Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2022 (10/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Jueves 10 de marzo de 2022 El Peruano / a cargo de dicha Dirección Regional Ambiental de acuerdo a la suscripción de Convenio de Delegación de Competencias en Materia Ambiental suscrito entre el Ministerio de Transporte y Comunicaciones y el Gobierno Regional de Ucayali. Mediante O fi cio N° 1399-2021-GRU-DRE-OPP-MOD, la Directora de la Dirección Regional de Educación de Ucayali, presento debidamente visados, el Formato A: Informe Resumen para la aprobación o modi fi cación del TUPA; el Formato B: Formato de sustentación Legal y Técnica de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, la exposición de motivos y otros informes que sustentan, de 5 procedimientos administrativos estandarizados a cargo de dicha Dirección Regional aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2021-PCM. Mediante O fi cio N° 876-2021-GRU-GRDS-DRTPE-D, el Director de la Dirección Regional del Trabajo y Promoción del Empleo de Ucayali, presento debidamente visados, el Formato A: Informe Resumen para la aprobación o modi fi cación del TUPA; el Formato B: Formato de sustentación Legal y Técnica de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, la exposición de motivos y otros informes que sustentan, de 9 procedimientos administrativos estandarizados a cargo de dicha Dirección Regional aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2021-PCM. Mediante O fi cio N° 400-2021-GRU-DRTC-DR, el Director de la Dirección Regional del Transporte y Comunicaciones de Ucayali, presento debidamente visados, el Formato A: Informe Resumen para la aprobación o modi fi cación del TUPA; el Formato B: Formato de sustentación Legal y Técnica de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, la exposición de motivos y otros informes que sustentan, de 28 procedimientos administrativos estandarizados y 2 servicios prestados en exclusividad estandarizados a cargo de dicha Dirección Regional aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2021-PCM. Mediante O fi cio N° 811-2021-GRU-DIRCETUR, el Director de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de Ucayali, presento debidamente visados, el Formato A: Informe Resumen para la aprobación o modi fi cación del TUPA; el Formato B: Formato de sustentación Legal y Técnica de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, la exposición de motivos y otros informes que sustentan, de 17 procedimientos administrativos a cargo de dicha Dirección Regional. Mediante O fi cio N° 1672-2021-GRU- GGR-GERFFS, el Gerente de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre de Ucayali, presento debidamente visados, el Formato A: Informe Resumen para la aprobación o modi fi cación del TUPA; el Formato B: Formato de sustentación Legal y Técnica de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, la exposición de motivos y otros informes que sustentan, de 10 procedimientos administrativos estandarizados aprobado mediante Decreto Supremo N° 044-2021-PCM, de 65 procedimientos administrativos no estándar y 26 servicios prestados en exclusividad, a cargo de dicha Gerencia Regional. Mediante Informe N° 042-2021-GRU-GRPP-SGDI/PPR, con el visto bueno y proveído del Sub Gerente de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, presento debidamente visados, el Formato A: Informe Resumen para la aprobación o modi fi cación del TUPA; el Formato B: Formato de sustentación Legal y Técnica de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, de 1 procedimiento administrativo estandarizado aprobado mediante Decreto Supremo N° 164-2020-PCM, a cargo de la Secretaria General del Gobierno Regional de Ucayali. Mediante O fi cio N° 270-2021-GRU-DIRESA-DG/ OEPFyGI, el Director de la Dirección Regional de Salud de Ucayali, presento debidamente visados, el Formato A: Informe Resumen para la aprobación o modi fi cación del TUPA; el Formato B: Formato de sustentación Legal y Técnica de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad y la exposición de motivos, de 49 procedimientos administrativos y 2 servicios prestado en exclusividad no estandarizados a cargo de la Dirección Regional. Los cuales se encuentran incorporados, registrados y procesados en el Sistema Único de Trámites; Que, mediante Informe N° 180-2021-GRU-GRPP- SGDI, de fecha 10 de setiembre de 2021, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, recomienda solicitar a la O fi cina Regional de Administración el Informe Técnico de Sustento de la Determinación de los Costos que sustentan los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y/o servicios exclusivos estandarizados y no estandarizados. Que, mediante Informe Legal N° 087-2021-GRU-GGR- ORA/TTC, de fecha 27 de setiembre de 2021, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, concluye: El TUPA del Gobierno Regional de Ucayali, han sido formuladas por cada Unidad Ejecutora; así mismo, los procedimientos estandarizados y servicios exclusivos estandarizados, han sido elaborados por los Ministerios de cada Sector, revisado por ente rector del SUT – Secretaría de Gestión Pública y fi nalmente aprobado por la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante Decreto Supremo. Finalmente, se ha cumplido con los procedimientos establecidos en la norma, debiendo aprobarse mediante Ordenanza Regional el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Ucayali; Que, mediante Opinión Legal N° 028-2021-GRU-CR- SVCA., de fecha 20 de diciembre de 2021, elaborado por la Abogado IV del Consejo Regional, quien Opina: La propuesta de Ordenanza Regional que aprueba el “Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Ucayali” , por contar con el Sustento Técnico contenido en el Informe N° 180-2021-GRU-GRPP-SGDI, de fecha 10 de setiembre de 2021; Informe N° 034-2021-GRU-GGR-ORA-OEC/CCPM de fecha 14 de setiembre de 2021; y, aclarado con el Informe N° 012-2021-GRU-GGR-SCR/EA-LMP, de fecha 3 de diciembre de 2021. Finalmente el Informe Legal N° 087-2021-GGR-ORAJ/TTC, de fecha 27 de setiembre de 2021; Que, mediante Dictamen N° 008-2021-GRU-CR- CPPyAT, de fecha 21 de diciembre de 2021, elaborado por la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, integrada por los Consejeros Regionales Licenciado en Administración Land Barbaran La Torre, Abogado Albares García Laureano y Licenciado Yldo Ysrael De La Cruz Ariola, en su Artículo Primero : Declarar Procedente la aprobación mediante Ordenanza Regional el “Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Ucayali” ; Que, resulta necesario aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Ucayali, como documento de gestión institucional que compendia y sistematiza los procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusivos estandarizados y no estandarizados que se tramitan ante la entidad pública; Que, el literal o) del artículo 21° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional de Ucayali promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, de conformidad con las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, artículo 9° y 10° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modi fi cado por las Leyes N° 27902 y N° 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 28 de diciembre de 2021, aprobaron por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero: APROBAR el “Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Ucayali” , que contiene un total de Trescientos Ochenta y Cuatro (384) procedimientos administrativos y/o servicios exclusivos estandarizados y no estandarizados, distribuidos según el siguiente cuadro. El cual en anexo grabado digitalmente en CDROM, es parte de la presente Ordenanza Regional.