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31 NORMAS LEGALES Martes 15 de marzo de 2022 El Peruano / GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Aprueban Reglamento Interno del Consejo Regional de la Leche de la Región Lima - CORELEL (Se publica la presente Ordenanza Regional a solicitud del Gobierno Regional de Lima, mediante O fi cio Nº 502-2022-GRL-SCR, recibido el 14 de marzo de 2022) ORDENANZA REGIONAL Nº 01-2021-CR/GRL VISTO: El Acuerdo de Consejo Regional Nº 038-2021-CR/GRL de fecha 24 de febrero de 2021, que resuelve en Artículo PRIMERO: APROBAR, la “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL DE LA LECHE”. CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Leyes Nº 27902 y 28013, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal; Qué, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680 – “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV”, establece que “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fi scalizador (...)” Qué, en el artículo 2º de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobierno Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal, Qué, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modi fi cada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fi scalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas; Qué, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y, el literal a) del artículo 15º de la misma norma, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante la Ley Nº 28732, se creó el Consejo Nacional de la Leche – CONALE, como una instancia de concertación, evaluación y presentación de propuestas entre el sector público y privado relacionado al desarrollo del sector lácteo, cuyo objetivo es la promoción integral del sector lácteo nacional, así como la ejecución y monitoreo del Plan de Desarrollo Ganadero, la Promoción y Fortalecimiento de la cadena láctea. Asimismo, dicha norma contempla que la CONALE promoverá la creación de los Consejos Regionales de la Leche, con representación de los Gobiernos Regionales, productores e industriales; creándose así un espacio de dialogo, concertación, evaluación y presentación de propuestas en el ámbito regional, tendiente a contribuir con el desarrollo competitividad del Sector. Que, en el macro de dicha norma es que mediante Ordenanza Regional Nº 011-2019-CR-GRL, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 12 de junio de 2020, entre otros, se crea el Consejo Regional de la Leche de la Región Lima – CORELEL, como una instancia de concertación, evaluación y presentación de propuestas entre el sector público y privado relacionados al desarrollo y fortalecimiento económico y competitivo del sector productivo lácteo; Que, en la Única Disposición Complementaria Transitoria de la referida norma regional, se ha dispuesto que el CORELEL, una vez instalado, elaborará su Plan de Trabajo y Reglamento Interno, para lo que deberán contar con el apoyo de las dependencias involucradas del Órgano Ejecutivo Regional. El Reglamento Interno deberá ser remitido al Consejo Regional para su aprobación mediante Ordenanza Regional; Que, en ese sentido, mediante el O fi cio Nº 00884-2020-GRL-GRDE-DRA/DCN, la Dirección Regional de Agricultura de Lima hace llegar al Secretario General del Gobierno Regional de Lima, el Reglamento Interno del Consejo Regional de la Leche de la Región Lima – CORELEL, a efectos que sea remitido al Consejo Regional para su aprobación mediante Ordenanza Regional; Que, mediante Informe Nº 1546-2020-GRL/SGRAJ de fecha 29 de diciembre de 2020, la Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional, otorga opinión legal favorable que, mediante Ordenanza Regional, se apruebe el Reglamento Interno del Consejo Regional de la Leche de la Región Lima – CORELEL; Que, por tanto, habiéndose dado cumplimiento a los dispuesto en la Ordenanza Regional Nº 011-2019-CR-GRL, referente a la elaboración del Reglamento Interno del CORELEL, además de haber sido aprobado dicho reglamento por los miembros acreditados integrantes de su Consejo, en una reunión del día 30 de noviembre de 2020; es que resulta necesario que el Consejo Regional del gobierno Regional de Lima apruebe el referido Reglamento mediante Ordenanza Regional, en cumplimiento a los dispuesto en la Única Disposición Complementaria Transitoria de la norma regional antes acotada. En Sesión Extraordinaria Virtual del Consejo Regional de Lima, realizada el día 24 de febrero de 2021, desde la Sala de Sesiones “José Luis Romero Aguilar” del Consejo Regional de Lima, en la ciudad de Huacho, con los consejeros regionales presentes y consejeros regionales conectados vía el software de video llamadas y reuniones virtuales ZOOM, se dío cuenta del pedido del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, y; con el voto por UNANIMIDAD de los consejeros regionales presentes en la sesión extraordinaria virtual del consejo regional. En uso de sus facultades conferidas en los literales a), c) y s) del Artículo 15º, Artículo 37º y Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; el Consejo Regional; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL DE LA LECHE Artículo Primero.- De la aprobación. APROBAR, EL Reglamento interno del Consejo Regional de la Leche de la Región Lima – CORELEL, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Vigencia Normativa La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario o fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en