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100 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de junio de 2022 El Peruano / Que, a través de la Ordenanza Municipal Nº 001-2022- MPU/BG se aprobó la Ordenanza Municipal que regula el otorgamiento de Certi fi cados de Posesión a los posesionarios de lotes ubicados en asentamientos Humanos y posesiones informales en el ámbito del Distrito de Bagua Grande, Provincia de Utcubamba, Departamento de Amazonas; estableciéndose en el Artículo 5.1 que el Alcalde es el responsable de suscribir los Certi fi cados de posesión al término del procedimiento administrativo; Que, con la fi nalidad de optimizar, agilizar y dar celeridad a los procedimientos administrativos que siguen los administrados para el otorgamiento de certi fi cados de Posesión, a través de la presente se procede a delegar las funciones contempladas en el Artículo 5.1. de la Ordenanza Municipal Nº 001-2022-MPU/BG al Gerente Municipal En ese sentido, teniendo en cuenta que la actual Gestión Municipal se ha trazado como objetivo el dotar de mayor celeridad a la tramitación de los procedimientos administrativos, es que resulta necesario delegar las facultades administrativas a la Gerencia Municipal que por su especial competencia funcional podrían asumirlo con la debida responsabilidad en estricta observancia de los principios de legalidad y de debido procedimiento; Estando a lo expuesto, y en uso de la facultad conferida por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades: SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la delegación de facultades en el Gerente Municipal para el otorgamiento de los Certi fi cados de Posesión en el marco de lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 001-2022-MPU/BG. Artículo Segundo.- El Gerente Municipal deberán dar cuenta al Alcalde respecto a los Certi fi cados de Posesión emitidos como producto de la presente delegación, según corresponda, en concordancia con el Principio del Debido Procedimiento, previsto en el numeral 1.2) del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General. Artículo Tercero.- Las acciones que realicen y los actos que se expidan en base a la delegación de funciones conferidas en la respectiva Resolución de Alcaldía, deben ser efectuadas con sujeción a las disposiciones legales y administrativas que las rigen, bajo responsabilidad del personal administrativo que interviene en su procesamiento y del funcionario competente que autoriza el acto administrativo pertinente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, así como la notifi cación del presente acto resolutivo a las áreas que por competencia corresponda. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALAN GARCÍA PÉREZ Alcalde 2079415-1