fi nanciamiento que han contribuido con el desarrollo productivo y económico del sector de camélidos; y, promover el desarrollo organizacional de los productores de camélidos y emprendedores agroindustriales y artesanales del sector de camélidos; Que, el referido Informe indica asimismo que, la aludida Feria se encuentra dentro de la categoría de eventos y ferias en materia ganadera, y que el expediente presentado por el Presidente del Comité Organizador cumple con los requisitos exigidos en el Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios, recomendando su ofi cialización, así como, que el Comité Organizador debe preparar y presentar un informe técnico y un balance económico documentado del citado evento, en un plazo no mayor a los 30 días de la fecha de clausura del mismo; Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e lnfraestructura Agraria y Riego; del Secretario General; del Director General de Ia Dirección General de Desarrollo Ganadero; y, de Ia Directora General de Ia O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con Ia Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI; y, el Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0650-2006-AG; SE RESUELVE:Artículo 1.- Ofi cializar el evento denominado “XIV Feria Nacional de Camélidos Sudamericanos de Alta Montaña - ISCAHUACA 2022”, a desarrollarse del 16 al 19 de junio de 2022, en el Campo Ferial de la Comunidad Campesina de Iscahuaca, Cotaruse - Apurímac, organizado por la Municipalidad Distrital de Cotaruse. Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial no irroga gasto alguno al Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.