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68 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de marzo de 2022 El Peruano / N° ADMINISTRADON° DE RESOLUCIÓN JEFATURAL FECHA DE EMISIÓN RESOLUCIÓN JEFATURAL DECISIÓNCUANTÍA DE LA SANCIÓN 189 ZADAM CRISTOBAL APAZA CONDORI 1893-2021-JN 15/12/2021 SANCIÓN 7.5 UIT 190MARIA DEL PILAR LLONA CHACALTANA 1894-2021-JN 15/12/2021 ARCHIVO 191RAFAEL ANIBAL VICUÑA CHIHUAN 1895-2021-JN 15/12/2021 ARCHIVO 192MANUEL TEODORO BREÑA MEZA 1896-2021-JN 15/12/2021 SANCIÓN 10 UIT 193ABRAHAM LARICO VERA 1897-2021-JN 15/12/2021 SANCIÓN 7.5 UIT 194FORTUNATO FERNANDO PALOMINO CHALCO 1898-2021-JN 15/12/2021 SANCIÓN 7.5 UIT 195LUIS DIOMEDES LÓPEZ ROJAS 1899-2021-JN 16/12/2021 SANCIÓN 7.5 UIT 196MODESTO MELGAR HUAROTO 1900-2021-JN 16/12/2021 SANCIÓN 3.75 UIT Artículo Segundo.- PRECISAR que las resoluciones a las que se han hecho mención en el artículo precedente, se encuentran disponibles en el portal institucional www.onpe.gob.pe . Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano; en el portal institucional (www.onpe.gob.pe) y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro de los tres (3) días posteriores a su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELAR JUAN BOLAÑOS LLANOS Secretario General 2043417-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO Aprueban el Manual de Operaciones - MOP de la Gerencia Regional de Educación Cusco DECRETO REGIONAL Nº 013-2021-GR CUSCO/GR Cusco, 29 de setiembre de 2021EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO; VISTO: El O fi cio Nº 1181-2021/GEREDU-C/SEC e Informe Nº 73-2021/GEREDU-C/SEC de la Gerencia Regional de Educación Cusco, Informe Nº 257-2021-GR CUSCO/GRPPM-SGMTI de la Subgerencia de Modernización y Tecnologías de la Información, Memorándum Nº 482-2021-GR CUSCO/GRPPM de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización e Informe Nº 810-2021-GR CUSCO/ORAJ y Memorándum Nº 1018-2021-GR CUSCO/ORAJ de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Cusco; CONSIDERANDO:Que, de conformidad al artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal con jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley; el artículo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modi fi cada por la Ley Nº 27902, establece en el numeral 1, literal c) que, son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, en fecha 28 de diciembre 2015 se publicó en el Diario o fi cial El Peruano la Ordenanza Regional Nº 106- 2015-CR/GR-CUSCO que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Dirección Regional de Educación Cusco; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 176-2020-CR/ GR CUSCO, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Cusco, que en su artículo 233º la Gerencia Regional de Salud es un órgano desconcentrado de segundo nivel organizacional, tiene a su cargo las funciones especí fi cas en materia de salud, señalados en el artículo 49º de la Ley orgánica de Gobiernos Regionales, en lo que corresponda. Su sigla es GERESA; Que mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, se aprueba los Lineamientos de Organización del Estado”, que regula los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las Entidades del Estado, busca que las entidades, conforme a su tipo, competencias funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía; Que, el artículo 53º de los “Lineamientos de Organización del Estado”, establece que el Manual de Operaciones – MOP es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza: a) La estructura funcional de los programas y proyectos especiales; b) La Estructura Orgánica al interior de los Órganos Desconcentrados cuando corresponda; y c) La Estructura Orgánica al interior de los Órganos Académicos cuando corresponda; Que, el artículo 53º de los “Lineamientos de Organización del Estado”, establece la Estructura del Manual de Operaciones, el cual incluye disposiciones Generales, Estructura Funcional, Procesos y Anexos; Que, el artículo 55º de los “Lineamientos de Organización del Estado”, dispone en el numeral 55.1 que la propuesta del Manual de Operaciones, se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, el cual justi fi ca sus estructura y los mecanismo de control y coordinación; y , en un Informe Legal elaborado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el MOP. Y en el numeral 55.2 señala que el MOP se aprueba por Decreto Regional, por el titular en caso de los Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolución Gerencial General Regional Nº 406-2020-GR CUSCO/GGR de fecha 29 de octubre 2020, se aprueba “Los lineamientos para la formulación y/o actualización del Manual de Operaciones - MOP, en los órganos desconcentrados del Gobierno Regional de Cusco; con la fi nalidad de garantizar la coherencia, alineamiento y complementariedad del Manuel de Operaciones de los órganos desconcentrados con la estructura organizacional del Gobierno Regional del Cusco; Que, mediante Informe Nº 257-2021-GR CUSCO/ GRPPM-SGMTI la Subgerencia de Modernización y Tecnologías de la Información, emite opinión favorable al Proyecto de Manual de Operaciones de la Gerencia Regional de Educación Cusco;