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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2022 (08/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Martes 8 de marzo de 2022 El Peruano / “Artículo 3.- Comité Evaluador 3.1 El Comité Evaluador es el encargado de realizar el concurso público. Se encuentra conformado por los siguientes funcionarios del OEFA: a) El/La representante de la Gerencia General, quien lo preside. b) El/La Jefe/a de la O fi cina de Asesoría Jurídica c) El/La Jefe/a de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración. 3.2 El Comité Evaluador cuenta con un/a Secretario/a de Actas quien es designado/a mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo del OEFA y está a cargo de brindar el apoyo técnico y administrativo necesario para el desarrollo del concurso público.” Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe) en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIRIAM ALEGRÍA ZEVALLOS Presidenta (e) del Consejo Directivo 2045740-1 Autorizan la realización de Concurso Público para la designación de dos vocales de la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 00005-2022-OEFA/CD Lima, 4 de marzo de 2022 VISTOS: El Informe N° 0004-2022-OEFA/TFA-ST, elaborado por la Secretaría Técnica del Tribunal de Fiscalización Ambiental; y, el Informe N° 00060-2022-OEFA/OAJ, elaborado por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fi scalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental; Que, el Artículo 52° de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece que los funcionarios públicos, bajo el alcance de la referida Ley, se clasi fi can, entre otros, en funcionario público de designación o remoción regulada, disponiendo que estos funcionarios son aquellos cuyos requisitos para el proceso de acceso, período de vigencia o causales de remoción están regulados en norma especial con rango de ley; Que, a través de la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, la Ley del SINEFA), se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado Sistema, el cual tiene por fi nalidad asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental -a cargo de las diversas entidades del Estado- se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y e fi ciente; Que, los Numerales 10.2 y 10.3 del Artículo 10° de la Ley del SINEFA, establecen que el Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA cuenta con Salas Especializadas, cuya conformación y funcionamiento es regulado por el OEFA; asimismo, señala que los vocales son elegidos previo concurso público, por resolución del Consejo Directivo, por un período de cuatro (4) años, desempeñando el cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva; Que, asimismo, el Numeral 10.4 del Artículo 10° de la Ley del SINEFA, establece que para ser vocal del Tribunal de Fiscalización Ambiental se requiere ser profesional no menor de treinta y cinco años de edad, tener un mínimo de cinco años de titulado, contar con reconocida y acreditada solvencia profesional, así como contar con una amplia experiencia en las materias que con fi guran el objeto de competencia del OEFA de acuerdo a cada especialidad; Que, bajo ese contexto, a través de la Resolución del Consejo Directivo N° 010-2018-OEFA/CD, se designa a la señora Carla Lorena Pegorari Rodríguez y al señor Marcos Martín Yui Punin, como Vocales de la Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, con efectividad al 02 de abril de 2018; Que, posteriormente, mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 021-2019-OEFA/CD, modi fi cada por la Resolución del Consejo Directivo N° 027-2019-OEFA/CD, se conforma la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, la cual está integrada por: (i) la señora Carla Lorena Pegorari Rodríguez; (ii) el señor César Abraham Neyra Cruzado; (iii) el señor Heber Eduardo Tassano Velaochaga; (iv) la señora Mary Rojas Cuesta; y, (v) el señor Ricardo Hernan Iberica Barrera; Que, a través de la Resolución del Consejo Directivo N° 029-2017-OEFA/CD, modi fi cado por las Resoluciones del Consejo Directivo números 002, 008 y 028-2018-OEFA/CD, se aprueba el Reglamento del Concurso Público para la Designación de Vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (en adelante, el Reglamento del Concurso Público), cuyo objeto es establecer las disposiciones que regulan el concurso público para la designación de vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; Que, el Artículo 2° del Reglamento del Concurso Público, establece que mediante Resolución de Consejo Directivo se autoriza la realización del concurso público para la designación de vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA y la publicación del aviso de convocatoria; y, se aprueban las Bases del Concurso Público; Que, en ese sentido, mediante los documentos de vistos, y considerando que el periodo de la señora Carla Lorena Pegorari Rodríguez y el señor Marcos Martín Yui Punin, como Vocales de la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios, culminan el 02 de abril de 2022, se sustenta la necesidad de: (i) autorizar la realización del concurso público para la designación de dos (2) vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA y la publicación del aviso de convocatoria; y, (ii) aprobar las Bases del Concurso Público, conforme a lo establecido en el Artículo 2° del Reglamento del Concurso Público; Que, a través del Acuerdo N° 006-2022 adoptado en la Sesión Extraordinaria N° 008-2022 del 4 de marzo de 2022, el Consejo Directivo del OEFA autorizó la realización del Concurso Público para la designación de vocales de la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA y la publicación del aviso de convocatoria, así como aprobar las Bases del Concurso Público, con el propósito de difundir oportunamente las