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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (22/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 94

94 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de junio de 2022 El Peruano / EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 26 de mayo de 2022, Informe N° 547-2022-FIAG-GODUR-MPC, de fecha 23 de marzo de 2022, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, Informe Legal Nº 0157-2022-GAJ-MPC, de fecha 05 de abril de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe N° 113-2022-GM-MPC, de fecha 18 de abril de 2022, la Gerencia Municipal, Dictamen N° 09-2022-CODUYR-MPC, de fecha 03 de mayo de 2022, de la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo establecido en los Artículos 74°, 194° y 195° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con los Artículos 9° y 40° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, otorgándole potestad para administrar sus bienes y rentas; establece además, que mediante Ordenanza se crean, modi fi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley; Que, mediante Decreto Supremo N° 022-2016-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (RATDUS), norma que contiene los procedimientos técnicos, criterios y parámetros que los Gobiernos Locales deben considerar en la formulación, aprobación, implementación y modi fi cación de los instrumentos de plani fi cación urbana y en los instrumentos de gestión urbana contemplados en dicho Reglamento; Que, el artículo 58° del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (RATDUS), de fi ne al Planeamiento Integral (PI) como: “(…) un instrumento técnico – normativo mediante el cual se asigna zoni fi cación y vías primarias con fi nes de integración al área urbana, a los predios rústicos no comprendidos en los PDU, EU o localizados en centros poblados que carezcan de PDU y/o de Zoni fi cación”; Que, asimismo, el numeral 61.3 del Artículo 61° del RATDUS establece que: “La propuesta fi nal del PI con el respectivo Informe Técnico Legal es presentada por la Gerencia Municipal competente al Concejo Municipal Provincial para su aprobación mediante Ordenanza, siguiendo el procedimiento establecido en el numeral 55.5 del artículo 55 del presente Reglamento, en concordancia con las funciones y competencias establecidas en la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades”; Que, mediante Expediente N° 003092-2021, de fecha 30 de abril de 2021, la señora Mary Carmen Yamamoto Miyashima, solicita la aprobación del Planeamiento Integral, ubicado en el Distrito de Cerro Azul, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, quien adjunta Memoria Descriptiva, Planos, Copia Literal, CD con archivo digital de memoria y copia de DNI; Que, mediante Informe N° 259-2021-JVAH-SGOP- GODUR-MPC, de fecha 11 de mayo de 2021, la Sub Gerencia de Obras Privadas de la Municipalidad Provincial de Cañete, remite informe técnico a la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, señalando en sus conclusiones, entre otros, que el expediente presentado “(…) cumple con la documentación técnica exigida en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible para el planeamiento integral (…)”; solicitando: 1. Se autorice el inicio de la Difusión de la Propuesta del Planeamiento Integral, con la exhibición en el periódico mural y en la página web de la Municipalidad Provincial de Cañete, del predio denominado: CERRO AZUL NUMERO DE PARCELA 49, CODIGO CATASTRAL 8_3408560_0182666 PROYECTO CASA BLANCA VALLE CAÑETE, jurisdicción del Distrito de Cerro Azul, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, inscrito en la Partida con código P03077501, durante el periodo de 30 días calendarios, conforme a lo señalado en el numeral 55.5 del artículo 55 del presente Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, en concordancia con las funciones y competencias establecidas en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. Que, se solicite a la Gerencia de Secretaria General de la MPCC, la Publicación de la Propuesta de Aprobación de planeamiento integral, solicitado por el administrado, en los Paneles de la Municipalidad Provincial de Cañete, conforme lo señalado en el numeral 55.5 del artículo 55 del presente Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, en concordancia con las funciones y competencias establecidas en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 3. Que, se solicite a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información, Racionalización y Estadística, de la Municipalidad Provincial de Cañete la Publicación de la Propuesta de Aprobación de Planeamiento Integral, solicitado por el Administrado, en la Página web de la Municipalidad Provincial de Cañete, conforme lo señalado en el numeral 55.5 del artículo 55 del presente Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, en concordancia con las funciones y competencias establecidas en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 4. Que, se remita 01 copia del expediente administrativo N° 8448-2020 (Documentación Técnica) a la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, con la fi nalidad de que el área competente emita opinión técnica, sobre la propuesta de Planeamiento Integral solicitado por el administrado, conforme lo señalado en el numeral 55.5 del artículo 55 del presente Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, en concordancia con las funciones y competencias establecidas en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 5. Se Autorice el inicio de la Difusión de la Propuesta del Planeamiento Integral del Distrito de Cerro Azul (exhibición en el periódico mural y página web) de la Municipalidad distrital de Cerro Azul, del predio inscrito en los Registros públicos con partida con código P03077501, denominado CERRO AZUL NUMERO DE PARCELA 49, CODIGO CATASTRAL 8_3408560_0182666 PROYECTO CASA BLANCA VALLE CAÑETE, jurisdicción del Distrito de Cerro Azul, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, durante el periodo de 30 días calendarios, conforme lo señalado en el numeral 55.5 del artículo 55 del presente Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, en concordancia con las funciones y competencias establecidas en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, con Memorándum N°055-2021-FIAG-GODUR- MPC, de fecha 19 de mayo de 2021, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, solicita a la Gerencia de Secretaría General, de acuerdo al Artículo 55° numeral 55.5 del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, la publicación en el Panel de la Municipalidad Provincial de Cañete lo relacionado a la propuesta de Planeamiento Integral, el mismo que fue remitido a la Sub Gerencia de Imagen Institucional, siendo atendido con Informe N° 268-2021-SGII-GSG-MPC, de fecha 16 de agosto de 2021, señalando el cumplimiento de la difusión del Planeamiento Integral en el panel principal de la Municipalidad Provincial de Cañete, desde el 21 de mayo hasta el 21 de junio de 2021, asimismo, con Memorándum N°054-2021-FIAG-GODUR-MPC, de fecha 19 de mayo de 2021, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, solicita a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Tecnologías de la Información, la publicación del planeamiento integral en la página web de la comuna provincial, acorde al numeral 55.5 del Artículo 55° del Decreto Supremo N° 022-2016-VIVIENDA, el mismo que fue publicado y puesto de conocimiento mediante Informe N°126-2021/SGTIRE-MPC, de fecha 21 de junio de 2021, por la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información, Racionalización y Estadística; Que, mediante O fi cio N° 121-2021-GODUR-MPC, de fecha 19 de mayo de 2021, la Gerencia de Obras,