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87 NORMAS LEGALES Jueves 30 de junio de 2022 El Peruano / CAPÍTULO II DEL ÁMBITO GEOGRÁFICO Artículo Tercero.- REFERENCIA Y ÁMBITO GEOGRÁFICO El centro poblado de la Municipalidad de Centro Poblado “El Romero” es el Caserío “El Romero”. El ámbito geográfico de la Municipalidad de Centro Poblado “El Romero” comprende el área superficial, perímetro y delimitación territorial, el cual se encuentra circunscrito en la jurisdicción del distrito de Bambamarca, provincia de Hualgayoc - Bambamarca, departamento de Cajamarca y tiene las siguientes características: a. Área Total : 1,763.51 hectáreasb. Longitud : 17 M – 779287.48 m E c. Latitud : 9269688.36 m S d. Límites: - Por el Norte : con el Centro Poblado “Pusoc”. - Por el Sur : con el Centro Poblado “San Juan de Lacamaca” - Por el Este : con el Centro Poblado “El Tuco”. - Por el Oeste : con el Centro Poblado de “San Juan de Lacamaca” y el Distrito de “Chalamarca” de la Provincia de Chota. La cartografía y memoria descriptiva correspondiente a los límites que determinan el ámbito geográfico de la Municipalidad de Centro Poblado “El Romero” forma parte del expediente de adecuación que da origen a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- CIRCUNSCRIPCIÓNLa circunscripción de la Municipalidad del Centro Poblado “El Romero” comprende los siguientes caseríos denominados: a) Caserío “El Romero”b) Caserío “La Locpa”c) Caserío “Tallamac” CAPÍTULO III DEL RÉGIMEN DE ORGANIZACIÓN INTERNA Artículo Quinto.- La organización interna de la Municipalidad del Centro Poblado “El Romero” está conformada por el Concejo Municipal como su órgano de gobierno y la Alcaldía como su órgano ejecutivo y máxima autoridad administrativa. La Municipalidad del Centro Poblado se encarga de la ejecución de las funciones y los servicios públicos locales que le son delegados, conforme a lo dispuesto por Ley. Artículo Sexto.- La estructura orgánica de la Municipalidad del Centro Poblado se implementa de manera progresiva de acuerdo a la prestación de los servicios públicos delegados priorizados, de acuerdo a las necesidades de la población y la disponibilidad de los recursos presupuestales que garanticen su funcionamiento; conforme a los lineamientos y normas que establecen los órganos rectores de la administración pública. CAPÍTULO IV DE LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES A DELEGAR Artículo Séptimo.- EN ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO FÍSICO Y USO DEL SUELO a) Autorizar la ubicación de avisos publicitarios y propaganda. b) Autorizar la ocupación temporal de la vía pública urbana. c) Proponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas y/o similares. d) Gestionar la disponibilidad de terrenos y/o autorizaciones para la ejecución de proyectos de Inversión Pública.e) Gestionar el mantenimiento de parques, plazuelas y jardines del área urbana. f) Autorizar espectáculos públicos deportivos y no deportivos. g) Administrar viveros municipales y promover la reforestación. h) Las demás que disponga el Concejo Municipal Provincial de Hualgayoc-Bambamarca. Artículo Octavo.- EN SANEAMIENTO, SALUBRIDAD Y SALUD a) Prestar el servicio de limpieza pública urbano y proponer las áreas de acumulación de residuos sólidos o relleno sanitario o botaderos controlados y/o el aprovechamiento de desperdicios. b) Promover la prestación del servicio de agua potable y saneamiento en coordinación con la Unidad de Gestión Municipal o entidad competente.c) Instalar y mantener servicios higiénicos y baños de uso público. d) Fiscalizar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, escuelas, mercados, cementerios y lugares públicos; de acuerdo a las normas de salud vigentes y en coordinación con la Municipalidad Provincial. e) Promover la implementación de programas de sanidad animal y vegetal. f) Fiscalizar la evacuación de relaves, desechos químicos, gases, humos, ruidos y demás elementos contaminantes del agua, atmósfera y el medio ambiente. g) Las demás que disponga el Concejo Municipal Provincial de Hualgayoc-Bambamarca. Artículo Noveno.- EN TRANSPORTE PÚBLICO Y VIABILIDAD a) Autorizar la ubicación de paraderos para vehículos menores. b) Gestionar los pases, accesos, uso de canteras y demás autorizaciones para ejecutar obras viales. c) Señalización de calles y vías urbanas, de acuerdo con lo regulado por la Municipalidad Provincial. d) Gestionar el mantenimiento de caminos vecinales.e) Las demás que disponga el Concejo Municipal Provincial de Hualgayoc-Bambamarca. Artículo Décimo.- EN PROMOCIÓN DEL DESARROLLO ECONÓMICO SOCIAL a) Administrar el mercado municipal.b) Realizar el control de pesas y medidas de los productos, así como de la adulteración de productos. c) Supervisar el funcionamiento de los programas sociales y gestionar su ampliación para la población en situación de vulnerabilidad. d) Coordinar y fomentar el deporte y la recreación de la niñez. e) Promover la protección del patrimonio cultural, la conservación de los monumentos arqueológicos y/o históricos. f) Fomentar el turismo y la conservación de los ecosistemas. g) Promover la asociatividad de los productores locales. h) Supervisar el estado de la infraestructura educativa y de salud. i) Promover las actividades culturales y el fortalecimiento de capacidades. j) Las demás que disponga el Concejo Municipal Provincial de Hualgayoc-Bambamarca. Artículo Décimo Primero.- EN PARTICIPACIÓN VECINAL Y PREVENCIÓN DE DESASTRES a) Coordinar tareas de prevención y reducción de factores de riesgo de desastres. b) Promover el trabajo comunal. c) Promover el fortalecimiento de las organizaciones sociales de base. d) Coordinar la conservación del medio ambiente saludable y de la biodiversidad.