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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2022 (15/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 34

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Martes 15 de marzo de 2022 El Peruano / Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 629/MDC, que establece la aplicación de descuentos en arbitrios municipales del 2022, por el pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2022 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2022-AL/MDC Comas, 28 de febrero del 2022 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTOS: El Informe Nº 12-2022-SGRCT-GAT/MDC, de la Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, el Informe Nº 09-2022-GAT/MDC de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 198-2022-GAJ/MDC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el Memorando Nº 195-2022-GM/MDC de la Gerencia Municipal; sobre la prórroga de los Bene fi cios Tributarios de “Pronto Pago” establecidos mediante Ordenanza Nº 629/MDC, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 39º de la Ley Nº 29792, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; del mismo modo el artículo 42º de la citada norma, dispone que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 629/MDC publicada en el diario El Peruano el 29 de enero de 2022, aprueba el incentivo tributario (pronto pago) al pago oportuno de las obligaciones tributarias del ejercicio 2022, aplicable a los contribuyentes que cumplan con el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de Barridos de calles, Residuos sólidos, Parques y jardines y Serenazgo, de acuerdo a términos establecidos; Que, por medio de los Informes de visto, la Gerencia de Administración Tributaria y la Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, propone prorrogar a partir de 1 de marzo de 2022, hasta el 30 de abril de 2022, la vigencia de la Ordenanza Nº 629/MDC publicado en el diario o fi cial El Peruano con fecha 29 de enero de 2022, que aprueba la aplicación de descuentos en arbitrios municipales del presente año, por el pronto pago del impuesto predial y arbitrios de 2022, con el objeto de dinamizar y asegurar la recaudación tributaria; Que, la primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 629/MDC, dispuso facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación y ejecución de las referidas Ordenanzas inclusive disponer la prorroga el vencimiento de los referidos bene fi cios tributarios; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los artículos 20º inciso 6 y 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR a partir del 1 de marzo de 2022, hasta el 30 de abril de 2022, la vigencia de la Ordenanza Nº 629/MDC, que establece la aplicación de descuentos en arbitrios municipales del año en curso, por el Pronto Pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2022. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, a Secretaría General disponga su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas (www.municomas.gob.pe), y a la Sub Gerencia de Comunicaciones, la difusión de la misma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RAUL DIAZ PEREZ Alcalde 2047862-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Conforman Comisión encargada de revisar la conformidad del Reglamento Interno del Concejo de Pueblo Libre con las disposiciones dictadas mediante la Ley Nº 31433 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2022-MPL Pueblo Libre, 9 de marzo de 2022 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la indicada autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el inciso 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Alcalde, dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; Que, el artículo 42 de la mencionada Ley establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas y sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 522-MPL de fecha 14 de enero de 2019, modi fi cada mediante Ordenanza Nº 564-MPL de fecha 31 de marzo de 2020, se aprobó el Reglamento Interno del Concejo de Pueblo Libre, el cual contiene disposiciones sobre las atribuciones, obligaciones y responsabilidad de los regidores, los informes de fi scalización, la tramitación de pedidos de información, las sesiones de concejo, las votaciones y toma de acuerdos, entre otras materias, con arreglo a lo establecido en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ley Nº 31433, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 6 de marzo de 2022, se modi fi can diversos artículos de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, respecto a las atribuciones y responsabilidades de los Concejos Municipales, para fortalecer el ejercicio de su función de fi scalización, modi fi cándose las atribuciones y obligaciones de los regidores, la convocatoria a sesiones ordinarias y la adopción de acuerdos, la designación del Secretario Técnico del Procedimiento Administrativo Disciplinario y del Coordinador de la Unidad Funcional de Integridad Institucional, entre otras materias, incluyendo nuevas disposiciones sobre asignación de recursos al Concejo Municipal para contar con capacidad logística y apoyo profesional, las cuales podrían tener incidencia presupuestaria, fi nanciera y/o administrativa para la Municipalidad en el presente ejercicio y/o en los siguientes ejercicios;