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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (22/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 90

90 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de junio de 2022 El Peruano / VISTO, el Memorándum Múltiple Nº 06-2022-MSB- GM-OPE de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica de fecha 03 de febrero de 2022, el Memorándum Múltiple Nº 17-2022-MSB-GM-OPE de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica de fecha 18 de marzo de 2022, el Informe Nº 129-2022-MSB-GM-GDUC-UOP de la Unidad de Obras Privadas de fecha 31 de marzo de 2022, el Informe Nº 203-2022-MSB-GM-GDUC-UOPIM de la Unidad de Obras Públicas e Infraestructura Menor de fecha 06 de abril de 2022, el Informe Nº 074-2022-MSB-OPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización de fecha 06 de mayo de 2022, el Memorándum Nº 119-2022-MSB-GM-OPE de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica de fecha 09 de mayo de 2022, el Informe Nº 218-2022-MSB-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica de fecha 11 de mayo de 2022, el Memorándum Nº 231-2022-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 12 de mayo de 2022; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que: “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...)”; asimismo, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que: “(...) Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, mediante Ordenanza Nº 609-MSB de fecha 04 de octubre de 2018, y publicado en el diario o fi cial El Peruano con fecha 15 de noviembre de 2018, se aprobaron los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad, así como los respectivos requisitos, costos y derechos de trámite que se encuentran contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Borja; asimismo, con Acuerdo de Concejo Nº 477-MML de fecha 25 de octubre de 2018 y publicado en el diario o fi cial El Peruano con fecha 15 de noviembre de 2018, la Municipalidad Metropolitana de Lima rati fi có derechos de trámite relacionados a diversos procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad aprobados en la Ordenanza Nº 609-MSB de la Municipalidad de San Borja; Que, con Decreto de Alcaldía Nº 002-2022-MSB-A de fecha 11 de enero de 2022 y publicado en el diario o fi cial El Peruano con fecha 25 de enero de 2022, se aprobó el Texto Ordenado del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de San Borja, aprobado mediante Ordenanza Nº 609-MSB y modi fi caciones, a fi n de contar con un (01) solo instrumento de gestión que permita compilar y poner a disposición de los administrados, la relación de procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad que ofrece la Entidad; Que, mediante Memorándum Múltiple Nº 06-2022-MSB-GM-OPE de fecha 03 de febrero de 2022, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica solicita a diversas unidades orgánicas, informen si resulta pertinente actualizar la normativa de los procedimientos o servicios exclusivos contenidos en el TUPA de la Municipalidad que se encuentren a su cargo; solicitud que es reiterada a través del Memorándum Múltiple Nº 17-2022-MSB-GM-OPE de fecha 18 de marzo de 2022; Que, en atención a ello, con Informe Nº 129-2022-MSB- GM-GDUC-UOP de fecha 31 de marzo de 2022, la Unidad de Obras Privadas remite la propuesta de modi fi cación de la base legal de los procedimientos a su cargo, precisando que, en la base legal de los procedimientos administrativos del TUPA vigente, se mantiene el Decreto Supremo Nº 011-2017-VIVIENDA; sin embargo, dicha norma no se encuentra vigente; por lo que, debe consignarse el Decreto Supremo Nº 029-2019-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edi fi cación; Que, mediante Informe Nº 203-2022-MSB-GM-GDUC- UOPIM de fecha 06 de abril de 2022, la Unidad de Obras Públicas e Infraestructura Menor remite la información con la normativa modi fi cada, respecto a los procedimientos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA precisando que, con fecha 08 de mayo de 2020 se publicó en el diario o fi cial El Peruano el Decreto Legislativo Nº 1477, que establece medidas que facultan la instalación de infraestructura necesaria para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones frente a la emergencia sanitaria producida por el COVID-19 (Régimen Especial y Temporal); por lo que, considera que los requisitos de los procedimientos número 10 al 16 que obran en el TUPA MSB han sufrido cambios; Que, a través del Informe Nº 074-2022-MSB-OPE-UPR de fecha 06 de mayo de 2022, la Unidad de Planeamiento y Racionalización concluye que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA es el documento de relevancia para la tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, requeridos por los usuarios para satisfacer sus intereses mediante el pronunciamiento de la Municipalidad en el marco de la normativa vigente; por lo que, en atención a ello, recomienda aprobar la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, previo informe de la O fi cina de Asesoría Jurídica, una vez aprobado, el documento formará parte del Texto Ordenado – TO del TUPA de Municipalidad de San Borja aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 002-2022-MSB-A, adjuntando la propuesta de modi fi cación del TUPA de la Unidad de Obras Privadas, Unidad de Obras Públicas e Infraestructura Menor y de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro, la cual también tiene procedimientos que se encuentran inmersos en una norma derogada, por consiguiente, amerita la actualización, pese a no haber sido advertido por la misma área; Que, mediante Memorándum Nº 119-2022-MSB- GM-OPE de fecha 09 de mayo de 2022, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica rati fi ca lo señalado por la Unidad de Planeamiento y Racionalización y remite los actuados a la O fi cina de Asesoría Jurídica para que emita la opinión legal correspondiente; Que, con Informe Nº 218-2022-MSB-OAJ de fecha 11 de mayo de 2022, la O fi cina de Asesoría Jurídica establece el sustento legal correspondiente y opina que resulta legalmente viable emitir el Decreto de Alcaldía que modi fi que el Texto Único Ordenado (TO) del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de San Borja, aprobado con Decreto de Alcaldía Nº 002-2022-MSB-A de fecha 11 de enero de 2022, en relación a los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad a cargo de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro y la Unidad de Obras Privadas, así como los procedimientos administrativos a cargo de la Unidad de Obras Públicas e Infraestructura Menor, conforme se contempla en el Anexo TUPA acompañado por la Unidad de Planeamiento y Racionalización, de conformidad a lo señalado en el numeral 6. del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, a través del Memorándum Nº 231-2022-MSB- GM de fecha 12 de mayo de 2022, la Gerencia Municipal solicita emitir el acto administrativo requerido, a fi n de continuar con el trámite correspondiente; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el visto bueno de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y la Gerencia Municipal: DECRETA:Artículo Primero.- MODIFICAR el Texto Ordenado (TO) del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de San Borja, aprobado con Decreto de Alcaldía Nº 002-2022-MSB-A de fecha 11 de enero de 2022, en relación a los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad a cargo de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro y la Unidad de Obras Privadas, así como los procedimientos administrativos a cargo de la Unidad de Obras Públicas e Infraestructura Menor, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.