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79 NORMAS LEGALES Viernes 24 de junio de 2022 El Peruano / Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación [resaltado agregado]. […] SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, con el O fi cio Nº 367-2022-MPH/A, el señor alcalde encargado comunicó al Jurado Nacional de Elecciones que, el 1 de junio de 2022, el señor alcalde solicitó su licencia sin goce de haber del 4 de junio al 2 de octubre de 2022, debido a su intención de participar como candidato al cargo de consejero regional en las ERM 2022. 2.2. Dicha solicitud de licencia sin goce de haber fue concedida por los miembros del concejo municipal en la sesión extraordinaria de concejo del 3 de junio de 2022; y con fi rmada por unanimidad conforme al Acuerdo de Concejo Nº 023-2022-MPH, del 3 del mismo mes y año, por el periodo comprendido desde el 4 de junio hasta el 2 de octubre de 2022. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de los plazos legales establecidos por la LER (ver SN 1.2.) y en la Resolución Nº 918-2021-JNE (ver SN 1.5), el periodo de licencia abarcará desde el 6 de junio hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones. 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del Concejo Provincial de Huaytará, y estando a lo establecido en la LOM (ver SN 1.3.), resulta procedente convocar a don José Antonio Escobar Chuquihuaccha, identi fi cado con DNI Nº 09234978, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Regional Ayni, para que asuma temporalmente el cargo de alcalde del referido concejo municipal. 2.5. Por consiguiente, con la fi nalidad de completar el número de regidores y mantener representación provincial, corresponde convocar a doña Neyda Felipa Auris Manchego, identi fi cada con DNI Nº 70542575, regidora inscrita no proclamada de la organización política Movimiento Regional Ayni, para que asuma, temporalmente, el cargo de regidora de la Municipalidad Provincial de Huaytará. 2.6. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas de la provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica, del 13 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huaytará, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.7. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO de manera temporal la credencial otorgada a don Ricardo Yauricasa Flores, alcalde del Concejo Provincial de Huaytará, departamento de Huancavelica, por el periodo comprendido desde el 6 de junio hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a don José Antonio Escobar Chuquihuaccha, identi fi cado con DNI Nº 09234978, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde del Concejo Provincial de Huaytará, departamento de Huancavelica, por el periodo comprendido desde el 6 de junio hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. CONVOCAR a doña Neyda Felipa Auris Manchego, identi fi cada con DNI Nº 70542575, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora de la Municipalidad Provincial de Huaytará, por el periodo comprendido desde el 6 de junio hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Resolución Nº 0918-2021-JNE, publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2 Aprobada por la Resolución Nº 0919-2021-JNE, publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2080316-1 Convocan a ciudadano y ciudadana para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Provincial de El Dorado, departamento de San Martín RESOLUCIÓN Nº 0916-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022011975 EL DORADO - SAN MARTÍNLICENCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veinte de junio de dos mil veintidós.VISTO: el O fi cio Nº 0311-2022-MPD/A, presentado el 3 de junio de 2022, por don Elmer González Coronel 1, alcalde de la Municipalidad Provincial de El Dorado, departamento de San Martín (en adelante, señor alcalde), a través del cual comunicó la licencia concedida a su cargo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022). PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Con el o fi cio del visto, el señor alcalde informó de su solicitud de licencia sin goce de haber que le fue concedida, a fi n de que se convoque a su reemplazo correspondiente. Para tal efecto, adjuntó los siguientes documentos: a) Escrito de solicitud, del 27 de mayo de 2022, presentada por el señor alcalde. b) Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 0011-2022-MPD, del 30 de mayo de 2022, con la cual se aprobó la licencia sin goce de haber a su favor, por el periodo del 2 de setiembre al 2 de octubre de 2022.