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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (22/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 89

89 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de junio de 2022 El Peruano / EL ALCALDE DISTRITAL DE BARRANCO VISTOS:El Informe Nº 040-2022-GPVBS-MDB emitido por la Gerencia de Participación Vecinal y Bienestar Social, los Memorándum Nº 536 y 550-2022-GM-MDB emitidos por la Gerencia Municipal y el Informe Nº 240-2022-GAJ-MDB emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por las Leyes de Reforma Constitucional Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 31º de la citada Carta Magna señala, asimismo, que “...los ciudadanos tienen derecho de participar en los asuntos públicos…”, siendo, además, “… derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción. La Ley norma y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participación”; Que, el Artículo 102º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades determina la definición y composición del Consejo de Coordinación Local Distrital como un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales, estableciendo que los representantes de la Sociedad Civil son elegidos democráticamente por un periodo de 2 (dos) años, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel distrital que se hayan inscrito en el registro que abrirá para tal efecto la Municipalidad Distrital, siempre y cuando acrediten personería jurídica y un mínimo de 3 (tres) años de antigüedad; Que, mediante Acuerdo de Consejo Nº 053-2013- MDB, se aprobó el Reglamento para la Elección de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, disponiéndose en sus Artículos 13º y 14º sobre la Convocatoria para el Proceso de Elección de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital y la Designación del Comité Electoral responsable del referido proceso; Que, la Gerencia de Participación Ciudadana y Bienestar Social, mediante el informe del visto, tiene a bien remitir el proyecto de Decreto de Alcaldía que resuelve convocar al proceso de elección de representantes de la Sociedad civil ante el Concejo de Coordinación Local Distrital – CCLD, para el periodo 2022-2024 y designar el Comité electoral responsable del proceso de elección de presentantes de la Sociedad civil ante el Concejo de Coordinación Local Distrital – CCLD, periodo 2022 -2024, para lo cual recomienda continuar con los trámites respectivos para la aprobación del mismo; Que, con informe del visto, la Gerencia de Asesoría Jurídica, cumple con emitir opinión favorable al proyecto de Decreto de Alcaldía que convoca al proceso de elección de representantes de la Sociedad civil ante el Concejo de Coordinación Local Distrital – CCLD, para el periodo 2022-2024, designa al Comité electoral y aprueba el Cronograma electoral; En uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del art. 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR AL PROCESO DE ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL-CCLD, para el período 2022-2024, el mismo que se llevará a cabo según el cronograma conforme el siguiente detalle:ACCIONES FECHAS Inscripción Desde el jueves 23 hasta jueves 30 de junioEvaluación de la inscripción Desde el jueves 23 hasta jueves 01 de julioPublicación de resultado de lista de organizaciones inscritas Viernes 04 de julio Presentación de tachas o impugnación a la inscripciónLunes 11 de julio (horario de atención de la Subgerencia de Trámite Documentario y Archivo) Periodo de Subsanación de observaciones Del martes 12 de julio al miércoles 13 de julio Publicación de organizaciones aptas difusión del registroJueves 14 de julio Elecciones del CCLDSábado 16 de julio (virtual) Hora: 10:00 amLink: https://us02web.zoom.us/j/88036960750?pwd=UTltZEdySmMyOXM5a0NBOHEvaGtkUT09 Artículo Segundo.- DESIGNAR EL COMITÉ ELECTORAL RESPONSABLE DEL PROCESO DE ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL-CCLD, periodo 2022-2024, el mismo que estará conformado por: TITULARES:- Presidente (a): Miguel Martin Villacorta Cortegano, Presidente de la Comisión de Salud, Bienestar Social y Participación Vecinal - Secretario (a): Gerente de Educación, Salud y Deporte - Miembro: Gerente de Asesoría Jurídica SUPLENTES:- Regidor (a): Luz Marina Soto García, Miembro de la Comisión de Salud, Bienestar Social y Participación Vecinal - Gerente de Participación Vecinal y Bienestar Social Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en diario o fi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario o fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad www.munibarranco.gob.pe y la difusión de los alcances del presente decreto de alcaldía a la Subgerencia de Imagen Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSÉ JUAN RODRÍGUEZ CÁRDENAS Alcalde 2079690-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Modifican el Texto Ordenado del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de San Borja DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2022-MSB-A San Borja, 20 de mayo de 2022 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA