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40 NORMAS LEGALES Jueves 10 de marzo de 2022 El Peruano / I Titular del Libro de Reclamaciones propongan a los Encargados Nivel II. II. A través del O fi cio N.º 000254-2022-ADM-CSNJPE- PJ de fecha de 02 de marzo de 2022, la Administración de esta CSN propone a los Encargos Nivel II –Titular y Alterno- del Libro de Reclamaciones. FUNDAMENTOS:1. Base Normativa: mediante Decreto Supremo N.º 007-2020-PCM, “Decreto Supremo que establece disposiciones para la gestión de reclamos en las entidades de la Administración Pública”, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 17 de enero de 2020, se regula el proceso de gestión de reclamos como parte del modelo para la gestión de la calidad de servicio en las entidades públicas, precisando en su artículo 8.2, que: “ De considerarlo pertinente, el Responsable del proceso de gestión de reclamos puede delegar, total o parcialmente, en el o los encargados por sede, las acciones que le corresponden dentro del proceso de gestión de reclamos; debiendo brindarles la respectiva asistencia técnica respecto de dicho proceso.” 2. La Gerencia General del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N.º 000037-2022-GG-PJ de fecha 11 de febrero de 2022, aprobó la guía denominada “Gestión de Reclamos del Poder Judicial”, cuyo literal 6.1.2 establece que los Encargados Nivel I son designados mediante acto administrativo con las responsabilidades a su cargo, encargado de la Corte Suprema, Cortes Superiores de Justicia, Consejo Ejecutivo, Gerencia General, OCMA/ODECMA; y, respecto a los Encargados Nivel II -titular y alterno- el literal 6.1.4 re fi ere que son designados mediante acto administrativo con las responsabilidades a su cargo, por el Encargado Nivel I en las sedes o dependencias del Poder Judicial donde exista interacción con usuarios. 3. Asimismo, en marco del inicio de la fase II de implementación de la plataforma digital “Libro de Reclamaciones” la Gerencia de Desarrollo Corporativo de la Gerencia General del Poder Judicial, a través de los Ofi cios Multiples N.º 000012-2022-GDC-GG-PJ de fecha 10 de febrero de 2022 y 000013-2022-GDC-GG-PJ de fecha 17 de febrero de 2022, solicita la designación de los Encargados Nivel II del Libro de Reclamaciones. 4. Sobre la designación de servidores: en marco de la Resolución Administrativa N.º 000114-2022-P-CSNJPE-PJ, la Administración de esta CSN, mediante O fi cio N.º 000254-2022-ADM-CSNJPE-PJ de fecha de 02 de marzo de 2022, propone designar como Encargado Nivel II Titular del Libro de Reclamaciones al servidor Richard Eugenio Guerrero Ramos; y, como Encargado Nivel II Alterno del Libro de Reclamaciones, al servidor Italo Humberto Santa Cruz Upiachihua. Por lo que, atendiendo a las normas y a los argumentos antes invocados, corresponde que esta Presidencia designe a los Encargos Nivel II –Titular y Alterno- del Libro de Reclamaciones, quienes asumirán las funciones establecidas en el Decreto Supremo N.º 007-2020-PCM y en la Guía denominada “Gestión de Reclamos del Poder Judicial” 1. 5. La Presidencia es el órgano de dirección de la CSN y representa al Poder Judicial en el territorio nacional, conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 10 del Estatuto aprobado por Resolución Administrativa N.º 318-2018-CE-PJ, y con observancia del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con las consideraciones invocadas; SE RESUELVE:Primero. DESIGNAR al servidor judicial Richard Eugenio Guerrero Ramos como Encargado Nivel II Titular del Libro de Reclamaciones de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, a partir de la fecha. Segundo. DESIGNAR al servidor judicial Italo Humberto Santa Cruz Upiachihua como Encargado Nivel II Alterno del Libro de Reclamaciones de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, a partir de la fecha. Tercero. PRECISAR que la labor que van a desempeñar cada uno de los Encargados del Libro de Reclamaciones de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, será en adición a sus funciones. Cuarto. PONER EN CONOCIMIENTO la presente resolución a la Gerencia General del Poder Judicial, a la Gerencia de Desarrollo Corporativo de la Gerencia General, Subgerencia de Atención de Propuestas Ciudadanas de la Gerencia de Desarrollo Corporativo de la Gerencia General, jueces superiores y especializados, Ofi cina de Administración de esta CSN, Administración del Módulo del Código Procesal Penal de la CSN, Responsable Administrativo de los Órganos Jurisdiccionales del CdPP 1940, servidores mencionados, así como del personal jurisdiccional y administrativo, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese donde corresponda. OCTAVIO CESAR SAHUANAY CALSIN Presidente de la Corte Superior Nacionalde Justicia Penal Especializada 1 “[…] 6.1.4. Los Encargados Nivel II, titular y alterno, son designados mediante acto administrativo con las responsabilidades a su cargo, por el Encargado Nivel I en las sedes o dependencias del Poder Judicial donde exista interacción con usuarios.” 2046516-1 ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Designan Coordinador General del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional” y representante responsable de la gestión de la Unidad Ejecutora 002: “Mejora de la Calidad de Servicios Registrales – RENIEC” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000036-2022/JNAC/RENIEC Lima, 9 de marzo de 2022VISTOS:El O fi cio N° 077-2022-GG/MCSR/CG (08MAR2022) emitido por el coordinador del Proyecto “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional”; el Memorando N° 000096-2022/GG/RENIEC (08MAR2022) de la Gerencia General; la Hoja de Elevación N° 000397-2022/GAJ/RENIEC (09MAR2022) y el Informe N° 000431-2022/GAJ/RENIEC (09MAR2022) de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que mediante Ley Nº 26497, se creó el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como un organismo constitucionalmente autónomo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera, encargada de organizar y mantener el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que con O fi cio Nº 6616-2016-EF/63.01 (23DIC2016), la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio